Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 165/22
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 02/03/2022
RESOLUCIONES EMVIAL DESDE 165 HASTA 201 ( DE FECHA02/03 HASTA 29/04/2022)
EXPEDIENTE Nº 12180/3/2018 -Cpo1
Mar del Plata, 02 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 12180-3-2018 -Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Castelli Nº 2848, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 315/2018 de fecha 07 de Diciembre de 2018 la Presidencia del EMVIAL autorizó la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Castelli Nº 2848.
Que a fs. 29 obra agregada intimación de deuda cursada por la División Recursos, constatando que el comercio no cuenta con un módulo instalado y el nuevo titular es SILGUERO PABLO JOSE (CUIT 20-20040349-6).
Que a fs. 31 el Departamento de Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios informa que figuró habilitado un comercio a nombre de KIABAND IMPORTACIONES S.R.L. (CUIT 30-71572393-6), sito en la calle Castelli Nº 2848 desde el 06/12/2017 hasta el 30/04/2019, fecha en la que se realizó la comunicación de cese de sus actividades.
Que a fs. 33 la División Recursos sugiere dar de baja por Resolución sugiere proceder a dar de baja por Resolución el espacio oportunamente autorizado como asi también la deuda que registra la cuenta Nº P-2000000476.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dar de baja el espacio reservado de seis (6) metros otorgado mediante Resolución Nº 315/2018 a la firma KIABAND IMPORTACIONES S.R.L., para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble de calle Castelli Nº 2848.
ARTICULO 2º. Dese de baja a la deuda que registra la cuenta nº P-2000000476 generada en concepto de derechos de uso de espacio público, cuyo titular es la Firma KIABAND IMPORTACIONES S.R.L, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 3.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 93/2022
EXPEDIENTE Nº 2355/4/2014 -Cpo1
Mar del Plata, 02 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 2355-4-2014 -Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Av. Colón Nº 3552, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 240/2011 de fecha 15 de Abril de 2011 la Presidencia del ENOSUr autorizó la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Av. Colón Nº 3552.
Que a fs. 12 obra agregada intimación de deuda cursada por la División Recursos, constatando que el comercio se encuentra cerrado sin actividad comercial.
Que a fs. 15 el Departamento de Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios informa que figuró habilitado un comercio a nombre de JORGUAMAR SRL (CUIT 30-71044030-8), sito en la calle Av. Colón Nº 3552 desde el 07/04/2011 hasta el 31/01/2021, fecha en la que se realizó la comunicación de cese de sus actividades.
Que a fs. 17 la División Recursos informa que en el presente expediente no se encuentra autorización del titular del inmueble donde fue otorgado el espacio y no pudiendo aplicarse lo establecido por la Ordenanza Fiscal Nº 24958, Titulo IX, Cap. III, Art. 170 y ante todo lo expuesto, sugiere dar de baja por Resolución sugiere proceder a dar de baja por Resolución el espacio oportunamente autorizado como asi también la deuda que registra la cuenta Nº P-2000000428.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dar de baja el espacio reservado de seis (6) metros otorgado mediante Resolución Nº 240/2011 a la firma HONDA PORTA, para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble de calle Av. Colón Nº 3552.
ARTICULO 2º. Dese de baja a la deuda que registra la cuenta nº P-2000000428 generada en concepto de derechos de uso de espacio público, cuyo titular ES la Firma HONDA PORTA – JORGUAMAR S.R.L., por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 3.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 94/2022
EXPEDIENTE Nº 12587/6/2016 -Cpo1
Mar del Plata, 02 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 12587-6-2016 -Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Alberti Nº 2934, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 246/2016 de fecha 05 de Septiembre de 2016 la Presidencia del EMVIAL autorizó la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Alberti Nº 2934.
Que a fs. 19 obra agregada intimación de deuda cursada por la División Recursos, constatando que el comercio no cuenta con un módulo instalado.
Que a fs. 24 el Departamento de Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios informa que el establecimiento gastronómico figuraba habilitado a nombre de SEGOVIA Liliana Haydee (CUIT 27132672193), sito en la calle la Alberti Nº 2934, hasta el cese de actividades con fecha 30/09/2018; no siendo coincidente con quien eventualmente se declaró como tal en la solicitud del permiso para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas a fs. 1.
Que a fs. 22/23 se adjuntan imágenes donde se puede observar que el módulo antedicho se encuentra instalado en septiembre 2017, pero no así en Abril de 2019.
Que a fs. 25 la División Recursos sugiere proceder a dar de baja por Resolución el espacio oportunamente autorizado, junto con la deuda por no encontrar sujeto pasible de cobro.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dar de baja el espacio reservado de seis (6) metros otorgado mediante Resolución Nº 246/2016 a la firma KHALIFA BAR, para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble de calle ALBERTI Nº 2934 de esta ciudad.
ARTICULO 2º. Dese de baja a la cuenta nº P- 2000000449 generada en concepto de derechos de uso de espacio público, cuyo titular es el Sr. Esteban Jorge Adolfo Badih - KHALIFA BAR, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 3.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 95 /2022
EXPEDIENTE Nº 351/E/22 - Cpo 1
SOLICITUD 03/2022
Mar del Plata, 02 de Marzo de 2022.-
VISTO la presentación efectuada por la Empresa EDEA S.A., por la cual solicita autorización para realizar rotura de calle en el marco de la solicitud de referencia, a fin de llevar a cabo la Obra: TENDIDO DE CABLE SUBTERRANEO DE MEDIA TENSION EN LA CALLE MALVINAS ENTRE LIBERTAD Y BALCARCE y
CONSIDERANDO:
Que rige para la presente tramitación todo lo dispuesto en la Ordenanza Nº 17427/06.
Que a fs. 58 la Dirección de Obras ha efectuado la valorización correspondiente del sector afectado y asimismo informa que dicho sector se encuentra afectado por la veda vigente en el periodo desde 1 ro de Diciembre de 2021, por indicación de Presidencia del EMVIAL se autoriza por vía de excepción la realización de los trabajos.
. Que la empresa ha efectuado el pago correspondiente a la reparación del pavimento conforme recibo oficial Nº 21/000010435/43
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Otorgar el permiso de rotura correspondiente , conforme a lo establecido en el art. 1º de la Ordenanza Nº 17427, a la empresa EDEA S.A., para realizar trabajos de rotura de pavimento en el siguiente sector:
LIBERTAD Y MALVINAS 8,40 |
M2 |
ARTICULO 2º.- El permisionario deberá dar cumplimiento a las disposiciones vigentes-muy especialmente a la ORDENANZA Nº 8610-MODIFICADA POR ORDENANZA Nº 12.278- que regula las condiciones de seguridad en el tránsito, al ejecutarse obras en la vía pública.
ARTICULO 3º.- En ningún caso podrá ser afectada la totalidad de la calzada. No se autorizará una nueva rotura de calle, hasta tanto no sea reparada la iniciada anteriormente.
ARTICULO 4º.- El permisionario deberá comunicar al EMVIAL vial mail fehacientemente a prensa@emvialgov.ar con una antelación mínima de veinticuatro (24) horas antes de cada intervención del comienzo de los trabajos de enterramiento de la cañería, y asimismo deberá comunicar con una antelación mínima de cuarenta y ocho (48) horas, fehacientemente mediante nota o vía Mail a la Dirección de Obras; de los trabajos de su tapada correspondiente y finalización de los mismos a los efectos que el ente tome intervención para la posterior reparación.
ARTICULO 5º.- La reparación del pavimento afectado estará a cargo del EMVIAL una vez aprobada la sub-base por el departamento de Laboratorio del EMVIAL.
ARTICULO 6º.- La falta de autorización para la ejecución de los trabajos, la inobservancia de las características técnicas de ejecución y/o reparación o el incumplimiento de los plazos establecidos, o de las órdenes impartidas, dará lugar a la sanción de entre 1 y 20 sueldos mínimos del personal de la Administración Pública Municipal, ello sin perjuicio del pago de la reparación en caso de corresponder según lo establecido en la Ordenanza 17427/06 Art. 7.
ARTICULO 7º.- La responsabilidad civil por la ejecución de la obra y todos sus emergentes, será asumida en forma conjunta y total por EDEA S.A. y la empresa PLANTEL S.A., en su carácter de Contratista de la obra; deslindando de toda responsabilidad a la Municipalidad del Partido de General PUEYRREDON.
ARTICULO 8º.- Registrar, notificar a la firma solicitante y por Inspección de Obras, y Laboratorio, procédase a ejecutar los controles correspondientes.
M.B.//
skp
Registrado bajo el Nº 96/ 2022
EXPTE. 155-C-2022
Mar del Plata, 2 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 155-C-2022 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 03/2022 para la “ADQUISICION DE LUMINARIAS LED”, y
CONSIDERANDO
Que la presente contratación se adjudicó a la firma SIGNIFY ARGENTINA S.A.
Que mediante la Solicitud de Pedido Nº 261 la Dirección de Alumbrado Público solicita la provisión de Luminarias Led.
Que la Oficina de Compras informa que la mencionada solicitud se podría tramitar como ampliación de la licitación de referencia, según lo estipulado en el artículo 17º del Pliego de Bases y Condiciones.
Que el monto de la mencionada ampliación asciende a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 00/100 ($ 197.835,00.-).
Que la Contaduría procede a imputar preventivamente el gasto.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Ampliar la adjudicación efectuada a la firma SIGNIFY ARGENTINA S.A en los términos de la Licitación Privada Nº 03/2022, para la “ADQUISICION DE LUMINARIAS LED”, manteniéndose las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 2.- La ampliación a que se refiere el artículo primero asciende a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 00/100 ($ 197.835,00.-); a la firma SIGNIFY ARGENTINA S.A.
ARTÍCULO 3.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente resolución.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Empresa Adjudicataria.
M.B
g.l.
Registrado bajo el Nº 97/2022
EXPEDIENTE Nº 310/C/22
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 310-C-22 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 06/22 para la contratación de la Obra “ROTURA, ACONDICIONAMIENTO DE BASE Y COLOCACION DE HORMIGON EN BACHES” y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron tres ofertas de las firmas: VALENZUELA CONSTRUCCIONES SRL, EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA e INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCIONES SA.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Que en la presente se dan por reproducidas y ratificadas las consideraciones expuestas por la comisión mencionada.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Llamado a Licitación Privada Nº 06/22, para la contratación de la Obra “ROTURA, ACONDICIONAMIENTO DE BASE Y COLOCACION DE HORMIGON EN BACHES” cuya apertura fuera efectuada el día 23 de Febrero de 2022 a las 11:00 horas.
ARTICULO 2º.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas VALENZUELA CONSTRUCCIONES SRL, EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA e INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCIONES SA.
ARTÍCULO 3º.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 06/22, para la contratación de la Obra “ROTURA, ACONDICIONAMIENTO DE BASE Y COLOCACION DE HORMIGON EN BACHES” a la firma EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA, por ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones, ser su oferta la más económica y conveniente, por un monto total de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 6.750.000,00); la contratación de:
ARTÍCULO 4º.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificada de la presente adjudicación, deposito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado.
ARTÍCULO 5º.- Reintégrese el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta a las firmas VALENZUELA CONSTRUCCIONES RL Recibo Número 2483, INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCIONES SA Recibo Número 2481 y EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA Recibo Numero 2478, una vez cumplimentado lo requerido en el articulo anterior.-
ARTICULO 6º.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande el cumplimiento de la presente Resolución.-
ARTICULO 7º.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB/
g.l.
Registrado bajo el Nº 98/2022
EXPEDIENTE Nº 311/C/22
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 311-C-22 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 07/22 para la contratación de la Obra “ROTURA Y ACONDICIONAMIENTO DE BASE EN PAVIMENTOS ASFALTICOS” y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron cuatro ofertas de las firmas: VALENZUELA CONSTRUCCIONES SRL, EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA, INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTOS Y CONSTRUCCIONES SA Y COOPERATIVA DE TRABAJO NUEVOS RUMBOS CONSTRUCCIONES LIMITADA.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Que en la presente se dan por reproducidas y ratificadas las consideraciones expuestas por la comisión mencionada.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Llamado a Licitación Privada Nº 07/22, para la contratación de la Obra “ROTURA Y ACONDICIONAMIENTO DE BASE EN PAVIMENTOS ASFALTICOS” cuya apertura fuera efectuada el día 23 de Febrero de 2022 a las 12:00 horas.
ARTÍCULO 2º.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas VALENZUELA CONSTRUCCIONES SRL, EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA, INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTOS Y CONSTRUCCIONES SA Y COOPERATIVA DE TRABAJO NUEVOS RUMBOS CONSTRUCCIONES LIMITADA.
ARTÍCULO 3º.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 07/22, para la contratación de la Obra “ROTURA Y ACONDICIONAMIENTO DE BASE EN PAVIMENTOS ASFALTICOS” a:
***A la firma EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA, por ser su oferta de menor valor, conveniente y ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 2.600.000,00); la contratación de:
***A la firma COOPERATIVA DE TRABAJO NUEVOS RUMBOS CONSTRUCCIONES LIMITADA, por ser su oferta conveniente y ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($ 2.760.000,00); la contratación de:
ARTÍCULO 4º.- Requiérase de las firmas adjudicatarias que constituyan dentro de los cinco (5) días de notificadas de la presente adjudicación, deposito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado.
