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Resolución Nº0759/22

Resolución Nº 0759/22

General Pueyrredon, 12/05/2022

Visto

la Ordenanza 20760 Capítulo IV del Escalafón Docente y el Capítulo VI de los Concursos y

Considerando

 

                                               Que es necesario prever la cobertura de los cargos jerárquicos de los Establecimientos Educativos dependientes de la Secretaría de Educación de la Municipalidad de General Pueyrredon.

 

                                                Que en consecuencia, es imperioso llamar a concurso interno para cubrir cargos de Director/Regente titular, interino y/o suplente del Instituto Superior de Estudios Técnicos (I.S.E.T.) y la Escuela Municipal de Arte Dramático (E.M.A.D.) dependientes de la Dirección de Educación de la Secretaría de Educación de la Municipalidad de General Pueyrredon.

 

                                               Que resulta conveniente establecer una convocatoria excepcional que amplíe las condiciones para presentarse al concurso considerando  el escaso número de docentes del Nivel Superior que a la fecha de la convocatoria cuentan con las condiciones requeridas para el cargo según la normativa vigente.(Art. 63  De la Ordenanza 20760 y su reglamentación Decreto 2567/14.

      

                                              Que por ello, es imprescindible establecer el reglamento de concurso interno a los efectos de fijar condiciones, normas de trabajo y perfil del cargo a concursar.

 

                                             Por ello, y en uso de sus atribuciones delegadas por Decreto 916/20.                                

                            

EL   SECRETARIO  DE  EDUCACIÓN

 

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º.-  Llamar a Concurso Interno de Oposición y Antecedentes para cubrir cargos de Director/Regente titular, interino y/o suplente del Instituto Superior de Estudios Técnicos (I.S.E.T.) y la Escuela Municipal de Arte Dramático (E.M.A.D.) dependientes de la Dirección de Educación de la Secretaría de Educación de la Municipalidad de General Pueyrredon.

.

ARTÍCULO 2º-  Aprobar el reglamento que regirá para el llamado a Concurso Interno, indicado en el Artículo 1°, que se adjunta como Anexo I, y forma parte integrante de la presente Resolución.

 

ARTÍCULO 3º- Aprobar el perfil del cargo de Director de Instituciones de Nivel Superior dependientes de la Dirección de Educación de la Secretaría de Educación de la Municipalidad de General Pueyrredon, que se adjunta como Anexo II y forma parte integrante de la presente Resolución.

 

ARTÍCULO 4°.- Aprobar el formulario de Inscripción/ Declaración Jurada, que se adjunta como Anexo III y forma parte integrante de la presente Resolución.

 

ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Secretaría de Educación.

 

 

 

PUGLISI

ANEXO  I

 

REGLAMENTO DEL CONCURSO INTERNO DE OPOSICIÓN Y ANTECEDENTES PARA CUBRIR CARGOS DE DIRECTOR/REGENTE TITULAR, INTERINO Y/O SUPLENTE DEL INSTITUTO SUPERIOR DE ESTUDIOS TÉCNICOS (I.S.E.T.) Y LA ESCUELA MUNICIPAL DE ARTE DRAMÁTICO (E.M.A.D.) DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON.

 

  1. I

DEL PERÍODO DE INFORMACIÓN E INSCRIPCIÓN

 

I.1. La publicación del llamado a, CONCURSO INTERNO DE OPOSICIÓN Y ANTECEDENTES PARA CUBRIR CARGOS DE DIRECTOR/REGENTE TITULAR, INTERINO Y/O SUPLENTE DEL INSTITUTO SUPERIOR DE ESTUDIOS TÉCNICOS (I.S.E.T.) Y LA ESCUELA MUNICIPAL DE ARTE DRAMÁTICO (E.M.A.D.) DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON se realizará  el día 16 de mayo de 2022.

 

I.2. Las personas interesadas que reúnan los requisitos especificados en el Capítulo II del presente Reglamento, deberán inscribirse los días 23  y 24 de mayo de 2022 enviando mail a la casilla de correo del Tribunal de Clasificación del Nivel Superior   tcd_sup@mardelplata.gov.ar  colocando en el ASUNTO del mail: Apellido y Nombre + Inscripción cargo (Por ejemplo: MARTINEZ Estela - Inscripción Directivo ISET o EMAD según corresponda  y adjuntar  en archivo PDF :   Declaración Jurada de inscripción (Anexo III) firmada, en formato PDF.

