Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 77/2022
Coronel Rosales, 22/02/2022
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expte. Nº S-292/21, el Pliego de Bases y Condiciones instrumentado por la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento para el llamado a Licitación Pública Nº 03./22 para la adjudicación de la Obra denominada “Construcción de Aulas y Núcleos Sanitarios en E.E.S. A. N° 1”, y
Considerando
Que la Licitación Pública convocada por el presente se regirá por los términos y requisitos establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas, que como documentación licitatoria, se aprueban por el presente Decreto y forman parte integrante de este acto administrativo. -
Que conforme disponen los Arts. 132 y ccs. de la LOM y Arts. 5, 6, 9 y ccs. de la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires (Ley 6021) debe, a tal efecto, procederse al dictado del acto administrativo correspondiente.-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades; DECRETA
ARTICULO 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones instrumentado para el Llamado a Licitación Pública Nº 03/22 realizado por la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento que forma parte del Expediente S-292/21.-
ARTICULO 2º.- Llámese a Licitación Pública Nº 03/22 para la adjudicación de la Obra denominada “Construcción de Aulas y Núcleos Sanitarios en E.E.S. A. N° 1”.-
ARTICULO 3º.- Las propuestas deberán ajustarse en un todo a lo establecido en el PBCG y PBCP, ser presentadas, personalmente o por correo postal, en Mesa de Entradas de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales en sobres cerrados, lacrados y firmados en el cierre con la inscripción correspondiente. Las ofertas presentadas serán abiertas en la Sala de Conferencias de la Municipalidad el día 23 de Marzo, a las 11:00 horas en presencia de los interesados y autoridades correspondientes. -
ARTICULO 4º.- Fijase el valor del Pliego de Bases y Condiciones en la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-) cuya venta se efectuará en la Oficina de Recaudación. -
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Obras Púbicas y Planeamiento. -
ARTICULO 6º.- Regístrese. - Publíquense edictos por el término de dos (2) días en el Boletín Oficial y Diario La Nueva Provincia de la Ciudad de Bahía Blanca.- Hecho, resérvese en Secretaría General.-
DECRETO Nº77/2022