ARTÍCULO 5º.- Reintégrese el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta a las firmas VALENZUELA CONSTRUCCIONES SRL Recibo Número 2484, INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCIONES SA Recibo Número 2480, EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA Recibo Número 2479 y COOPERATIVA DE TRABAJO NUEVOS RUMBOS CONSTRUCCIONES LIMITADA Recibo Número 2487 y 2488, una vez cumplimentado lo requerido en el articulo anterior.-
ARTICULO 6º.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande el cumplimiento de la presente Resolución.-
ARTICULO 7º.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB/
gl
Registrado bajo el Nº 99 /2022
EXPEDIENTE Nº 7868/0/2018 - Cpo1
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 7868/0/2018 - Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado por discapacidad en la calle Av. Luro Nº 2265 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 162/2020 de fecha 19/08/2020 el Presidente del EMVIAL autorizó al Señor Lorenzo Armando Parola– DNI 6.075.825 la utilización de un espacio reservado por discapacidad en la calle Av. Luro Nº 2265.
Que a fs. 36 el Sr. Parola solicita la baja del espacio reservado en cuestión.
Que a fs. 19 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para sugerir la baja de oficio de dicho espacio.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dar de baja la autorización otorgada al Señor Lorenzo Armando Parola – DNI 6.075.825 mediante Resolución nº 162/2020 del EMVIAL para la utilización de un espacio reservado por discapacidad frente al inmueble sito en la calle Av. Luro Nº 2265.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 100/2022
EXP. Nº 226 LETRA C AÑO 2021 CUERPO 1
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022.-
Visto lo actuado en el presente Expte. Nº 226-C-2021 Cpo.1-0-0, referido a los cálculos de costos y publicación de Registro de Oposición, de la obra de pavimentación proyectada para varios barrios, y
CONSIDERANDO
Que las obras fueron declaradas de Utilidad Pública y Pago Obligatorio mediante la Ordenanza Nº 19.092/09, habiéndose programado la ejecución conforme los proyectos elaborados por el Área Técnica del EMVIAL.
Que de la misma se ha ejecutado la construcción de cordón en calle: PERU al 1100, detallada en los precedentes informes de la Dirección de Obras.
Que de acuerdo a los términos de la Ordenanza citada se establecieron los siguientes planes de pago: A) AL CONTADO: 15% de descuento sobre los valores del prorrateo inicial; B) FINANCIADO: hasta en 24 cuotas iguales, mensuales y consecutivas; C) FINANCIADO: hasta 48 cuotas con un interés del 1% mensual sobre saldo; a partir de la cuota 25, en el caso de que se ejecuten en forma simultánea las dos obras (cordón cuneta y carpeta asfáltica).
Que a fojas 98 la División Recursos informa que no se ha alcanzado con las voluntades necesarias para detener el proceso de la presente obra.
Que en virtud de lo antes expresado corresponde continuar con la planificación efectuada originalmente, disponiendo la emisión de las cuotas conforme a los planes ya enunciados.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la puesta al cobro de las Contribuciones por Mejoras generadas por la obra de: Cordón cuneta en calle Perú al 1100 del Barrio SARMIENTO, de acuerdo a los términos y planes financieros publicados en el Registro de Oposición abierto al efecto, iniciándose con el vencimiento de la 1º Cuota y el pago al Contado fijado para el 11/04/2022.
ARTICULO 2º.- Determínense como coeficientes de cálculo los siguientes: $3.184,31 por ml. de frente y $137,65 por m2 de superficie respectivamente, para la obra de Cordón cuneta, a aplicar sobre la extensión lineal de frente y la superficie de los inmuebles incluídos en los proyectos.
ARTICULO 3º.-Las cuotas sucesivas vencerán periódicamente hasta agotar el término financiero que corresponda al plan concedido a cada cuenta ó solicitado por sus titulares, siempre que no se produzcan hechos económicos, financieros ó de otro carácter que alteren la planificación efectuada.
ARTÍCULO 4º.- Dése al Registro de Resoluciones y tomen intervención a efectos de instrumentar el cumplimiento de la presente, el Depto. Contribución por Mejoras y Tesorería y conocimiento por Contaduría.
MB//
a.d.z.
Registrado bajo el Nº 101/2022
EXPEDIENTE Nº 4308/3/2013 - Cpo1
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 4308-3-2013 Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Rivadavia Nº 4236 utilizado por la firma Postres Balcarce S.A. y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 152/2013 de fecha 05 de Marzo de 2013, se autorizó la utilización de un (1) espacio reservado para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble en la calle Rivadavia Nº 4236.
Que a fs. 32 la Sra. Lorena Castrillón apoderada de la firma solicita la baja de dicho espacio reservado.
Que a fs. 33/34 la División adjunta informe de deuda actualizado para la prosecución del trámite.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja el espacio reservado otorgado a la firma POSTRES BALCARCE S.A. mediante Resolución 152/2013 de fecha 05 de Marzo de 2013, para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble de calle Rivadavia Nº 4236.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 102 /2022
EXPEDIENTE Nº 142/C/2006 - Cpo1
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 142-C-2006 Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado frente al inmueble sito en la calle 3 de Febrero Nº2852 utilizado por el Centro de Estudios Digestivos S.R.L. - CED y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 132/2006 de fecha 29 de Mayo de 2006, se autorizó la construcción de una dársena para ascenso y descenso de pacientes frente al inmueble en la calle 3 de Febrero Nº2852.
Que a fs. 18/19 la División Recursos adjunta informe de deuda actualizado e informa que se procedió a dar de baja a los períodos liquidados por no corresponder el cobro de los mismos y remite las actuaciones para proceder a la baja del espacio en cuestión.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgada a la firma CENTRO DE ESTUDIOS DIGESTIVOS S.R.L. - CED mediante Resolución 132/2006 de fecha 29 de Mayo de 2006 para la utilización de un espacio reservado frente al inmueble de calle 3 de Febrero Nº2852.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 103/2022
EXPEDIENTE Nº 253/G/2006 - Cpo1
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 253-G-2006 Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado frente al inmueble sito en la calle Avellaneda Nº 1356 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 27/2006 de fecha 09 de Febrero de 2006, se autorizó al Sr. Damián Gauna la utilización de un espacio reservado para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble en la calle Avellaneda Nº 1356.
Que a fs. 15 el Departamento de Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios informa que figuró habilitado un comercio a nombre de GAUNA DAMIAN HUGO (CUIT 23-22007202-9), sito en la calle Avellaneda Nº 1356 desde el 04/10/2005 y al día de la fecha se encuentra pendiente de verificación de cese de actividades.
Que a fs. 19/20 la División Recursos adjunta informe de deuda actualizado e informa que a fs. 17 se observa que el módulo no se encuentra instalado, por lo que se procedió a dar de baja a la deuda que registra la cuenta nº P-2000000481y sugiere dar de baja por resolución el espacio oportunamente autorizado.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgado al Sr. Damián h. Gauna – Gimnasio Flex mediante Resolución Nº 7/2006 de fecha 09 de Febrero de 2006 para la utilización de un espacio reservado para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble de calle Avellaneda Nº 1356.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 104/2022
EXPEDIENTE Nº 959/2/2010 -Cpo1
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 959/2/2010 -Cpo1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Olavarría Nº 3122, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 262/2009 de fecha 03 de Diciembre de 2009 la Dirección Ejecutiva de Servicios Públicos del ENOSUr autorizó la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Olavarría Nº 3122.
Que a fs. 20 obra agregada intimación de deuda cursada por la División Recursos, constatando que el comercio habilitado cambio de titularidad y no se observa módulo instalado.
Que a fs. 22 el Departamento de Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios informa que el comercio habilitado a nombre de SOFIA NICOLINA GRAZIUSO sito en la calle Olavarría Nº 3122 tuvo actividad desde el 24/06/2009 hasta el 15/03/2010, fecha en la cual realizó la comunicación de cese de actividades.
Que a fs. 23/24 33 la División Recursos sugiere dar de baja por Resolución sugiere proceder a dar de baja por Resolución el espacio oportunamente autorizado como así también la deuda que registra la cuenta Nº P-20000004013.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dar de baja el espacio reservado de seis (6) metros otorgado mediante Resolución Nº 262/2009 a la Sra. SOFIA NICOLINA GRAZIUSO para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble de calle Olavarría Nº 3122.
ARTICULO 2º. Dese de baja a la deuda que registra la cuenta nº P-20000004013 generada en concepto de derechos de uso de espacio público, cuyo titular es la Sra. SOFIA NICOLINA GRAZIUSO, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 3.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 105/2022
Expte. Nº 1-T-2022
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
VISTO el Decreto Municipal número 0309 del 25 de febrero de 2022, referente a la creación de las de Cajas Chicas en dependencias del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público para el periodo administrativo en curso, y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la determinación de agentes responsables de cada una de ellas.-
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
El PRESIDENTE del ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO Nº 1 - Designase al Sr. MELILLO, JORGE , legajo nº 24607, como agente responsable de la caja chica TALLER del Ente, la cual asciende a la suma de pesos: TREINTA MIL ($30.000,00) para compras que requieran importes menores a pesos: TRES MIL ($3.000,00).-
ARTICULO Nº 2 - El agente designado deberá dar cumplimiento a lo exigido por la Ley Orgánica de las Municipalidades en los artículos nº 218 a 224 inclusive, y en el Reglamento de Contabilidad, en los artículos nº 37 a 47 inclusive, respecto a la constitución de fianza.-
ARTICULO Nº 3 – Dese al Registro de Resoluciones, comuníquese a quién corresponda.-
MB//
dp.
Registrado bajo el Nº 106/2022
EXPEDIENTE Nº 991/G/ 2021 Cpo1
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 991/G/ 2021 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Alvarado Nº 2243 y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 63/2022 de fecha 04 de Febrero de 2022, se autorizó la utilización de un (1) espacio reservado por discapacidad de seis (06) metros frente al inmueble sito en la calle Alvarado Nº 2243.
Que a fs. 44/50 se solicita la actualización de la autorización para el uso del espacio reservado en cuestión por haber efectuado recientemente del vehículo y acompaña documentación.
Que a fs. 51 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar al Señor CESAR JOSE GILI – DNI 8.462.435, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros por discapacidad con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo CITROEN C3 – DOMINIO AB670EH, frente al inmueble sito en la calle Alvarado Nº 2243, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp
Registrado bajo el Nº 107/2022
EXPTE. 135-C-2022
Mar del Plata, 02 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 135-C-2022 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 02/2022 para la “ADQUISICION DE CEMENTO CPC40 A GRANEL”, y
CONSIDERANDO
Que la presente contratación se adjudicó a la firma DE LEON MEDINA SRL.
Que mediante la Solicitud de Pedido Nº 265/22 el Departamento de Laboratorio solicita la provisión de ochenta (80) toneladas de Cemento a Granel.
Que la Oficina de Compras informa que el monto de la adquisición requerida es de PESOS UN MILLON CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 1.048.320,00.-).
Que la misma se podría tramitar bajo la ampliación de la licitación de referencia, amparada bajo el artículo 22º del Pliego de Bases y Condiciones.
Que la Contaduría procede a imputar preventivamente el gasto.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Ampliar la adjudicación efectuada a la firma DE LEON MEDINA SRL en los términos de la Licitación Privada Nº 02/2022, para la “ADQUISICION DE CEMENTO CPC40 A GRANEL”, manteniéndose las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 2.- La ampliación a que se refiere el artículo primero asciende a la suma de PESOS UN MILLON CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 1.048.320,00.-), a la firma DE LEON MEDINA SRL.
ARTÍCULO 3.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente resolución.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Empresa Contratista.
M.B
g.l.
Registrado bajo el Nº 108/2022.
Expte. Nº 320/C/2022
Mar del Plata, 4 de Marzo de 2022.-
VISTO las actuaciones obrantes en el expediente Nº 320/C/2022- Cpo 1, relacionado con la LICITACION PRIVADA Nº 05/22 para la ejecución de la obra “RECAMBIO LUMINARIAS DE SAP A LED”, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 08 de Abril de 2021, se adjudicó la Obra de referencia a la firma EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA.
Que mediante la resolución Nro. 360/21, se amplió la obra, según lo estipulado en el pliego de bases y condiciones.
Que con fecha 21 de Febrero de 2022 el Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público ha labrado las actas de Recepción Provisoria de la obra y de la ampliación.
Por ello, Y EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aceptar con fecha 21 de Febrero de 2022, la Recepción Provisoria de la Obra “RECAMBIO LUMINARIAS DE SAP A LED”, ejecutada por la firma EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA.
ARTICULO 2.- Convalidar los certificados y pagos efectuados por el Ente a la Firma EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA, por la ejecución de la obra de la referencia y su ampliación.
ARTÍCULO 3.- Autorizar a la Contaduría y Tesorería del Ente a devolver la garantía oportunamente ingresada en concepto de Garantía de Contrato: EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA, Recibo Número 2256.
ARTÍCULO 4.- Dar al Registro de Resoluciones; intervenga Contaduría y Tesorería del Ente.
MB./
Gl
Registrado bajo el Nº 109/2022
EXPEDIENTE Nº 264/C/2022
Mar del Plata, 4 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 264-C-2022 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Pública Nº 05/2022 para la “ADQUISICIÓN DE PIEDRA” y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron las firmas COMPAÑÍA MINERA EL DESTINO SA, VIALSA S.A y CANTERAS YARAVI SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Llamado a Licitación Pública Nº 05/2022, para la “ADQUISICIÓN DE PIEDRA”, cuya apertura fuera efectuada el día 24 de Febrero de 2022 a las 11,00 horas.
ARTICULO 2º.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas COMPAÑÍA MINERA EL DESTINO SA, VIALSA S.A y CANTERAS YARAVI SA.