 

I.3. La inscripción estará a cargo del Tribunal de Clasificación, quien procederá a inscribir a todas las personas interesadas. Responderá confirmando la recepción del mail y otorgando un turno de concurrencia en el que el aspirante

deberá entregar la documentación que se incorporará a su legajo, sin que esto resulte confirmación del cumplimiento de los requisitos.

 

I.4. La documentación que el docente decida incorporar a su legajo será presentada en original y copia, en la División Legajos de la Secretaría de Educación (Juan B Justo 5665 – Planta Baja – Distrito Descentralizado El Gaucho) el día del turno asignado. Es responsabilidad de cada docente que la documentación obrante en su legajo esté completa.

 

I.5. El listado de aspirantes habilitados será expuesto en el sitio web www.mardelplata.gov.ar/educacion. No se considerarán las inscripciones que no respeten las indicaciones explicitadas en la presente Resolución.

 

I.6. Al completar la Declaración Jurada de inscripción obligatoriamente bajo firma, las personas aspirantes se dan por notificadas del Reglamento de Convocatoria. La notificación del Reglamento implica la aceptación total del mismo por parte de las personas aspirantes a los cargos, no dando lugar a reclamos posteriores o vías de excepción.

 

I.7. Quienes se interesen de esta convocatoria deberán consultar previo a su inscripción, los requisitos expresados en este reglamento. Deberán abstenerse aquellas personas que no cumplan con los requisitos establecidos.

 

I.8. Los antecedentes de quienes se inscriban y cumplan con los requisitos exigidos se valorarán a la fecha del último día de inscripción (envío de mail). Se considerarán como antecedentes los títulos bonificantes, cursos, concursos, publicaciones, comisiones y carreras en curso (Emitidos hasta la fecha de la inscripción al concurso de acuerdo al ítem I.2-).

 

I.9.  El Tribunal de Clasificación será el encargado de analizar si los aspirantes reúnen las condiciones establecidas para tomar parte del Concurso. A tales fines publicará la nómina de los mismos, quedando de esta manera efectivizada la inscripción cinco (5) días hábiles previos a la iniciación de la prueba escrita. La notificación del listado de docentes inscriptos se tendrá por efectivamente realizada mediante la sola exhibición de la nómina en el sitio web www.mardelplata.gov.ar/educacion

 

CAPÍTULO  II

DE LOS ASPIRANTES

 

II.1.  Considerando esta convocatoria de excepción podrán presentarse a Concurso todos aquellos docentes titulares del Nivel Superior que reúnan los siguientes requisitos:

 

  1. Ser titular del Nivel Superior, con desempeño en el Nivel Superior, dejándose expresamente aclarado que en caso de acceder a un cargo de conducción deberá afectar todos los módulos titulares del Nivel Superior según los posea, hasta ocho (8) módulos.  Aquellos docentes que titularizaron más de ocho (8) módulos por indivisibilidad de  la materia deberán afectar la totalidad de los módulos titularizados.

b)      Revista en condición de servicio activo al momento de solicitarlo.

c)    Se considerará por excepción poseer, a la fecha de inscripción (envío de mail), una antigüedad mínima total de diez (10) años de desempeño en el Sistema Educativo Municipal, en cualquier situación de revista.

d)        Poseer título habilitante para desempeñarse en el cargo de base del inciso a) del escalafón docente para Nivel Superior.

e)      Haya merecido una calificación no menor a siete (7) puntos en los dos últimos años en los que hubiere sido calificado en el Nivel Superior.

f)      Reúna los demás requisitos exigidos para el cargo que aspira, de acuerdo a la reglamentación vigente.

 

II.2.La inscripción quedará efectivizada una vez que el Tribunal de Clasificación analice la documentación, verifique el cumplimiento de los requisitos solicitados y sea publicado el listado de habilitados.

 

 

 

CAPÍTULO III  

DE LAS PRUEBAS

 

III.1. Las instancias de oposición consistirán en:

          1º Una prueba escrita referida al quehacer del directivo de la  Institución del Nivel Superior para la cual se inscribe, que deberá resolver en base a un enfoque teórico práctico.