ARTÍCULO 3º.- Adjudicar la Licitación Pública Nº 05/2022, para la “ADQUISICIÓN DE PIEDRA” a las firmas:
** VIALSA SA, por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, y ser su oferta la de menor valor, por un monto total de PESOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 18.320.000,00); la provisión de:
** CANTERAS YARAVI SA, por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, y ser su oferta la de menor valor, por un monto total de PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 8.959.630,00); la provisión de:
** COMPAÑÍA MINERA EL DESTINO SA, por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, y ser su oferta la de menor valor, por un monto total de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 4.138.200,00); la provisión de:
ARTÍCULO 4º.- Requiérase de las firmas adjudicatarias que constituyan dentro de los cinco (5) días de notificadas de la presente adjudicación, deposito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado.
ARTÍCULO 5º.- Reintégrese el depósito de garantía de mantenimiento de oferta a las firmas: VIALSA SA Recibo Número 2472, CANTERAS YARAVI S.A Recibo Número 2485, y COMPAÑÍA MINERA EL DESTINO S.A Recibo Número 2486, una vez cumplimentado lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTICULO 6º.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande el cumplimiento de la presente Resolución.-
ARTICULO 7º.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
M.B
g.l.
Registrado bajo el Nº 110/2022.
EXPEDIENTE Nº 151/C/2022
Mar del Plata, 4 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 151-C-2022 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Pública Nº 02/2022 para la “ADQUISICIÓN DE MOTONIVELADORA” y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron las firmas ESCANDINAVIA DEL PLATA SA, REPAS SA, GRUAS SAN BLAS SA Y VIALERG SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones por parte de los oferentes.
Que la oferta de la firma ESCANDINAVIA DEL PLATA SA, no puede ser analizada técnicamente debido a que el proveedor incurrió en un error al colocar el código de la máquina cotizada, según lo informado, siendo imposible determinar fehacientemente el producto ofrecido.
Que las ofertas de las firmas REPAS SA, GRUAS SAN BLAS SA Y VIALERG SA no cumplen con todas los requisitos técnicos exigidos en los pliegos de bases y condiciones.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Llamado a Licitación Pública Nº 02/2022, para la “ADQUISICIÓN DE MOTONIVELADORA”, cuya apertura fuera efectuada el día 15 de Febrero de 2022 a las 11,00 horas.
ARTICULO 2º.- Rechazar la oferta de la firma ESCANDINAVIA DEL PLATA SA por presentar información y documentación inconsistente.
ARTICULO 3º.- Rechazar las ofertas de las firmas REPAS SA, GRUAS SAN BLAS SA Y VIALERG SA, por no cumplir con todos los requisitos exigidos en el pliego de especificaciones técnicas.
ARTICULO 4º.- Efectuar un Segundo Llamado de la Licitación Pública Nº 02/22 para a efectuarse el día 17 de Marzo de 2022 a las 11:00 horas.
ARTICULO 5º.- Efectuar las correspondientes publicaciones, por un (1) día en el Diario La Capital, un (1) día en diario digital de la ciudad, dos (2) días en Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y publicación en la página Municipal.
ARTICULO 6º.- Dar al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
M.B
g.l.
Registrado bajo el Nº 111/2022.
EXPEDIENTE Nº 1382/6/2017 - Cpo1
Mar del Plata, 07 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 1382-6-2017 Cpo 1 que trata la utilización de una dársena para ascenso y descenso de personas frente al inmueble sito en la calle Gascón Nº 3019 y en la calle La Rioja Nº 2489 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 68/2017 de fecha 30 de Marzo de 2017, se autorizó a la Clínica de Cirugía Estética Artemedica S.A. la construcción de una dársena para ascenso y descenso de personas de ocho con ochenta (8,80) metros de largo por un (1) metro de ancho, frente al inmueble sito en la calle Gascón Nº 3019 y construcción de una dársena para ascenso y descenso de personas de siete con ochenta (7,80) metros de largo por un (1) metro de ancho, frente al inmueble sito en la calle en la calle La Rioja Nº 2489.
Que a fs. 38 el Dr. Jose Luis Tesler solicita la baja del servicio de uso de espacio público.
Que a fs. 39 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para autorizar la baja de la utilización de de ambas dársenas, debiendo reponer las aceras a su estado anterior, conforme lo estipulado por la Ordenanza Nº 9889 artículos 1 y 2.
Que dicho informe cuenta con el visto bueno de la Vicepresidencia del Ente.
Que a fs. 40/41 la División Recursos adjunta informe de deuda e informa que la cuenta nº P-3000000502 a nombre de ARTEMEDICA S.A. se encuentra al día y deriva las actuaciones para proseguir el trámite administrativo..
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgada a la Clínica de de Cirugía Estética Artemedica S.A mediante Resolución Nº 68/2017 de fecha 30 de Marzo de 2017 para la construcción de una dársena para ascenso y descenso de personas de ocho con ochenta (8,80) metros de largo por un (1) metro de ancho, frente al inmueble sito en la calle Gascón Nº 3019 y para la construcción de una dársena para ascenso y descenso de personas de siete con ochenta (7,80) metros de largo por un (1) metro de ancho, frente al inmueble sito en la calle en la calle La Rioja Nº 2489.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 112/2022
EXPEDIENTE Nº 312/C/22
Mar del Plata, 7 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 312-C-22 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 08/22 para la “ADQUISICIÓN DE COLUMNAS PARA SEMAFOROS”, y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Primer llamado a Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron tres firmas: COLSER SRL, OBRELECTRIC S.R.L y DISMET SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones por parte de las firmas oferentes.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el primer llamado a Licitación Privada Nº 08/22, para la “ADQUISICIÓN DE COLUMNAS PARA SEMAFOROS” efectuado el día 03 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.
ARTÍCULO 2.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas COLSER SRL, OBRELECTRIC S.R.L y DISMET SA
ARTÍCULO 3.- Adjudicar a la firma COLSER SRL, por ser su oferta de menor precio, de valores convenientes y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($.6.255.620,00) por la provisión de:
ARTÍCULO 4.- Requiérase a la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificada de la presente adjudicación, depósito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, el que será devuelto, una vez entregada de conformidad la totalidad del producto ofrecido.
ARTÍCULO 5.- Reintégrese el depósito de garantía de mantenimiento de oferta a las firmas DISMET SA Recibo Numero 2494, OBRELECTRIC SRL Recibo Numero 2489 y COLSER SRL Recibo Número 2492, una vez cumplimentado lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 7.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB/
gl
Registrado bajo el Nº 113/2022
EXP. Nº 440 LETRA P AÑO 2021 CUERPO 1
Mar del Plata, 07 de Marzo 2022
Visto lo actuado en el presente Expte. nº 440-P-2021-Cpo.1-0-0, referido a los cálculos de costos y publicación de Registro de Oposición, de la obra de pavimentación proyectada para los Barrios Florencio Sanchez, Cerrito sur, Juramento, y
CONSIDERANDO
Que las obras fueron declaradas de Utilidad Pública y Pago Obligatorio mediante la Ordenanza nº 19.092/09, habiéndose programado la ejecución conforme los proyectos elaborados por el Área Técnica del EMVIAL.
Que de la misma se ha ejecutado la construcción de carpeta asfáltica, detallada en los precedentes informes de la Dirección de Obras.
Que de acuerdo a los términos de la Ordenanza citada se establecieron los siguientes planes de pago: A) AL CONTADO: 15% de descuento sobre los valores del prorrateo inicial; B) FINANCIADO: hasta en 24 cuotas iguales, mensuales y consecutivas;
Que a fojas 16 la División Recursos informa que no se han registrado oposiciones a la ejecución de las obras en cuestión.
Que en virtud de lo antes expresado corresponde continuar con la planificación efectuada originalmente, disponiendo la emisión de las cuotas conforme a los planes ya enunciados.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la puesta al cobro de las Contribuciones por Mejoras generadas por la obra de: Carpeta Asfáltica, en calles B. LYNCH entre Av. Edison y Diag. Gascón (11 cuadras), B. LYNCH entre Cerrito y Fleming (4 cuadras), VALENTINI entre Av. Mario Bravo y Génova (8 cuadras), de los Barrios FLORENCIO SANCHEZ-CERRITO SUR-JURAMENTO, de acuerdo a los términos y planes financieros publicados en el Registro de Oposición abierto al efecto, iniciándose con el vencimiento de la 1º Cuota y el pago al Contado fijado para el 10/05/2022.
ARTICULO 2º.- Determínense como coeficientes de cálculo los siguientes: 4429,49 y 190,88 por ml. de frente y por m2 de superficie respectivamente, para la obra de Carpeta Asfáltica, a aplicar sobre la extensión lineal de frente y la superficie de los inmuebles incluídos en los proyectos.
ARTICULO 3º.-Las cuotas sucesivas vencerán periódicamente hasta agotar el término financiero que corresponda al plan concedido a cada cuenta ó solicitado por sus titulares, siempre que no se produzcan hechos económicos, financieros ó de otro carácter que alteren la planificación efectuada.
ARTÍCULO 4º.- Dése al Registro de Resoluciones y tomen intervención a efectos de instrumentar el cumplimiento de la presente, la División Recursos, Tesorería y conocimiento por Contaduría.
M.B/
Emf
Registrado bajo el Nº 114/2022
EXPTE. 249-C-22/1
Mar del Plata, 08 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 249-C-22 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Pública Nº 03/22 para la “ADQUISICION DE ASFALTO CA30”, y
CONSIDERANDO
Que la presente licitación se adjudicó a la firma FLUMAT S.R.L.
Que mediante la Solicitud de Pedido Nº 284 el Departamento de Laboratorio solicita la provisión de noventa (90) toneladas de Asfalto CA30.
Que la Oficina de Compras informa que el monto de la de la adquisición mencionada asciende a PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL SESENTA CON 00/100 ($ 9.210.060,00).
Que en el Pliego de Bases y Condiciones en el articulo 22º contempla la ampliación del cincuenta por ciento (50%) de las cantidades licitadas.
Que la Contaduría procede a imputar preventivamente el gasto.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Ampliar la adjudicación efectuada a la firma FLUMAT SRL. en los términos de la Licitación Pública Nº 03/22, para la “ADQUISICION DE ASFALTO CA30”, manteniéndose las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 2.- La ampliación a que se refiere el artículo primero asciende a la suma total de PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL SESENTA CON 00/100 ($ 9.210.060,00), correspondiendo a la firma FLUMAT SRL.
ARTÍCULO 3.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente resolución.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Empresa Contratista.
MB
g.l.
Registrado bajo el Nº 115/2022.
EXPTE. 871-C-2021
Mar del Plata, 08 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 871-C-2021 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Pública Nº 16/2021 para la “ADQUISICION DE GRANZA”, y
CONSIDERANDO
Que la licitación de referencia se adjudico a la firma CANTERAS YARAVI S.A.
Que mediante la Solicitud de Pedido Nº 286 el Departamento de Laboratorio solicita la provisión de Granza.
Que la Oficina de Compras informa que el monto de la adquisición solicitada asciende a PESOS ONCE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS con 00/100 ($ 11.398.500,00.-).
Que la mencionada adquisición se podría encuadrar dentro del artículo 25º del Pliego de Bases y Condiciones- ampliación.
Que la Contaduría procede a imputar preventivamente el gasto.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Ampliar la adjudicación efectuada a la firma CANTERAS YARAVI S.A. en los términos de la Licitación Pública Nº 16/2021, para la “ADQUISICION DE GRANZA”, manteniéndose las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 2.- La ampliación a que se refiere el artículo primero asciende a la suma de PESOS ONCE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS con 00/100 ($ 11.398.500,00.-); correspondiendo a la firma CANTERAS YARAVI SA.-
ARTÍCULO 3.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente resolución.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Empresa.
M.B
g.l.
Registrado bajo el Nº 116/2022
EXPEDIENTE Nº 4146/6/ 2016 Cpo1
Mar del Plata, 9 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 4146/6/2016 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Azcuénaga Nº 2377 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 la Sra. Silvina N. Ortiz Irurzun – DNI 25.193.969 solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad de su hijo Mateo Ortiz Irurzun - DNI 43.986.161, para el estacionamiento de diferentes vehículos para transporte de personas con discapacidad
Que a fs. 02/03/04/07 a 27 y a fs. 31/32 obran agregadas copias de: Certificados de discapacidad - DNI de la solicitante – Certificado de Nacimiento de Mateo Ortiz Irurzun - Escritura del inmueble – Certificado médico e informe cuantitativo.
Que a fs. 28 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros y la intervención de la Asesora Legal.
Que a fs. 34 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento de Ingeniería de Tránsito de fs. 28, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20.d) no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente…”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar a la Señora SILVINA NATALIA ORTIZ IRURZUN - DNI 25.193.969, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros por discapacidad de su hijo MATEO ORTIZ IRURZUN – DNI 43.986.161 con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas frente al inmueble sito en la calle AZCUENAGA Nº 2377, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTÍCULO 2: La autorización se otorga hasta el día 24 de Enero del año 2024 fecha en que vence la validez del certificado de discapacidad, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 117/2022
EXPEDIENTE Nº 382/M/ 2022 Cpo1
Mar del Plata, 09 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 382/M/2022 Cpo1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Don Bosco Nº 602 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 la Sra. Camila Montero con DNI 39.431.312 solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad, para el estacionamiento del vehículo FIAT MOBI – DOMINIO AB246PP frente al inmueble de la calle Don Bosco Nº 602.
Que a fs. 02/18 obran agregadas copias de: Nota de autorización –Certificado de discapacidad - croquis del inmueble - DNI de la solicitante -- Licencia de Conducir de la Sra. Mariela Beatriz Flores - Cedula de Identificación del Automotor – actuación notarial de venta del inmueble.
Que a fs. 19 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros.