           2° Una instancia oral individual basada en el quehacer del directivo de la  Institución del Nivel Superior para la cual se inscribe, extraída 15 (quince) minutos antes de presentarse ante los integrantes del Jurado.

          3º Un informe escrito de análisis de clase de la  Institución del Nivel Superior para la cual se inscribe, desde el rol del equipo de gestión.

           4° Presentación y defensa Oral de un Proyecto de Gestión referido al quehacer del directivo de la  Institución del Nivel Superior para la cual se inscribe,.

 

III.2. La ausencia a cualquiera de las instancias evaluativas en el día y hora fijados para su realización producirá la eliminación automática del participante. El Jurado podrá analizar situaciones  y resolver en consecuencia

 

III.3.  La fecha, horario y lugar de realización de la prueba escrita será informado al momento de la publicación de los habilitados.

La acreditación de los participantes  se realizará treinta (30) minutos  antes de iniciarse la instancia y éstos deberán ingresar al establecimiento munidos de documentación que acredite su identidad en el tramo de horario establecido.

Para rendir la prueba los concursantes dispondrán de dos (2) horas reloj a partir del conocimiento de la misma y se realizará en hojas previamente selladas y firmadas con lapicera azul, en la parte superior, por los miembros del Jurado.

 

III.4. A los efectos de no identificar a los concursantes éstos no firmarán la prueba, ni pondrán su nombre y apellido; deberán consignar en cada hoja un número que obtendrán por sorteo. Las pruebas que no reúnan estos requisitos serán desestimadas.  Esta identificación será escrita previamente en una ficha, en la cual se incorporarán, además, nombre y apellido, firma y número de documento de identidad del postulante. La citada ficha será colocada en un sobre, el que deberá ser cerrado. Los sobres presentados serán contados por dos (2) participantes del Concurso y luego introducidos en un sobre mayor, el que será cerrado y a posteriori firmado por los concursantes y miembros del Jurado. Quienes hayan concursado y firmado deberán presentarse al momento de la apertura de sobres, a fin de verificar el procedimiento.

 

III.5. No se atenderán reclamos por olvidos de números identificatorios debiendo esperar a la apertura de sobres y la exposición del listado de docentes de cada una de las instancias en que se emplee esa metodología.

La omisión del número de concursante en la prueba será motivo de eliminación automática del participante del Concurso.

 

III.6. Una vez publicados los resultados de la prueba escrita se procederá a la identificación de los concursantes. Simultáneamente con la publicación de los resultados de esta instancia se dará a conocer: fecha, lugar y horario de realización de la segunda instancia, la que consistirá en una prueba oral individual, en la que el concursante deberá resolver una problemática referida al quehacer del directivo de la  Institución del Nivel Superior para la cual fue habilitado y aprobó la primera instancia, extraída 15 (quince) minutos antes de antes de iniciar su exposición.

 

III.7. Una vez evaluada la instancia oral, los concursantes se darán por notificados de los resultados a través de la publicación en el sitio web de la Secretaría de Educación de la Municipalidad de General Pueyrredon, en la que se expondrá también el lugar, fecha y horario de la siguiente instancia de oposición.

 

III.8.  Quienes hayan aprobado la segunda instancia, realizarán el informe  que resulte del análisis de clase del establecimiento educativo del Nivel Superior para el cual está concursando, cuyos datos les serán informados en oportunidad de la realización de la tercera instancia evaluativa. Dispondrán  de dos (2) horas reloj para elaborar el informe escrito, debiendo utilizar hojas previamente selladas y firmadas por los miembros del Jurado. Los concursantes utilizarán para el desarrollo de su informe, únicamente, lapicera azul y se abstendrán de incluir en la misma todo dato o elemento que permita su individualización y de firmar la hoja respectiva, a riesgo de ser eliminado automáticamente del Concurso. Incluirán además en cada hoja el número que les será asignado mediante sorteo, en el margen superior derecho de la hoja. Esta identificación será escrita previamente en una ficha, en la cual se incorporarán, además, nombre y apellido, firma y número de documento de identidad del postulante La citada ficha será colocada en un sobre, el que deberá ser cerrado. Los sobres presentados serán contados por dos (2) participantes del Concurso, introducidos en un sobre mayor, el que será cerrado y  firmado por dos concursantes y los miembros del Jurado. Los concursantes firmantes deberán presentarse al momento de la apertura del sobre, para identificación de los concursantes, a fin de verificar el procedimiento.