Que a fs. 21 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento Ingeniería de Tránsito de fs. 19, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d), no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente …”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar a la Señora CAMILA MONTERO - DNI 39.431.312, la utilización de un (1) espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros, con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo FIAT MOBI – DOMINIO AB246PP, frente al inmueble sito en la calle Don Bosco Nº 602, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 118/2022
EXPEDIENTE Nº 251/O/ 2022 Cpo1
Mar del Plata, 09 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 251/O/2022 Cpo1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Av. Independencia Nº 765 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 el Sr. Pablo Juan Orchanian con DNI 16.025.211 solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad, para el estacionamiento del vehículo FIAT SIENA – DOMINIO GHH554 frente al inmueble de la calle Av. Independencia Nº 765.
Que a fs. 02/07 obran agregadas copias de: croquis del frente del inmueble Nota de autorización de la administración del Consorcio –Certificado de discapacidad - Cedula de Identificación del Automotor - DNI de la solicitante -- Constancia del seguro del vehículo y Licencia de Conducir.
Que a fs. 08 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros y la intervención de la Asesora Legal.
Que a fs. 13 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento Ingeniería de Tránsito de fs. 08, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d), no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente …”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar al Señor PABLO JUAN ORCHANIAN - DNI 16.025.211, la utilización de un (1) espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros, con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo FIAT SIENA – DOMINIO GHH554, frente al inmueble sito en la calle Av. Independencia Nº 765, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 119/2022
EXPEDIENTE Nº 367/P/ 2022 Cpo1
Mar del Plata, 09 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 367/P/2022 Cpo1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle San Luis Nº 3878 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 el Sr. Moisés Carlos Pioletti con DNI 5.323.800 solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad, para el estacionamiento del vehículo WOLKSWAGEN NIVUS – DOMINIO AE935GG frente al inmueble de la calle San Luis Nº 3878.
Que a fs. 03/13 obran agregadas copias de: Cedula de Identificación del Automotor - DNI del solicitante - Certificado de discapacidad - Constancia del seguro del vehículo - actuación notarial bien de familia del inmueble –plano de la propiedad.
Que a fs. 14 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros y la intervención de la Asesora Legal.
Que a fs. 15 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento Ingeniería de Tránsito de fs. 14, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d), no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente …”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar al Señor MOISES CARLOS PIOLETTI - DNI 5.323.800, la utilización de un (1) espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros, con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo WOLKSWAGEN NIVUS – DOMINIO AE935GG, frente al inmueble sito en la calle SAN LUIS Nº 3878, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 120/2022
EXPEDIENTE Nº 315/C/22
Mar del Plata, 9 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 315-C-22, relacionado con la Licitación Privada Nº 11/22 para la “CONTRATACION DE AUTOMATIZACION PARA LA PLANTA DE HORMIGON” y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Primer llamado a Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura, solo la firma AIMA ELECTROMECANICA SH SA se presentó al acto de apertura.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones.
Por ello, Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS.
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el Primer llamado a Licitación Privada Nº 11/22, para la “CONTRATACION DE AUTOMATIZACION PARA LA PLANTA DE HORMIGON”, cuya apertura fuera efectuada el día 4 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.
ARTÍCULO 2.- Efectuar un Segundo Llamado a Licitación Privada Nº 11/22 para la “CONTRATACION DE AUTOMATIZACION PARA LA PLANTA DE HORMIGON”, cuya apertura se realizará el día 23 de Marzo de 2022 – 11:00 HS.
ARTÍCULO 3.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB
gl/
Registrado bajo el Nº 121/2022.
EXPTE. 379-C-2022
Mar del Plata, 09 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 379-C-2022 Cpo. 1 Alc. 0, relacionado con la “CONTRATACION DE MANTENIMIENTO DE QUEMADORES DE PLANTA DE ASFALTO” y,
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el Artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Concurso de Precios.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llámese a Concurso de Precios Nº 04/2022 para la “CONTRATACION DE MANTENIMIENTO DE QUEMADORES DE PLANTA DE ASFALTO”, en un todo de acuerdo con el Pliego que se aprueba en el artículo anterior, cuya apertura se llevará a cabo el día 18 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.-
ARTÍCULO 3.- Confórmese una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para el presente Concurso con un representante de las siguientes áreas: Dirección General, Contaduria, Departamento de Compras y Laboratorio.
ARTÍCULO 4.- Invitase a participar a las firmas del ramo.
ARTÍCULO 5.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente, la erogación que demande el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 6.- Dése al Registro de Resoluciones; comuníquese a quienes corresponda.
MB/
g.l.
Registrado bajo el Nº 122 /2022
EXPEDIENTE Nº 391/C/22
Mar del Plata, 09 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 391-C-22 Cpo. 1 Alc. 0, relacionado con la “ADQUISICIÓN DE CEMENTO CPC 40 A GRANEL” y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el Artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Licitación Privada.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llámese a Licitación Privada Nº 13/22 para la “ADQUISICIÓN DE DE CEMENTO CPC 40 A GRANEL”, en un todo de acuerdo con el Pliego que se aprueba en el artículo anterior, cuya apertura se llevará a cabo el día 22 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.-
ARTÍCULO 3.- Confórmese una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la presente Licitación con un representante de las siguientes áreas: Dirección General, Contaduría, Departamento de Compras y área Laboratorio.
ARTÍCULO 4.- Invítese a participar a las firmas del ramo.
ARTÍCULO 5.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente, la erogación que demande el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 6.- Dése al Registro de Resoluciones; comuníquese a quienes corresponda.
MB/
gl
Registrado bajo el Nº 123/2022
EXPEDIENTE Nº 313/C/2022
Mar del Plata, 10 de Marzo de 2022
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 313-C-22, relacionado con la Contratación de los SEGUROS DEL ENTE para el Año 2022, y,
CONSIDERANDO
Que la flota de automotores y las instalaciones edilicias del Ente se encuentran aseguradas en la firma NACION SEGUROS S.A.
Que mediante la Resolución Nº 377/21 se renovaron dichos seguros hasta las 00:00 horas del día 31 de Marzo de este año.
Que se hace necesario efectuar una nueva renovación de los seguros.
Que el inciso 2ª del Art. 156 de la Ley Orgánica de Municipalidades de la Pcia. De Bs. As., establece que cuando se compre a reparticiones oficiales nacionales, provinciales o municipales y a entidades en las que el Estado tenga participación mayoritaria, se podrá admitir compras y contrataciones directas, haciendo excepción a lo prescripto en el Art. 151 de la misma ley.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS.
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Contrátese en forma directa con la Firma NACION SEGUROS S.A., los SEGUROS DEL ENTE, por un valor de Pesos Once Millones Treinta Mil Seiscientos Veinticinco con 19/100 ($ 11.030.625,19-), por el periodo comprendido desde las 00:00 horas del día 31 de Marzo de 2022 hasta las 00:00 horas del día 31 de Diciembre de 2022, haciendo uso de lo estipulado en el Articulo 156 inciso 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades de la Pcia. De Bs. As.
ARTÍCULO 2º.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de afectar a la partida presupuestaria correspondiente el egreso que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación y demás efectos intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB./
g.l.
Registrado bajo el Nº 124/2022
Mar del Plata, 11 de Marzo de 2022
VISTO que la Jefa del Departamento de Personal María Alejandra Caporale – Legajo Nº 19291/2, hará uso de licencia acumulada a partir del 21 de marzo y hasta el 8 de abril de 2022, inclusive, y
CONSIDERANDO
Que durante su ausencia es necesario encomendar la atención y firma del despacho del mencionado Departamento a la agente Sandra Beatriz Etchecopar – Legajo Nº 19467/2 – a fin de no resentir el servicio de la dependencia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Encomendar, a partir del 21 de marzo y hasta el 8 de abril de 2022, inclusive, la atención y firma del despacho del DEPARTAMENTO DE PERSONAL, a la agente SANDRA BEATRIZ ETCHECOPAR - Legajo Nº 19467/2 - Jefa de Departamento -, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Dar al Registro de Resoluciones y notificar por el Departamento de Personal del EMVIAL.
Registrado bajo el Nº 125/2022
EXP. Nº 10151-9-2007 CUERPO 1
Mar del Plata, 11 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente 10151-9-2007 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado utilizado por el Centro de Radioterapia Mar del Plata ubicado frente al inmueble sito en la calle San Luis Nº 2865 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 259/2006 de fecha 15 de Septiembre de 2006, la Dirección Ejecutiva de Servicios Urbanos y Gestión ambiental autorizó al Centro de Radioterapia Mar del Plata ,la utilización de un (1) espacio reservado de diez (10) metros frente al inmueble sito en la calle San Luis Nº 2865.
Que a fs.22 División Recursos informa que : “… la Resolución 259/06 del EMVISUr y GA adjunta a fs. 6, se encuentra confeccionada al nombre de fantasía y no al titular de la habilitación. Se solicita entonces se rectifique la resolución del otorgamiento del permiso conforme a lo consignado en la constancia de Afip a fs. 19...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución nº 259/2006 de fecha 15 de Septiembre de 2006, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1: Autorizar al CENTRO DE ONCOLOGÍA Y RADIOTERAPIA DE MAR DEL PLATA S.R.L – CUIT 30-62900771-3, la utilización de un (1) espacio reservado de diez (10) metros con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 7:00 a 21:00 horas, frente al inmueble sito en la calle San Luis Nº 2865, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente.
ARTICULO 2º.- Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 126/2022
EXP. Nº 10677-4-2007 CUERPO 1
Mar del Plata, 11 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente 10677-4-2007 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado utilizado por la emisora FM 97.1 ubicado frente al inmueble sito en la calle Moreno Nº 2972/76 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 378/2005 de fecha 16 de Agosto de 2005, la Presidencia del EMVISUr autorizó a la emisora FM 97.1 la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros frente al inmueble sito en la calle Moreno Nº 2972/76.
Que a fs.24 División Recursos informa que : “… la Resolución 378/05 del Emvisur y GA adjunta a fs. 9, se encuentra confeccionada al nombre de fantasía y no al titular de la habilitación. Se solicita entonces se rectifique la resolución del otorgamiento del permiso conforme a lo consignado en el certificado de habilitación adjunto a fs. 20...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución nº 378/2005 de fecha 16 de Agosto de 2005, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1: Autorizar al Señor CARLOS MARIA SPAMPINATO – CUIT 23-04360444-9, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros con vigencia de Lunes a Domingos de 8:00 a 24:00 horas, frente al inmueble sito en la calle Moreno Nº 2972/76, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente.
ARTICULO 2º.- Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 127/2022
EXP. Nº 3134-6-2012 CUERPO 1
Mar del Plata, 11 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 3134-6-2012 Cpo. 1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Alem Nº 3948 utilizado por la firma Manolo Otoper S.A. y,
,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 30/2016 de fecha 01 de Febrero de 2016, se por el término de un (1) año autorizó a la firma MANOLO OTOPER S.A. la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Alem Nº 3948.
Que a fs.63 División Recursos informa que : “… a fs. 44 se le otorga a OTOPER S.A. por Resolución Nº 30/2016 de la Presidencia del EMVIAL, un espacio reservado de seis metros destinado a módulo de estacionamiento para motos y bicicletas, por el plazo de un año, se eleva el presente para la confección del correspondiente acto administrativo donde se renueve la utilización de dicho espacio ...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Renovar la autorización otorgada a la firma OTOPER S.A. – MANOLO para la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo de estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en la calle ALEM Nº 3948, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente.
ARTÍCULO 2.-La autorización otorgada por el artículo anterior solo tendrá efecto a partir del momento en que el solicitante realice el pago del canon anual establecido en la Ordenanza Impositiva vigente y está condicionada al estricto cumplimiento por parte del mismo, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 3.- Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.-
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 128/2022
EXP. Nº 16396-0-2009 CUERPO 1
Mar del Plata, 11 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente 16396-0-2009 Cpo. 1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Funes Nº 1235 utilizado por la firma Natatorio Caldea y,
,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 197/2017 de fecha 29 de Junio de 2007, la Presidencia del EMVISUr autorizó al Sr. Fernandez Mauro la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble en la calle Funes Nº 1235.
Que a fs.25 División Recursos informa que: “… a fs. 18/21 se adjunta documentación requerida y se toma conocimiento del cambio de titularidad del comercio habilitado a nombre de la afirma LUNA AZUL S.A.. Por eso y ante lo expuesto, esta división sugiere renovar por resolución el permiso para el uso del espacio reservado a nombre de la actual firma propietaria del comercio donde se encuentra instalado el módulo para motos y bicicletas...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Autorizar al NATATORIO LUNA AZUL S.A., la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo de estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en la calle FUNES Nº 1235, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente.
ARTÍCULO 2.-La autorización otorgada por el artículo anterior solo tendrá efecto a partir del momento en que el solicitante realice el pago del canon anual establecido en la Ordenanza Impositiva vigente y está condicionada al estricto cumplimiento por parte del mismo, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 3.- Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.-
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 129/2022
EXP. Nº 995-6-2014 CUERPO 1
Mar del Plata, 14 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente 995-6-2014 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado utilizado por el Natatorio Rosso ubicado frente al inmueble sito en la calle Gascón Nº 4185 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 892/2013 de fecha 20 de Noviembre de 2013, la Presidencia del EMSUr autorizó a la Sra. Graciela M. Sánchez titular del Natatorio Rosso la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros frente al inmueble sito en la calle Gascón Nº 4185.
Que a fs.25 División Recursos informa que : “… se ha producido un cambio en la razón social de la firma, según consta en el certificado de habilitación de fojas 21. Se solicita entonces que se rectifique la resolución de otorgamiento del permiso...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución nº 892/2013 de fecha 20 de Noviembre de 2013, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1: Autorizar al COMPLEJO DEPORTIVO ROSSO S.A. – CUIT 33-71593385-9, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo de estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en la calle Gascón Nº 4185, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente.
ARTICULO 2º.- Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 130/2022
EXP. Nº 425 LETRA V AÑO 2006 CUERPO 1 ALCANCE 0
Mar del Plata, 14 de Marzo de 2022
VISTO el requerimiento efectuado por el Sr. Villarruel Hector Raúl, representante legal del COLEGIO TOMAS ALVA EDISON en el cual solicita la exención por el periodo 2021 en concepto de Derechos por uso y/o Ocupación del espacio público destinado a estacionamiento, y
CONSIDERANDO
Que por Ordenanza Nº 24998 se ha condonado la deuda en concepto de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos a los establecimientos educativos por el periodo 2020 y que por Decreto reglamentario Nº 1782/2021 se otorga exención por el periodo 2021 reuniendo los requisitos enunciados en el mismo.
Que a fs. 12/19 se adjunta constancia de adhesión al “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” desde el mes de abril hasta diciembre 2020.
Que a fs. 21 la División Recursos informa que la Cuenta Nº 3000000533 cuyo titular es el COLEGIO TOMAS ALVA EDISON no registra deuda.
Que a fs., 22 la Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención solicitada.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Exímase al COLEGIO TOMAS ALVA EDISON del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.-
ARTÍCULO 2º: Dése el registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos para su notificación y demás efectos; cumplido tomen conocimiento la Contaduría y Tesorería.
MB/
emf
Registrado bajo el Nº 131/2022
Mar del Plata, 15 de marzo de 2022
VISTO las presentes actuaciones, y
CONSIDERANDO
Que mediante las mismas el agente Carlos Miguel Miranda – Legajo 25293/1 – solicita se le abone el Adicional por título secundario.
Que en razón de que el agente se desempeña en un cargo del Grupo Ocupacional Obrero le corresponde el pago de acuerdo a lo establecido en el Artículo 45º, Inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Otorgar a partir del 1 de marzo de 2022, el Adicional por Título Secundario de acuerdo a lo establecido en el Art. 45º inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, al agente CARLOS MIGUEL MIRANDA – Legajo Nº 25293/1 – CUIL 20-30681819-9, quien se desempeña como Operario Maquina Vial II en la División de Obras de Asfalto del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público, por las razones puntualizadas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Dar al registro de Resoluciones, comunicar por el Departamento de Personal, y dar intervención a la Contaduría del Ente.-
ald.
Registrado bajo el Nº 132/2022
Mar del Plata, 15 de marzo de 2022
VISTO las presentes actuaciones, y
CONSIDERANDO
Que mediante las mismas el agente Carlos Alberto Luna – Legajo 25219/1 – solicita se le abone el Adicional por título secundario.
Que en razón de que el agente se desempeña en un cargo del Grupo Ocupacional Obrero le corresponde el pago de acuerdo a lo establecido en el Artículo 45º, Inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Otorgar a partir del 1 de marzo de 2022, el Adicional por Título Secundario de acuerdo a lo establecido en el Art. 45º inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, al agente CARLOS ALBERTO LUNA – Legajo Nº 25219/1 – CUIL 20-23970396-9, quien se desempeña como Encargado de Planta en el Departamento Planta de Asfalto del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público, por las razones puntualizadas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Dar al registro de Resoluciones, comunicar por el Departamento de Personal, y dar intervención a la Contaduría del Ente.-
ald.
Registrado bajo el Nº 133/2022
EXPTE. 314-C-22
Mar del Plata, 15 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 314-C-22 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 10/22 para la “ADQUISICIÓN DE CAÑOS PARA LA REPARACION DE COLUMNAS DE ALUMBRADO PUBLICO” y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado de la Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron las firmas: OBRELECTRIC SRL, BENEDETTI SAIC, OACI SA Y PLASTIGAS MAR DEL PLATA SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el llamado de la Licitación Privada Nº 10/22, para la “ADQUISICIÓN DE CAÑOS PARA LA REPARACION DE COLUMNAS DE ALUMBRADO PUBLICO” cuya apertura fuera efectuada el día 8 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.
ARTICULO 2.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas OBRELECTRIC SRL, BENEDETTI SAIC, OACI SA Y PLASTIGAS MAR DEL PLATA SA.
ARTÍCULO 3.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 10/22, para la “ADQUISICIÓN DE CAÑOS PARA LA REPARACION DE COLUMNAS DE ALUMBRADO PÚBLICO”: A la firma OACI SA, por ser su oferta conveniente, la más económica y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO CON 00/100 ($ 3.365.425,00); la provisión de:
ARTICULO 4.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificada de la presente adjudicación, deposito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, el que será devuelto, una vez entregada de conformidad la totalidad del producto ofrecido.
ARTÍCULO 5.- Reintégrense el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Ofertas a la siguiente Firma: BENEDETTI SAIC Recibo Número 2502, OBRELECTRIC SRL Recibo Número 2491, PLASTIGAS MAR DEL PLATA SA Recibo Número 2500 y OACI SA Recibo Numero 2504, una vez cumplimentado lo indicado en el punto anterior.
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 7.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB
Gl/
Registrado bajo el Nº 134/2022
EXP. Nº 2551-2-2014 CUERPO 1
Mar del Plata, 16 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 2551-2-2014 Cpo. 1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Olavarría esq. Alberti utilizado por la firma Reina del Parque y,
,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 21/2016 de fecha 27 de Enero de 2016, la Presidencia del EMVIAL autorizó por el término de un (1) año a la Sra. Jessica V. Diaz propietaria del la firma Reina del Parque, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble en la calle Olavarría esq. Alberti.
Que a fs.44 División Recursos informa que: “… a fs. 41/42 se adjunta copias de certificado de Habilitación Municipal otorgado a la Sra. MARIA CAROLINA GODOY COTONAT y constancia de Inscripción de AFIP (CUIT 27-28608819-3). Por eso y ante lo expuesto, esta División sugiere renovar por resolución el permiso para el uso del espacio reservado a nombre de la actual titular del comercio donde se encuentra instalado el módulo para motos y bicicletas...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Autorizar a la Sra. MARIA CAROLINA GODOY COTONAT (CUIT 27-28608819-3), la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo de estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en la calle Olavarría esquina Alberti, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente.
ARTÍCULO 2.-La autorización otorgada por el artículo anterior solo tendrá efecto a partir del momento en que el solicitante realice el pago del canon anual establecido en la Ordenanza Impositiva vigente y está condicionada al estricto cumplimiento por parte del mismo, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 3.- Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.-
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 135/2022
EXP. Nº 1663-5-2016 CUERPO 1
Mar del Plata, 16 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente 1663-5-2016 Cpo. 1 que trata la utilización de un espacio reservado para el estacionamiento de Transporte de Escolares frente al inmueble sito en la calle Arenales Nº 3130 utilizado por el Jardín Maternal y de Infantes SIGMUN FREUD y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 72/2016 de fecha 23 de Marzo de 2016, se autorizó al Jardín Maternal y de Infantes SIGMUN FREUD la utilización de un (1) espacio reservado de nueve (09) metros con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 07:00 a 18:00 hs. frente al inmueble en la calle sito en la calle Arenales Nº 3130.
Que a fs. 34 División Recursos informa que: “… considerando el pedido de exención por el período 2021 adjunto a fs. 15, lo dictaminado por Asesoría Legal s fs. 26 y lo establecido en la Ordenanza 24998, se eleva el presente para la confección del acto administrativo necesario. Se informa también que previo a la emisión de la exención, deberán rectificarse la Resolución 72/2016 y se deberá suscribir el nombre de la razón social vigente. Se adjunta copia de la habilitación municipal para tal fin...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Autorizar al Jardín Maternal y de Infantes EDUCA SF S.A., la utilización de un (1) espacio reservado de nueve (09) metros para el estacionamiento del transporte escolar, con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 07:00 a 18:00 hs. frente al inmueble sito en la calle Arenales Nº 3130.
ARTÍCULO 2º: Exímase a dicho establecimiento educativo del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.
ARTICULO 3º: Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.
ARTÍCULO 4º: Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 136/2022
Mar del Plata, 17 de Marzo de 2022
VISTO las presentes actuaciones, y
CONSIDERANDO
Que mediante las mismas el agente Mariano Ezequiel Giovanazzi– Legajo 30251/1 – solicita se le abone el Adicional por título secundario.
Que en razón de que el agente se desempeña en un cargo del Grupo Ocupacional Obrero le corresponde el pago de acuerdo a lo establecido en el Artículo 45º, Inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Otorgar a partir del 1 de marzo de 2022, el Adicional por Título Secundario de acuerdo a lo establecido en el Art. 45º inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, al agente MARIANO EZEQUIEL GIOVANAZZI – Legajo Nº 30251/1 – CUIL 20-37010788-3, quien se desempeña como Conductor III en el Departamento Planta de Hormigón del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público, por las razones puntualizadas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Dar al registro de Resoluciones, comunicar por el Departamento de Personal, y dar intervención a la Contaduría del Ente.-
ald.
Registrado bajo el Nº 137/2022
EXP. Nº 2272-3-2022 CUERPO 1
Mar del Plata, 17 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente 2272-3-2022 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado utilizado por el hogar San Marino ubicado frente al inmueble sito en la calle Entre Ríos Nº 2768 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 39/222 de fecha 18 de Enero de 2022, se autorizó a la firma Raitere María S.A. – titular del Hogar San Marino la utilización de un (1) espacio reservado de diez (10) metros de largo con vigencia de Lunes a Viernes de 8:00 a 18:00 horas frente al inmueble sito en la calle Entre Ríos Nº 2768.
Que a fs.39/41 la Presidenta de dicho Hogar solicita se revea la franja horario de la autorización y se otorgue sin límite de días y horario y que el mismo sea de 24 horas de lunes a lunes; ya que el horario restringido resulta un obstáculo insalvable para aquellos abuelos residentes que necesitan ser asistidos en cualquier día y horario, máxime teniendo en cuenta que las emergencias en el establecimiento geriátrico son muy habituales.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución nº 39/2022 de fecha 18 de Enero de 2022, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1: Autorizar a la firma Raitere María S.A. – titular del Hogar San Marino, la utilización de un (1) espacio reservado de diez (10) metros de largo con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas frente al inmueble sito en calle Entre Ríos Nº 2768 de esta ciudad, el que deberá ser señalizado, demarcado y mantenido por el solicitante.
ARTICULO 2º.- Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 138/2022
EXPEDIENTE Nº 738/M/21 - Cpo1
Mar del Plata, 21 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 738-M-2021 Cpo 1 iniciado por el Señor Angel H. Martinez - DNI 10.506.045 y,
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 y fs. 15 el Señor Angel H. Martinez inicia reclamo administrativo por daños ocasionados en su vehículo FIAT CRONOS - DOMINIO AC637PH, mientras circulaba por F. U. Camet entre Cura Brochero y Coelho de Meyrelles se rompieron las cubiertas por varios pozos/baches que hay en la misma.
Que de fs. 02 a fs. 12 acompaña fotocopias de: Certificado de cobertura de la Segunda Seguros Generales - fotografías del lugar y de la cubierta - Licencia de conducir y DNI del solicitante -. Cédula de Identificación del Automotor y Presupuesto.
Que a fs. 13 obra agregado informe de la Dirección de Obras y dice: “… Visto el reclamo del Señor Angel Martinez por el siniestro que habría ocurrido en la avenida F. U. Camet entre Cura Brochero y Coelho de Meyrelles, según consta en la denuncia presentada al seguro a fs. 3 del presente expediente; se informa que se realizó el relevamiento de la cuadra en cuestión constatándose que varios baches se encontraban reparados con carpeta de concreto asfáltico, por lo que ambas manos de la avenida en el mencionado tramo se encontraban en buen estado de transitabilidad. …” firmado: Dirección de Obras – 06 de Enero de 2022.
Que de fs. 17/21 luce agregado dictamen jurídico del Departamento Asesoría Legal del EMVIAL el cual se tiene por reproducido en todas sus partes en la presente resolución.-
Que el dictamen concluye que “…en autos no se encuentran incorporados elementos suficientes que permitan acceder a lo solicitado por el presentante, dada la inexistencia de acreditación de la relación causal entre el daño hipotéticamente sufrido y conducta alguna de la Administración Pública, por la que ésta deba responder...” firmado: Jefa Departamento Asesoría Legal EMVIAL - 14 de Marzo de 2022.
Que esta Presidencia ratifica el dictamen del Departamento de Asesoría Legal.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Rechazar en su totalidad la petición formulada por el Señor Angel H. Martinez - DNI 10.506.045, respecto de los daños sufridos, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Coordinación Administrativa.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 139/2022
EXPEDIENTE Nº 263/C/ 2022 Cpo1
Mar del Plata, 21 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 263/C/2022 Cpo1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Catamarca Nº 1062 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 el Sr. José Alberto Cassino con DNI 10.703.397 solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad, para el estacionamiento del vehículo PEUGEOT 207 – DOMINIO AB958BR frente al inmueble de la calle Catamarca Nº 1062.
Que a fs. 03/15 obran agregadas copias de: Certificado de discapacidad – Licencia de Conducir y DNI de la Sra. Smeke Lidia P. - Constancia del seguro del vehículo - Cedula de Identificación del Automotor - DNI del solicitante – imagen del frente de la propiedad - actuación notarial del inmueble – nota de autorización de la Administración del Consorcio de Propietarios Edificio Damar IV.
Que a fs. 16 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros y la intervención de la Asesora Legal.