 

III.9. Una vez evaluada la tercera instancia, los concursantes se darán por notificados de los resultados a través de la publicación en el sitio web de la Secretaría de Educación de la Municipalidad de General Pueyrredon, donde también se comunicará día, horario y lugar de apertura de sobres, para identificación de los concursantes, a fin de verificar el procedimiento.

 

 III.10. Una vez efectuada la apertura de sobres en presencia de los concursantes que participaron del procedimiento y miembros del jurado se realizará la publicación correspondiente donde se informará fecha, horario y lugar de  entrega del Proyecto de Gestión referido al quehacer del directivo de de la  Institución del Nivel Superior para la cual se inscribió.  El proyecto no deberá tener datos identificatorios y será presentado respetando las siguientes pautas: en hoja A4, arial 11 interlineado 1,5, con texto justificado, márgenes arriba 3, abajo 2, izquierdo 3, derecho 2. La bibliografía deberá citarse bajo Normas APA .  Las hojas del proyecto deberán estar foliadas y no podrán superar las 20 carillas sin contar la portada. El proyecto será entregado en un sobre que será provisto por la Secretaría de Educación Municipal, al que se le asignará un número mediante sorteo. Esta identificación será escrita previamente en una ficha, en la cual se incorporarán, además, nombre y apellido, firma y número de documento de identidad del postulante. La citada ficha será colocada en un sobre, el que deberá ser cerrado. Los sobres presentados serán contados por dos (2) participantes del Concurso y luego introducidos en un sobre mayor, el que será cerrado y a posteriori firmado por dos concursantes y los miembros del Jurado. Los concursantes firmantes deberán presentarse al momento de la apertura del sobre.

 

  III.11.  Luego de la lectura de los proyectos escritos se comunicará la fecha de la defensa oral. Ese día se procederá a la identificación de los autores de cada uno de los proyectos. El Jurado evaluará el mismo de acuerdo a los criterios que se desprenden del perfil del  cargo directivo de Instituciones Educativas de Nivel Superior, que es común a todas las instancias. La calificación correspondiente a la cuarta instancia será resultado de la evaluación del proyecto escrito y su defensa oral.

 

 III.12. Los concursantes se notificarán de los resultados obtenidos en la cuarta instancia de presentación de proyecto a través de la publicación efectuada en el sitio web de la MGP http://www.mardelplata.gob.ar/educación

 

 

III.13.  Cada una de las instancias evaluativas tendrá carácter eliminatorio para quienes no alcanzaren, como mínimo, siete (7) puntos. El Jurado evaluará cada una de acuerdo a los criterios que se desprenden del perfil del cargo directivo de Instituciones Educativas de Nivel Superior, que consta en la presente resolución.

 

III.14. Las instancias evaluativas previstas en este Concurso serán calificadas de cero (0) a diez (10) puntos.  La calificación será expresada en forma individual por cada uno de los miembros del Jurado, promediándolas entre sí, pudiéndose utilizar centésimos, si el caso lo requiriese.  En las Actas respectivas se hará constar la nota promedio otorgada a cada concursante y el número de pruebas calificadas.

 

III.15. La valoración de los antecedentes de los postulantes estará a cargo del Tribunal de Clasificación, de acuerdo a la normativa vigente al momento de ser efectuada. El Jurado solicitará dicha valoración, por nota al Tribunal de Clasificación, una vez finalizadas las instancias de oposición.

          

III.16. La valoración de los antecedentes de los postulantes será expuesta en el sitio web de la Municipalidad de Gral Pueyrredon www.mardelplata.gov.ar/educacion dentro del plazo de dos (2) días hábiles; a partir de tal publicación, los concursantes podrán interponer los reclamos que consideren pertinentes, a través de nota dirigida al Tribunal de Clasificación Docente, la que deberá enviarse vía mail al Tribunal del Nivel Superior del Sistema Educativo Municipal. Superado dicho lapso, se perderá todo derecho a reclamo en relación a este punto.

 

III.17. El puntaje de los antecedentes será convertido por el jurado a un valor correspondiente a la escala decimal de entre siete (7) y diez (10) puntos, mediante interpolación lineal, estableciendo la siguiente correspondencia:

 

- 7 puntos con el puntaje mínimo exigible como requisito de inscripción en el concurso según informe del Tribunal de Clasificación.

- 10 puntos con el puntaje máximo asignado por el Tribunal de Clasificación.

III.18.  Los resultados finales del Concurso surgirán del promedio en cinco (5) partes iguales. (los resultados de las cuatro (4) instancias de oposición y el puntaje de los antecedentes).

En caso de empate, se tendrá en cuenta, para definir el orden de mérito final:

- 1º  Mayor promedio  obtenido en las cuatro (4) instancias de oposición.

- 2º  Mayor puntaje en el ítem 1 “Títulos” del Instrumento de Clasificación utilizado por el Tribunal de Clasificación, considerando el título habilitante que otorga el mayor puntaje.

- 3º Mayor antigüedad de desempeño como docente en el Sistema Educativo Municipal.

 

III.19. Finalizadas todas las instancias y una vez expuesto el orden de mérito final, durante los tres (3) días hábiles siguientes, los postulantes podrán realizar los planteos que estimen pertinentes, en el marco de las instancias de oposición del concurso, mediante nota dirigida al Jurado, la que deberá ingresar por Mesa de Entradas de la Secretaría de Educación de la Municipalidad de General Pueyrredon.  No se tomarán en cuenta las notas que no respeten esta indicación.

 

III.20. La notificación de los resultados de las diferentes instancias de evaluación, como así también otras informaciones referentes al concurso se tendrá por efectivamente realizadas mediante la sola exhibición en el sitio web www.mardelplata.gov.ar/educacion

 

CAPÍTULO  IV

DE LA VALIDEZ DEL CONCURSO

 

IV.1. El orden de mérito obtenido en el Concurso tendrá una validez de cinco (5) ciclos lectivos consecutivos, lapso que se computará a partir de la aplicación del acto administrativo pertinente.

 

CAPITULO V

DE LA TITULARIDAD

 

V.1. Los ascensos para cubrir cargos titulares no requerirán período de provisionalidad. (Ordenanza 25041/21). Los docentes que acepten el cargo ofrecido en la Asamblea y realicen la toma de posesión correspondiente, serán titularizados automáticamente dándosele de baja del cargo/módulos por los cuales accede al ascenso de jerarquía.

 

V.2. El concursante que no acepte el cargo ofrecido para acceder a la titularidad mantendrá el orden de mérito obtenido por concurso.

 

V.3. El concursante que aceptara el cargo y no lo ejerciera o renunciara al mismo, perderá todo derecho de reintegrarse al cargo/módulos por los cuales accedió al ascenso de jerarquía, siendo excluido además del listado de orden de mérito del concurso.

 

CAPITULO VI

DE LOS INTERINATOS Y SUPLENCIAS

 

VII.1. Las coberturas de interinatos y suplencias que surjan dentro del período de validez del Concurso se realizarán teniendo en cuenta el orden de mérito obtenido por los aspirantes que aprobaron el mismo.

VII.2. Los aspirantes a interinatos y suplencias que no acepten las propuestas de designación que se les efectivizaren, mantendrán el orden de mérito obtenido. 

VII.3. Los aspirantes a interinatos y suplencias que acepten el cargo ofrecido, lleguen o no a desempeñarse en el mismo, y luego desistan de tal decisión, perderán el orden de mérito obtenido, pasando al último lugar del listado durante el resto del año en que se produjo la propuesta.

 

CAPÍTULO VII

DEL JURADO

 

VII.1. De acuerdo  a lo establecido en el artículo 27, punto 1.2, de la Ordenanza Nº 20.760,  el Jurado  estará conformado por:

 

a). El Director de Educación o quien lo reemplace, que lo presidirá.

b). Un Supervisor del Nivel y/o Modalidad o quien lo reemplace.

c). Un representante de la Dirección de Personal.

d). Dos representantes docentes titulares de igual o mayor jerarquía que el cargo para el cual se concursa, designados por la Dirección de Educación.

e). Un representante del Sindicato de Trabajadores Municipales, en calidad de veedor.

f)). Un psicólogo observador.

 

VII.2.  Para sesionar, deberá contar con la presencia de tres (3) de sus miembros como mínimo, debiendo pertenecer, uno de ellos, al inciso d). ausencia del profesional al que alude el inciso f) no invalida la constitución del Jurado.