Que a fs. 21 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento Ingeniería de Tránsito de fs. 16, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d), no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente …”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar al Señor JOSE ALBERTO CASSINO - DNI 10.703.397, la utilización de un (1) espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros, con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo PEUGEOT 207 – DOMINIO AB958BR, frente al inmueble sito en la calle CATAMARCA Nº 1062, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 140 /2022
EXPEDIENTE Nº 425/V/2006 - Cpo1
Mar del Plata, 21 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 425-V-2006 Cpo 1 que trata la utilización de un ESPACIO RESERVADO frente al inmueble sito en la calle William Morris Nº 3552/66 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 60/2006 de fecha 13 de Marzo de 2006, se autorizó al Colegio Tomás Alva Edison la utilización de un espacio reservado de doce (12) metros con vigencia de Lunes a Viernes de 08:00 a 18:00 horas frente al inmueble sito en la calle William Morris Nº 3552/66.
Que a fs. 10 el Sr. Hector R. Villarruel representante legal del establecimiento educativo solicita la baja del servicio de uso de espacio público destinado a estacionamiento
Que a fs. 27/28 la División Recursos adjunta informe de deuda actualizado e informa que la cuenta se encuentra al día y deriva las actuaciones para proseguir el trámite administrativo.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgada al Colegio Tomás Alva Edison mediante Resolución Nº 60/2006 de fecha 13 de Marzo de 2006 para la utilización de un espacio reservado de doce (12) metros con vigencia de Lunes a Viernes de 08:00 a 18:00 horas frente al inmueble sito en la calle William Morris Nº 3552/66.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 141/2022
EXP. Nº 15010-4-2001 CUERPO 1
Mar del Plata, 21 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 15010-4-2001 Cpo. 1 que trata la utilización de un espacio reservado frente al inmueble sito en la calle Concepción Arenal Nº 7150 utilizado por el Colegio San Miguel Arcángel y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 109/2001 de fecha 03 de Julio de 2001, se autorizó al Colegio San Miguel Arcángel la utilización de un (1) espacio reservado de doce (12) metros con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 07:00 a 18:00 hs. frente al inmueble en la calle sito en la calle Concepción Arenal Nº 7150.
Que a fs. 16 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para sugerir la baja del espacio reservado en cuestión.
Que dicho informe cuenta con el visto bueno de la Vicepresidencia del Ente.
Que a fs. 87 División Recursos informa que: “… a fs. 16 el Departamento de Ingeniería de Tránsito autoriza la baja de dicho espacio. Que a fs. 19 mediante nota 854/21 se solicita la exención de los derechos por uso y/o ocupación del espacio destinado a estacionamiento por el período 2021, adjuntando documentación requerida a fs. 20/75. Que a fs. 85 esta División forma que las cuentas a nombre de la firma se encuentran regularizadas mediante plan de pago adjuntando informe a fs. 76/84. Que a fs. 86 la Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención como así también la baja. Ante lo expuesto, se gira el presente para la confección del correspondiente acto administrativo donde se otorgue la exención y baja del espacio reservado...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgada al Colegio San Miguel Arcángel mediante Resolución Nº 109/2001 de fecha 03 de Julio de 2001 para la utilización de un espacio reservado de doce (12) metros con vigencia de Lunes a Viernes de 07:00 a 18:00 horas frente al inmueble sito en la calle Concepción Arenal Nº 7150.
ARTÍCULO 2º: Exímase a dicho establecimiento educativo del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el período 2021.
ARTÍCULO 3.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 142/2022
EXPEDIENTE Nº 989/U/2021 - Cpo 1
Mar del Plata, 22 de Marzo de 2022
VISTO el requerimiento efectuado por el Arq. Marcelo Silberman, en representación del “HOTEL DEL SINDICATO UNION TRANVIARIOS AUTOMOR UTA”- mediante Expediente Nº 989-U-2021 - Cpo. 1, y
CONSIDERANDO
Que a fs. 1 se solicita autorización para la utilización de un espacio reservado para hoteles sito en calle Av. Martinez de Hoz Nº 1805 de la ciudad de Mar del Plata.
Que a fs.02/23 obran agregadas copias de: Constancia de inicio de Habilitación Municipal – croquis propuesta dársena para hoteles –Constancia de Inscripción en AFIP y Escritura de Compraventa.
Que a fs. 24 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que dicho requerimiento se halla contemplado en la norma legal vigente Ordenanza Nº 11.222, la cual reglamenta la construcción de dársenas para hoteles; no teniendo objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento., sugiriendo otorgar la utilización de una dársena de doce (12) metros de largo por dos metros treinta (2,30) de ancho.
Que a fs.26 la División Recursos informa los valores que el solicitante debe abonar en concepto de canon anual según lo establecido por la Ordenanza Impositiva vigente.; sujetos a ajuste de la Ordenanza Impositiva 2022.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Autorizar al Hotel del Sindicato Unión Tranviarios Automotor - UTA, la utilización de una (1) dársena de doce (12) metros de largo por dos metros treinta (2,30) de ancho frente al inmueble sito en la calle Av. Martinez de Hoz Nº 1805; la que deberá ser construida, señalizada y conservada por el recurrente.
ARTÍCULO 2.-La autorización otorgada por el artículo anterior solo tendrá efecto a partir
del momento en que el solicitante realice el pago del canon establecido en la Ordenanza Impositiva y está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTÍCULO 3.- Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática, caso contrario el recurrente solicitará la baja por escrito.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones; para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito y la División Recursos. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B//
skp.
Registrado bajo el Nº 143/2022
EXPEDIENTE Nº 3785/0/2018 - Cpo 1
Mar del Plata, 23 de marzo de 2022
VISTO el requerimiento efectuado por el Sr. Daniel Kumorkiewicz, apoderado de “AMBULANCIAS SAMAK – SANIKIUM SRL”- mediante Expediente Nº 3785-0-2018 - Cpo. 1, y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 se solicita autorización de una dársena para el estacionamiento de ambulancias y autos particulares adquirentes del servicio y un bicicletero.
Que a fs. 02 el Departamento Ingeniería de Tránsito informa que dicho requerimiento no se halla contemplado en las normas legales vigentes (Ordenanza Nº 11.222 y Nº 5552) que reglamentan la construcción de dársenas de hoteles, clínicas, sanatorios y hospitales respectivamente, por lo cual cabe denegar su autorización.
Que a fs. 13 obra agregado pedido de informe de la Comisión de Transporte y Tránsito del Honorable Concejo Deliberante respecto a la nueva presentación obrante a fs. 10 y de considerarlo enviar el proyecto de ordenanza respectivo, especificando el lugar exacto de ubicación y dimensiones de los espacios en cuestión.
Que a fs. 19 el Departamento Ingeniería de Tránsito emite nuevamente informe diciendo que si bien dicho requerimiento no se halla contemplado en la normativa legal vigente, entiende que dicha empresa puede dar un servicio a la comunidad de inestable valor y considerando el mismo principio que se tuvo en cuenta para la empresa VITTAL MDQ Y AMBULANCIAS SARA; a las cuales se le otorgó en carácter precario la autorización para la utilización de espacios reservados, sugiere aplicar el mismo criterio con esta empresa.
Que a fs. 34 obra agregada copia de la Ordenanza 23929 promulgada por Decreto 177/2019 en la cual se autoriza con carácter precario, un espacio reservado exclusivamente para el servicio de ascenso y descenso de pasajeros junto al cordón de la calzada frente al inmueble en la calle San Lorenzo Nº 3568 a la firma SAMAK – SINIKUM S.R.L.; encomendando al Departamento Ejecutivo a través de sus dependencias técnicas, establecer la dimensión del espacio autorizado, lugar exacto de ubicación y las características de la señalización.
Que a fs. 39 el Departamento Ingeniería de Tránsito especifica las medidas que deberá tener el espacio en cuestión, adjuntando a fs. 42/43 gráficos de las características de la señalización.
Que a fs. 47 la Dirección General deriva las actuaciones a fin de realizar el correspondiente acto administrativo.
Que a fs. 52 obra agregada cedula de intimación de pago por la División Recursos y a fs. 55/56 incorpora informe de deuda al día.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Autorizar a la firma SAMAK – SINIKUM S.R.L. en carácter precario de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Nº 23.929, la utilización de un espacio reservado de doce (12) metros con vigencia de Lunes a Domingo las 24 horas frente al inmueble sito en la calle San Lorenzo Nº 3568 de esta ciudad, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente.
ARTÍCULO 2.- La autorización otorgada por el artículo anterior solo tendrá efecto a partir
del momento en que el solicitante realice el pago del canon establecido en la Ordenanza Impositiva y está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTÍCULO 3.- Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática, caso contrario el recurrente solicitará la baja por escrito.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones; para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito y la División Recursos. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B//
skp.
Registrado bajo el Nº 144/2022
EXP. Nº 11689 LETRA 0 AÑO 2018 CUERPO 1 ALCANCE 0 ANEXO 0
Mar del Plata, 23 de marzo de 2022
VISTO el requerimiento efectuado por el Sr. Matías Néstor Barrionuevo, representante legal del INSTITUTO SAN NICOLAS DE LOS ARROYOS en el cual solicita la exención por el periodo 2021 en concepto de Derechos por uso y/o Ocupación del espacio público destinado a estacionamiento, y
CONSIDERANDO
Que por Ordenanza Nº 24998 se ha condonado la deuda en concepto de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos a los establecimientos educativos por el periodo 2020 y que por Decreto reglamentario Nº 1782/2021 se otorga exención por el periodo 2021 reuniendo los requisitos enunciados en el mismo.
Que a fs. 30/38 se adjunta constancia de adhesión al “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” desde el mes de abril hasta diciembre 2020.
Que a fs. 39 la División Recursos informa que la Cuenta Nº 3000000515 cuyo titular es el INSTITUTO SAN NICOLAS DE LOS ARROYOS no registra deuda.
Que a fs., 40 la Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención solicitada.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Exímase a la Sra. Mónica Mabel Ramella, titular del INSTITUTO SAN NICOLAS DE LOS ARROYOS del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.-
ARTÍCULO 2º: Dése el registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos para su notificación y demás efectos; cumplido tomen conocimiento la Contaduría y Tesorería.
MB/
emf
Registrado bajo el Nº 145/2022
EXP. Nº 9142-3-2016 CUERPO 1
Mar del Plata, 23 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 9142-3-2016 Cpo. 1 que trata la utilización de un espacio reservado para el estacionamiento de vehículos frente al inmueble sito en la calle 25 de Mayo Nº 3773 utilizado por el Instituto Cultural Americano y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 160/2016 de fecha 14 de Junio de 2016, se autorizó al Sr. Máximo Bauzer gerente administrativo del Instituto Cultural Americano la utilización de un (1) espacio reservado de ocho (08) metros con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 09:00 a 20:00 hs. frente al inmueble sito en la calle 25 de Mayo Nº 3773.
Que por Ordenanza Nº 24998 se ha condonado la deuda en concepto de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos a los establecimientos educativos por el periodo 2020 y que por Decreto reglamentario Nº 1782/2021 se otorga exención por el periodo 2021 reuniendo los requisitos enunciados en el mismo.
Que a fs. 20/27 se adjunta constancia de adhesión al “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” y nómina de empleados beneficiarios
Que a fs. 29 la División Recursos informa que la Cuenta Nº 3000000466 cuyo titular es el INSTITUTO CULTURAL AMERICANO no registra deuda.
Que a fs. 30 la Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención solicitada.
Que a fs. 33 División Recursos solicita actualizar el permiso oportunamente otorgado mediante resolución Nº 160/2016, la cual se encuentra vencida.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Autorizar al INSTITUTO CULTURAL AMERICANO, la utilización de un (1) espacio reservado de ocho (08) metros, con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 09:00 a 20:00 hs. frente al inmueble sito en la calle 25 de Mayo Nº 3773.
ARTÍCULO 2º: Exímase a los Sres. Guillermo Orestes Bauzer, Máximo Guillermo Bauzer y Cristina Nally, titulares de dicho establecimiento educativo, del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.-
ARTICULO 3º: Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.
ARTÍCULO 4º: Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Registrado bajo el Nº 146/2022
EXP. Nº 9145-4-2016 CUERPO 1
Mar del Plata, 23 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 9145-4-2016 Cpo. 1 que trata la utilización de un espacio reservado para el estacionamiento de vehículos frente al inmueble sito en la calle Rawson Nº 1327 utilizado por el Instituto Cultural Americano y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 161/2016 de fecha 14 de Junio de 2016, se autorizó al Sr. Máximo Bauzer gerente administrativo del Instituto Cultural Americano la utilización de un (1) espacio reservado de diez (10) metros con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 09:00 a 20:00 hs. frente al inmueble sito en la calle Rawson Nº 1327.
Que por Ordenanza Nº 24998 se ha condonado la deuda en concepto de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos a los establecimientos educativos por el periodo 2020 y que por Decreto reglamentario Nº 1782/2021 se otorga exención por el periodo 2021 reuniendo los requisitos enunciados en el mismo.
Que a fs. 20/27 se adjunta constancia de adhesión al “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” y nómina de empleados beneficiarios
Que a fs. 29 la División Recursos informa que la Cuenta Nº 3000000487 cuyo titular es el INSTITUTO CULTURAL AMERICANO no registra deuda.
Que a fs. 30 la Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención solicitada.
Que a fs. 33 División Recursos solicita actualizar el permiso oportunamente otorgado mediante resolución Nº 161/2016, la cual se encuentra vencida.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Autorizar al INSTITUTO CULTURAL AMERICANO, la utilización de un (1) espacio reservado de diez (10) metros, con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 09:00 a 20:00 hs. frente al inmueble sito en la calle Rawson Nº 1327.
ARTÍCULO 2º: Exímase a los Sres. Guillermo Orestes Bauzer, Máximo Guillermo Bauzer y Cristina Nally, titulares de dicho establecimiento educativo, del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.-
ARTICULO 3º: Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.
ARTÍCULO 4º: Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Registrado bajo el Nº 147/2022
EXPEDIENTE Nº 2592/3/ 2016 Cpo1
Mar del Plata, 25 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 2592/3/2016 Cpo1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Belgrano Nº 4557 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 47 el Sr. Jorge Rojas con DNI 17.910.580 solicita la renovación del espacio reservado por discapacidad, para el estacionamiento del vehículo FORD ECOSPORT – DOMINIO PPQ839 frente al inmueble de la calle Belgrano 4557.
Que a fs. 48/56 obran agregadas copias de: Certificado de discapacidad Fernandez Rosa Myriam V.- Certificado de discapacidad de Rojas Fernandez Santiago - Certificado de discapacidad de Rojas Fernandez Jorge G. – Licencia de conducir de Rojas Alberto – Detalle de historia Clínica de Rojas Santiago y de Rojas Gabriel .
Que a fs. 57 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo renovar la autorización y dar intervención de la Asesora Legal.
Que dicho informe cuenta con el visto bueno de la Vicepresidencia del Ente.
Que a fs. 59 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… de la documentación acompañada por el peticionante se advierte que el espacio reservado sería para la Sra. Rosa Myriam Viviana Fernandez, quien deberá acreditar que reside en el domicilio de la calle Belgrano Nº 4557 ergo se sugiere se acompañe fotocopia de DNI. Cumplido con lo requerido, teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento Ingeniería de Tránsito de fs. 57, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d), no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente …”.
Que a fs.61/64 el solicitante presenta copia de DNI de la Sra. Fernandez Rosa M. , copia de factura de telefonía celular personal y boletas de OSSE a nombre de la Sra. Fernandez constando en todos ellos que su domicilio es Belgrano Nº 4557.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar a la Señora ROSA MYRIAM VIVIANA FERNANDEZ - DNI 17.924.393, la utilización de un (1) espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros, con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo FORD ECOSPORT – DOMINIO PPQ839, frente al inmueble sito en la calle BELGRANO Nº 4557, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 148/2022
EXPEDIENTE Nº 14361/2/2016 - Cpo1
Mar del Plata, 25 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 14361-2-2016 Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado frente al inmueble sito en la calle Alvarado Nº 1355 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 13/2017 de fecha 01 de Febrero de 2017, se autorizó a la firma CUISEN S.R.L. – El Club de la Milanesa la utilización de un espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Alvarado Nº 1355.
Que a fs. 35 el Sr. Juan José Tesler socio gerente de la firma manifiesta desistir del espacio reservado en cuestión.
Que a fs. 36 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no existen inconvenientes de orden técnico para acceder a dicha solicitud.
Que a fs. 41 obra agregado informe de deuda al día emitido por División Recursos.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgada a la firma “CUISEN S.R.L.- EL CLUB DE LA MILANESA” mediante Resolución Nº 13/2017 de fecha 01 de Febrero de 2017, para la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en calle ALVARADO Nº 1355 de esta ciudad.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 149/2022
EXPEDIENTE 218 Dig.P Año 2022 Cpo:1
Mar del Plata, 28 de Marzo 2022
VISTO la necesidad de ordenar el Inventario de Bienes Físicos del Ente y,
CONSIDERANDO
Que existen bienes que se encuentran en condiciones de ser dados de baja, ya sea por deterioro o por no ser posible su reparación.
Que se hace necesario, con la doble finalidad de ordenar el Inventario de Bienes y optimizar el manejo administrativo de esos elementos, como su uso, custodia y conservación, hacer efectiva la baja definitiva de los mismos.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PUBLICO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º. Autorizar la baja definitiva de Bienes de Uso por un valor total de PESOS UN MILLON TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 1.033.966,00) de los vehículos que se detallan a continuación:
ARTICULO 2º-. Los Departamentos Contaduría y Patrimonio del Ente tendrán a su cargo la registración de este movimiento y demás gestiones administrativas que genere.
ARTICULO 3º-. Regístrese y comuníquese a la Contaduría del Ente.-
M.B/
Ia
Registrado bajo el Nº 150/2022
EXP. Nº 6976 LETRA 7 AÑO 2021 CUERPO 1
Mar del Plata, 28 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el presente Expte. Nº 6976/7/2021, referido a la liberación de la deuda no informada en el certificado emitido y,
CONSIDERANDO
Que a fojas 2 consta nota presentada por el notario interviniente Sr. Martin A. Rodriguez de Angeli, donde solicita la cancelación de la deuda que pesa sobre el inmueble identificado bajo la nomenclatura catastral Circ. 6, Sec. A, Mzn. 19-K, Par. 7; número de cuenta municipal 94619; manifestando que la Municipalidad no informó la existencia del pasivo en concepto de Obras de Pavimento y Alumbrado Público, en el certificado 210/2018, emitido el 26/03/2018 por División Certificados, dependiente del Departamento de Contribución por Mejoras y Propiedad Inmueble.
Que a fojas 6 a 11 consta copia de la escritura traslativa de dominio de donde surgen los vendedores y compradores; siendo estos, por la parte vendedora Marta Zmitrenia DNI 5.317.543, Yolanda Perla González DNI 22.151.750, Bibiana Patricia González DNI 22.784.393, Evaristo Martín Eladio González DNI 27.592.621, Marta Silvia Rivero DNI 17.804.504, Sergio Alejandro Rivero DNI 18.049.269 y Modesta Isolina González DNI 1.143.211; y por la parte compradora Natalia Soledad Prestamero DNI 32.668.645.
Que a foja 21 División Recursos del EMVIAL informa que en el caso de la cuenta consultada se procedió conforme es de práctica habitual, enviándose un correo electrónico a la Dirección de Informática y Telecomunicaciones con el listado de las cuentas deudoras, desconociendo el motivo por el cual no se informó la deuda en el Certificado en mención.
Que a foja 22 emite dictamen la Asesoría Legal del Ente, del cual surge que corresponde la liberación de la deuda sobre el inmueble y actual titular de dominio, comprador de buena fe, toda vez que, se ha expedido el certificado 210/2018, sin deuda de EMVIAL y respecto a la deuda por Contribución por Mejoras pendiente de pago debe perseguirse su cobro contra el deudor original (vendedor).
Asimismo y teniendo en cuenta que el presente caso es similar a los planteados en los expedientes Nº 12442/0/2018; Nº 339/7/2019; Nº 11385/3/2018; Nº 8347/1/2018; Nº 7814/7/2018 y demás, en los que se ha expedido la Dirección de Informática y Telecomunicaciones, y los cuales han sido tratado bajo sumario administrativo Expte. Nº7336/3/2019, el cual se encuentra finalizado en etapa de instrucción; se sugiere el tratamiento del presente a las resultas del mencionado sumario.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Dar de baja la deuda existente, anterior al 23 de febrero de 2018, fecha de toma de posesión del inmueble, nomenclatura catastral Circ. 6, Sec. A, Mzn. 19-K, Par. 7, Cuenta Municipal Nº 94619, por el concepto de Contribución por Mejoras por obras de cordón cuneta, carpeta asfáltica y alumbrado público, ejecutadas por este Ente, de acuerdo a lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2º.- Créase una cuenta a nombre de los Señores Marta Zmitrenia DNI 5.317.543, Yolanda Perla González DNI 22.151.750, Bibiana Patricia González DNI 22.784.393, Evaristo Martín Eladio González DNI 27.592.621, Marta Silvia Rivero DNI 17.804.504, Sergio Alejandro Rivero DNI 18.049.269 y Modesta Isolina González DNI 1.143.211; y por la parte compradora Natalia Soledad Prestamero DNI 32.668.645; anteriores titulares del inmueble de mención, a la cual se imputará el costo de la obra por Contribución por Mejoras imputada a la cuenta 94619 a efectos de su cobro.
ARTÍCULO 3º.- Dése al Registro de Resoluciones. Notifíquese y tomen intervención a efectos de instrumentar el cumplimiento de la presente, la División Recursos, Tesorería y conocimiento por Contaduría.
M.B/./
em.
Registrado bajo el Nº 151/2022
EXPTE. 379-C-22
Mar del Plata, 28 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 379-C-2022 Cpo. 1, relacionado con el llamado a Concurso de Precios Nro. 04/2022 para la “CONTRATACION DE MANTENIMIENTO DE QUEMADORES DE PLANTA DE ASFALTO”, y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades de llamado a Concurso de Precios, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentó solo la oferta de GUSTAVO LUIS FOGLIA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones por parte de las firmas oferentes.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el llamado a Concurso de Precios Nº 04/2022 para la “CONTRATACION DE MANTENIMIENTO DE QUEMADORES DE PLANTA DE ASFALTO”, efectuado el día 18 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.
ARTÍCULO 2.- Adjudicar el Concurso de Precios Nº 04/2022, para la “CONTRATACION DE MANTENIMIENTO DE QUEMADORES DE PLANTA DE ASFALTO”:
*** Al Ing. GUSTAVO LUIS FOGLIA, por ser su oferta de valores convenientes y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL CON 00/100 ($ 918.000,00.-); la contratación de:
NUEVE (09) SERVICIOS MENSUALES DE MANTENIMIENTO DE QUEMADORES DE PLANTA DE ASFALTO, TANQUE DE EMULSION Y CALDERA DE PLANTA DE ASFALTO: MEDICIONES DE CAUDALES EN CONDUCTOS DE VENTILACION, SERVICIO PERIODICO DE TERMOGRAFIA INFRARROJA PARA VERIFICACION DE TEMPERATURAS DE TRABAJO DE MOTORES Y HORNO DE PLANTA DE ASFALTO. CONTROL DE FUGAS DE AS EN LOS QUEMADORES. LIMPIEZA PERIODICA DE FILTROS Y SENSORES DE LLAMA. LIMPIEZA DE LOS EQUIPOS Y MANTENIMIENTO PREVENTIVO. VISITAS REGULARES CADA 15 DIAS. ATENCION A DEMANDA PARA EMERGENCIAS DENTRO DE LAS 24HS. NO SE INCLUYE PROVISION DE REPUESTOS, NI TRABAJOS DE TERCEROS POR REPARACION DE ELEMENTOS A $ 102.000,00.- CADA UNO.- DE ABRIL A DICIEMBRE 2022 INCLUSIVE.-
ARTÍCULO 3.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificado de la presente adjudicación, depósito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, el que será devuelto, una vez entregada de conformidad la totalidad del producto ofrecido.
ARTÍCULO 4.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la aplicación que demande la presente erogación.
ARTÍCULO 5- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras y Contaduría.
MB
m.n.p.
Registrado bajo el Nº 152/2022
EXPTE. 315-C-22
Mar del Plata, 29 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 315-C-2022 Cpo. 1, relacionado con el llamado a Licitación Privada Nro. 11/2022 para la “CONTRATACION DE AUTOMATIZACIÓN PARA LA PLANTA DE HORMIGON”, y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del primer y segundo llamado a Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron las firmas AIMA ELECTROMECANICA S.H y NECCO JORGE ARMANDO.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones por parte de las firmas oferentes.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el segundo llamado a Licitación Privada Nº 11/2022 para la “CONTRATACION DE AUTOMATIZACIÓN PARA LA PLANTA DE HORMIGON”, efectuado el día 23 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.
ARTÍCULO 2.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 11/2022, para la “CONTRATACION DE AUTOMATIZACIÓN PARA LA PLANTA DE HORMIGON”:
A la firma NECCO JORGE ARMANDO, por ser su oferta de valores convenientes y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS DOS MILLONES CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 2.050.000,00.-); la contratación de:
AUTOMATIZACION DE PLANTA DE HORMIGON, INSTALACION DE PLACA CON MODULOS PERIFERICOS. FUENTE DE ALIMENTACION. PROTECION TERMOMAGNETICA, PANTALLA TOUCH SCREEN PARA VISUALIZACION Y OPERACIÓN DEL PROCESO. FUENTE DE ALIMENTACION PARA TODOS LOS SISTEMAS PERIFERICOS DE COMANDO Y ALIMENTACION DE CELDAS DE MEDICION. RELÉ Y FUSIBLES EN TODAS LAS SALIDAS DIGITALES. INCORPORACION A LOS SITEMAS DE PESADO TRANSDUCTORES DIGITALES. NUEVO CABLEADO DE ELEMENTOS PERIFERICOS. MANUAL INSTRUCTIVO DE OPERACIONES CON CAPACITACION PARA LOS OPERADORES. A $ 2.050.000,00.-
ARTÍCULO 3.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificado de la presente adjudicación, depósito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, el que será devuelto, una vez entregada de conformidad la totalidad del producto ofrecido.
ARTÍCULO 4.- Reintégrense los Depósitos de Garantía de Mantenimiento de Ofertas a las siguientes Firmas AIMA ELECTROMECANICA S.H Recibo Oficial Nº 2495 y NECCO JORGE ARMANDO Recibo Oficial Nº 2519, una vez cumplimentado lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 5.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la aplicación que demande la presente erogación.
ARTÍCULO 6- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras y Contaduría.
MB
m.n.p.
Registrado bajo el Nº 153/2022
EXPTE. 391-C-2022
Mar del Plata, 29 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 391-C-2022 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 13/2022 para la “ADQUISICIÓN DE CEMENTO CPC40 A GRANEL”, y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron dos firmas oferentes: DE LEON MEDINA SRL y CEMENTOS AVELLANEDA SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el llamado a Licitación Privada Nº 13/2022, para la “ADQUISICIÓN DE CEMENTO CPC40 A GRANEL” cuya apertura fuera efectuada el día 22 de Marzo de 2022 a las 11 ,00 horas.