 

VII.3.  El Jurado dejará constancia de su labor a través de las correspondientes Actas.

 

VII.4 . La evaluación que realizará el Jurado estará dirigida esencialmente a valorar los distintos aspectos que constan como objetivos de las pruebas, a través de  instrumentos elaborados para tal fin.

 

VII.5.  El Jurado confeccionará los listados mediante los cuales se establecerá el orden de mérito obtenido por los concursantes.

 

VII.6.   Finalizada la actuación del Jurado, se exhibirá, en el sitio web de la Municipalidad www.mardelplata.gov.ar/educacion, durante tres (3) días hábiles, el listado de los concursantes aprobados, consignando el orden de mérito obtenido.  Dentro de dicho plazo los postulantes podrán realizar los planteos que estimen pertinentes, en el marco de las instancias de oposición del Concurso, mediante nota dirigida al Jurado, la que deberá ingresar por Mesa de Entradas de la Secretaría de Educación.

 

VII.7  Los concursantes se tendrán por notificados  mediante la publicación del orden de mérito a que alude el ítem anterior.

 

VII. 8  Toda situación no prevista en el presente reglamento será resuelta por el Jurado con fundamento en la legislación aplicable en el ámbito municipal y en las restantes fuentes del derecho.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO  II

 

PERFIL DEL CARGO DIRECTIVO  DE INSTITUCIONES DE  NIVEL SUPERIOR DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON.

 

            El director tiene bajo su responsabilidad el gobierno de la Institución y la gestión de los procesos de implementación de los Diseños Curriculares y el Proyecto Institucional según las funciones y tareas asignadas por la normativa vigente.

            El presente perfil, pone énfasis en algunos aspectos sin perjuicio de las tareas descriptas en el Decreto 2299/11 Reglamento General de las Instituciones educativas de la Provincia de Buenos Aires.

            Se espera que el director cumpla con las siguientes funciones, entre otras:

 

•          Conocer y sostener los lineamientos de la Política Educativa Nacional, Provincial y Municipal promoviendo el enfoque de derechos.

 

•          Gestionar como mediador vinculando las macro políticas de la Secretaría de Educación Municipal y la micro política institucional.

 

•          Conocer y sostener los lineamientos técnico-pedagógicos del Nivel, teniendo en cuenta las características propias del Sistema Educativo Municipal, y su articulación con el gobierno provincial.

 

•          Conocer la estructura y funciones de la Secretaría de Educación Municipal y su inserción en la organización municipal.

 

•          Asegurar por sí mismo o a través del personal competente el cumplimiento organizado de las acciones administrativas como sostén del trabajo institucional y pedagógico.

 

•          Asegurar la elaboración, actualización, implementación, comunicación y evaluación del Proyecto Institucional, propiciando la participación de los diferentes actores institucionales en consonancia con el Proyecto Educativo Municipal.

 

•          Participar activamente en todo proceso administrativo de la Institución a su cargo en trabajo conjunto y articulado con las diferentes áreas pertenecientes a la Secretaría de Educación  (Diegep, POF, PF, Movimientos docentes, Supervisión, Secretaría Técnica).

 

•          Propiciar relaciones interpersonales que favorezcan la convivencia armónica, la comunicación y la interacción entre los diferentes actores de la comunidad educativa, apelando al consenso como herramienta para la resolución de conflicto, en su institución y en interrelación con otras.

 

•          Comprometerse con su propia capacitación y actualización en temas y competencias vinculados al desempeño de su cargo.

 

•          Promover proyectos colaborativos en su institución y con otras instituciones, en acuerdo con la Supervisión y autoridades de la Secretaría de Educación Municipal.

 

•          Mantener estrecha relación con la Comunidad, generando vínculos sólidos y proactivos, y con las instituciones y/o sectores vinculados con la educación, la cultura, la salud y el trabajo, promoviendo acciones de articulación que favorezcan el enriquecimiento mutuo y la formación integral del estudiante.

 

•          Orientar y garantizar el conocimiento e implementación de los Diseños Curriculares y otros documentos que aporten a las mejoras de las prácticas de enseñanza y de aprendizaje.

 

•          Propiciar acciones colectivas intra e inter institucionales,  que generen la concreción de prácticas profesionales o docentes que favorezcan una mejora en la formación profesional de los estudiantes, en el marco de la normativa vigente.

 

•          Promover la realización de proyectos de mejora que permitan orientar los procesos institucionales partiendo de la información que arrojan los proyectos de evaluación y autoevaluación institucional.

 

 •         Acompañar, asesorar y supervisar el trabajo docente en relación con  las prácticas de enseñanza favoreciendo la inclusión y la atención a la diversidad para garantizar la trayectoria, permanencia y terminalidad de   los y las  jóvenes.

 

•          Gestionar con criterios que faciliten la cooperación en la tarea y la concreción de espacios de encuentro para acompañar, proponer, reflexionar y tomar decisiones compartidas, sin perder de vista la responsabilidad individual del equipo directivo.

 

•          Analizar y evaluar anualmente, junto con la Supervisión, Dirección de Educación y autoridades de la gestión de la Secretaría de Educación Municipal, las ofertas formativas de su institución.

 

•          Articular acciones con la Supervisión del Nivel que garanticen espacios de formación continua para el desarrollo profesional docente de acuerdo a la Política Educativa vigente.

 

•          Demostrar condiciones para el trabajo en equipo, coordinando acciones con sus pares y promoviendo espacios de comunicación con sus superiores y personal a cargo.

 

•          Promover y utilizar las TIC para la circulación de información y la comunicación, como estrategia de conducción en la institución a su cargo.

 

•          Comunicar en tiempo y forma a las autoridades de la Secretaría de Educación, las situaciones que se presenten en la institución a su cargo y las intervenciones realizadas.

 

•          Redactar en forma clara y coherente informes, actas, documentos de orientación pedagógica, etc., que respeten normas de escritura (claridad en las ideas, precisión léxica, ortografía, puntuación legibilidad)

 

•          Manifestar un sentido ético en consonancia con la función que desempeña.

 

•          Promover actividades orientadas a la optimización, crecimiento y enriquecimiento del Sistema Educativo Municipal.

 

 

 

 

ANEXO III

 

CONCURSO INTERNO DE OPOSICIÓN Y ANTECEDENTES PARA COBERTURA DE CARGOS DE DIRECTOR/REGENTE TITULAR, INTERINO Y/O SUPLENTE DEL INSTITUTO SUPERIOR DE ESTUDIOS TÉCNICOS (I.S.E.T.) Y LA ESCUELAS MUNICIPAL DE ARTE DRAMÁTICO (E.M.A.D.) DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON.

 

    1. DE INSCRIPCIÓN Nº…………………….(a llenar por el TCD)

 

    1.   JURADA

 

    1. PARA LA QUE ASPIRA CONCURSAR COMO EQUIPO DE GESTIÒN:
    •  

 

Apellido y Nombres  del aspirante:……….......................................................................

 

Leg. Nº........................................    DNI  Nº...................................................................

 

Fecha  y lugar de nacimiento................................... Edad: ..……………………………

 

Domicilio........................................................................Ciudad:...................................

Email:…………………………………………………………………………………………

Teléfono  FIJO:...................................................MÓVIL:.............................................

 

Se encuentra jubilado: SI/NO             Se desempeña con cambio de funciones: SI/NO

 

 

Cargos docentes  TITULARES   que desempeña en el Nivel del cargo para el que se inscribe en el    SISTEMA EDUCATIVO MUNICIPAL

Cargo

Horas

Módulos

Establecimiento Nivel Superior

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  Otros Cargos docentes   que desempeña en el

SISTEMA EDUCATIVO MUNICIPAL

Cargo

Horas

Módulos

Establecimiento

 

Nivel

Situación de revista

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Declaro bajo Juramento que los datos consignados son exactos

Dejo constancia que he tomado conocimiento y acepto las pautas establecidas  en la Resolución de Concurso Interno de Oposición y Antecedentes para cubrir cargos de Director/Regente titular, interino y/o suplente del Instituto Superior de Estudios Técnicos (I.S.E.T.) y la Escuelas Municipal de Arte Dramático (E.M.A.D.) dependientes de la Dirección de Educación de la Secretaría de Educación de la Municipalidad de General Pueyrredon y sus anexos.

 

Mar del Plata,   .................................        …..…………………………………… Firma y aclaración  del  aspirante.