ARTÍCULO 2.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas DE LEON MEDINA SRL y CEMENTOS AVELLANEDA SA.
ARTÍCULO 3.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 13/2022, para la “ADQUISICIÓN DE CEMENTO CPC40 A GRANEL” a la firma DE LEON MEDINA SRL, por ser su oferta conveniente, de menor valor y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS QUINCE CON 00/100 ($ 6.989.515,00); por la provisión de:
ARTÍCULO 4.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificada de la presente adjudicación, deposito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado.
ARTICULO 5.- Reintégrense el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta a las Firmas DE LEON MEDINA SRL Recibo Oficial Número 2515 y CEMENTOS AVELLANEDA SA Recibo Oficial Número 2518, una vez cumplimentado lo requerido en el articulo precedente.
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTICULO 7.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
M.B/
m.n.p.
Registrado bajo el Nº 154/2022
EXPEDIENTE Nº 745/R / 2021 Cpo1
Mar del Plata, 30 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 745/R/ 2021 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Laprida Nº 2274 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01/02 la Sra. Laura Rodriguez - DNI 24.647.609 solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad del Sr. Hector Oscar Rodriguez - DNI 4.275.554, para el estacionamiento del vehículo RENAULT CLIO – DOMINIO AA670ZX frente al inmueble de la calle Laprida Nº 2274.
Que a fs. 06/27 obran agregadas copias de: Certificado de discapacidad - DNI del solicitante – Escritura del inmueble - DNI y Licencia de Conducir de la Sra. Sara Fernandez - Cedula de Identificación del Automotor – DNI y Licencia de Conducir del Sr. Diego J. Rodriguez.
Que a fs. 28 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros y dar intervención al Departamento de Asesoría Legal.
Que a fs. 30 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… previo a dictar resolución, deberá acompañar el pedido con su firma ya que el formulario de foja 2, no se encuentra firmado…” “ …teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d) y cumplido con lo requerido “ut supra” no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente. …”.
Que a fs.32, obra agregado formulario firmado por la solicitante.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar al Señor HECTOR OSCAR RODRIGUEZ – DNI 4.275.554, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros por discapacidad con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo RENAULT CLIO – DOMINIO AA670ZX, frente al inmueble sito en la calle Laprida Nº 2274, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 155/2022
EXPEDIENTE Nº 13674/2/2001 -Cpo1
Mar del Plata, 30 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 13674/2/2001 - Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado frente al inmueble sito en la calle Belgrano Nº 3013, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 105/2001 de fecha 21 de Junio de 2001 la Presidencia del ENOSUR autorizó la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 08:00 a 18:00 horas frente al inmueble sito en la calle Belgrano Nº 3013.
Que a fs. 13 obra agregada intimación de deuda cursada por la División Recursos, constatando que el espacio no se encuentra demarcado ni señalizado.
Que a fs. 17 se adjunta imagen de SIGEM (ABM Comercio) en el cual se detalla que el comercio fue dado de baja de oficio con fecha 16/07/2002.
Que a fs. 19 la División Recursos informa que en el presente expediente no se encuentra autorización de titular del inmueble donde fue otorgado el espacio y no pudiendo aplicarse lo establecido por la Ordenanza Fiscal Nº 24958. Título IX, Cap. III. Art. 170 y ante todo lo expuesto, sugiere dar de baja por Resolución el espacio oportunamente autorizado como así también la deuda que registra la cuenta Nº P-3000000295.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dar de baja el espacio reservado de seis (6) metros otorgado mediante Resolución Nº 105/2001 al BANCO RIO DE LA PLATA S.A., con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 08:00 a 18:00 horas frente al inmueble sito en la calle Belgrano Nº 3013.
ARTICULO 2º. Dese de baja la deuda que registra la cuenta nº P-3000000295 generada en concepto de derechos de uso de espacio público, cuyo titular es el BANCO RIO DE LA PLATA SUCURSAL SHOPPING LOS GALLEGOS, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 3.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 156/2022
EXP. Nº 551-7-2017 CUERPO 1
Mar del Plata, 30 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 551-7-2017 Cpo. 1, referido a la autorización de una dársena utilizado por el Hotel As Palace frente al inmueble sito en la calle Alberti Nº 1731 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 59/2017 de fecha 22 de Marzo de 2017, la Presidencia del EMVIAL autorizó al HOTEL AS PALACE la construcción de una dársena de doce (12) metros de largo por un (1) metro de ancho frente al inmueble sito en la calle Alberti Nº 1731.
Que a fs. 32 División Recursos informa que la cuenta Nº P- 4600000224 del Hotel As Palace ha regularizado lo adeudado adjuntando a fs. 30 informe de deuda y asimismo solicita se rectifique la resolución Nº 59/2017, ya que el otorgamiento es a nombre de fantasía y no al titular del la habilitación Municipal según consta a fs. 8.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución nº 59/2017 de fecha 22 de Marzo de 2017, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1: Autorizar al SINDICATO DE EMPLEADOS DEL CUACHO Y AFINES, la construcción de una dársena de doce (12) metros de largo por un (1) metro de ancho frente al inmueble sito en la calle Alberti Nº 1731, la cual deberá ser construida, señalizada, y conservada por el recurrente.
ARTICULO 2º.- Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 157/2022
158/2022 ANULADA
EXPEDIENTE Nº 8082/0/2011 - Cpo1
Mar del Plata, 31 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 8082-0-2011 Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado frente al inmueble sito en la calle Diagonal Pueyrredon esquina Belgrano y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 316/2018 de fecha 07 de Diciembre de 2018, se autorizó a la firma PASEO DIAGONAL la utilización de un espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Diagonal Pueyrredon esquina Belgrano.
Que a fs. 52 el Sr. Guillermo Martinez Falcone gerente de la firma solicita la baja del módulo de bicis/motos ya que actualmente funciona y ocupa ese lugar la senda peatonal del corredor gastronómico “comemos afuera”.
Que a fs. 53/57 obra agregado comprobante de pago e informe de deuda al día emitido por División Recursos.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgada a la firma “PASEO DIAGONAL” mediante Resolución Nº 316/2018 de fecha 07 de Diciembre de 2018, para la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en calle Diagonal Pueyrredon esquina Belgrano.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 159/2022
EXPEDIENTE Nº 391/C/2022-Cpo1
Mar del Plata, 31 de Marzo de 2022
VISTO las actuaciones obrantes en el expediente Nº 391/C/2022- Cpo 1 relacionado con la Licitación Privada Nº 13/2022 para la “ADQUISICION DE CEMENTO CPC40 A GRANEL” y,
CONSIDERANDO
Que por resolución Nº 154/2022 se resolvió la adjudicación de la Licitación Privada Nº 13/2022.
Que se produjo un error involuntario en el artículo 3º la mencionada resolución.
Que es necesario confeccionar el acto administrativo que rectifique de dicho error.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS.
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Rectificar el Artículo 3º de la Resolución Nº 154 de fecha 29 de Marzo de 2022, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTÍCULO 3º.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 13/2022, para la “ADQUISICIÓN DE CEMENTO CPC40 A GRANEL” a la firma CEMENTOS AVELLANEDA SA, por ser su oferta conveniente, de menor valor y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS QUINCE CON 00/100 ($ 6.989.515,00); por la provisión de:
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduria y Tesorería.
M.B./
m.n.p
Registrado bajo el Nº 160/2022
EXPEDIENTE Nº 446/C/2022
Mar del Plata, 31 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 446-C-2022 Cpo. 1 Alc. 1, relacionado con la obra “BACHEO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON” y,
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Licitación Publica.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llámese a Licitación Pública Nº 06/2022 para la obra “BACHEO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON”, en un todo de acuerdo con el Pliego que se aprueba en el articulo anterior, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma de PESOS NOVENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 60/100 ($ 97.728.367,60.-),
ARTÍCULO 3.- Fíjese para el 19 de Abril de 2022 a las 11:00 horas la apertura de las propuestas que serán presentadas en la Oficina de Compras del Ente hasta el día y hora del acto de apertura, en un todo de acuerdo con lo establecido en Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 4.- Conformase una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la presente Licitación con un representante de las siguientes áreas: Dirección General, Contaduría, Oficina de Compras, Asesoría Letrada y Dirección de Obras.
ARTÍCULO 5.- Efectúense las correspondientes publicaciones, por un (1) día en el Diario La Capital, un (1) día en diario digital de la ciudad, dos (2) días en Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y publicación en la pagina Municipal
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 7.- Dese el Registro de Resoluciones comuníquese a quienes corresponda.
MB
m.n.p.
Registrado bajo el Nº 161/2022
EXPEDIENTE Nº 248/C/2022
Mar del Plata, 31 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 248-C-22 Cpo. 1, relacionado con el llamado a Licitación Publica Nro. 04/22 para la “ADQUISICION DE MATERIALES ELECTRICOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO PUBLICO”, y,
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Licitación Pública, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron seis (6) firmas oferentes: OACI SA, DI GIOVANNI EDUARDO, CASA BLANCO SA, ENLUZ S.A, NEA-ELEC SA y FERRERO CONSTRUCCIONES SRL.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones por parte de las firmas oferentes.
Que sobre la adjudicación, se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Llamado a Licitación Pública Nº 04/22 para la “ADQUISICION DE MATERIALES ELECTRICOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO PUBLICO”, cuya apertura fuera efectuada el día 10 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.
ARTÍCULO 2º.- Aceptar como validas las ofertas de presentadas por las firmas: OACI SA, DI GIOVANNI EDUARDO, CASA BLANCO SA, ENLUZ S.A, NEA-ELEC SA y FERRERO CONSTRUCCIONES SRL.
ARTÍCULO 3º.- Adjudicar la Licitación Pública Nro. 04/22, para la “ADQUISICION DE MATERIALES ELECTRICOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO PÚBLICO”:
****A la firma CASA BLANCO S.A, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas y ser su oferta de menor valor, la suma de PESOS NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 9.500.794,00.-) por la provisión de:
****A la firma OACI S.A, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, ser su oferta de valores convenientes y de menor valor, la suma de PESOS OCHO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO CON 20/100 ($ 8.899.325,20.-) por la provisión de:
****A la firma DI GIOVANNI EDUARDO, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas y ser su oferta de valores convenientes, y marca reconocida, la suma de PESOS OCHO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS DIEZ CON 90/100 ($ 8.685.510,90.-) por la provisión de:
****A la firma ENLUZ S.A, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, ser su oferta de valores convenientes y de menor precio, la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATRO CIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/100 ($ 2.282.466,00.-) por la provisión de:
****A la firma FERRERO CONSTRUCCIONES SRL, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas y ser su oferta de marca reconocida y valores convenientes, la suma de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($ 4.955.000,00.-) por la provisión de:
****A la firma NEA-ELEC S.A, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, ser su oferta de valores convenientes y de menor valor, la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIEN CON 00/100 ($ 332.100,00.-) por la provisión de:
ARTÍCULO 4º.- No adjudicar el los ítem 27 por exceder ampliamente el presupuesto oficial y los ítems 15 y 36 por contar con una sola oferta válida para cada uno de ellos.-
ARTICULO 5º.- Requiérase de las firmas adjudicatarias que constituyan dentro de los cinco (5) días de notificados de la presente adjudicación, Depósito de Garantía de Contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, el cual será devuelto una vez entregada la totalidad de las cantidades adjudicadas.
ARTÍCULO 6º.- Reintégrese el depósito de garantía de mantenimiento de oferta a las firmas: FERRERO CONSTRUCCIONES SRL Recibo Número 2503, NEA-ELEC S.A Recibo Número 2508, OACI SA Recibo Número 2505, DI GIOVANNI EDUARDO Recibo Número 2501, CASA BLANCO SA Recibo Número 2498 y ENLUZ S.A Recibo Número 2497, una vez cumplimentado lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 7º.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución. .
ARTÍCULO 8º.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras y Contaduría.
MB
m.n.p/
Registrado bajo el Nº 163 /2022
Mar del Plata, 31 de marzo de 2022
VISTO lo dispuesto en el Decreto Nº 1322/09 y
CONSIDERANDO
Que por el Decreto 1322/09 se autoriza al Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público a implementar la Remuneración por Resultados para incentivar la productividad del personal del Ente.
Que en resolución 380/2021 se resolvió la aplicación por 90 días de la nueva modalidad de Remuneración por Resultados (“RR”) para los agentes de Ingeniería de Tránsito que así lo acepten.
Que dicha aplicación fue a modo de prueba para evaluar la eficiencia del sistema comparado con la aplicación de horas extras.
Que si bien los resultados obtenidos hasta el momento han sido satisfactorios en cuanto al desempeño y eficiencia, es necesario continuar con el análisis de los resultados de este sistema de remuneración.
Que la experiencia indica que la aplicación del modelo de Remuneración por Resultados impacta favorablemente en el funcionamiento del Ente, disminuyendo notoriamente los plazos de obra y generando una utilización más eficiente de los recursos, lo que se refleja en un beneficio para la comunidad en general.
Por ello Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Prorrogar por el término de NOVENTA (90) la resolución 380/2021 referida a la modalidad de Remuneración por Resultados (“RR”) para los agentes pertenecientes al área de Ingeniería de Tránsito que así lo acepten expresamente.
ARTICULO 2º: Dar Registro de Resoluciones y comunicar a las Áreas correspondientes.
Registrado bajo el Nº 164/2022
Mar del Plata, 01 de Abril de 2022
Visto lo dispuesto en la Ley 14656 y en el Decreto Nº 1322/09, y
CONSIDERANDO
Que por el Decreto 1322/09 se autoriza al Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público a implementar la Remuneración por Resultados para incentivar la productividad del personal del Ente.
Que se considera conveniente modificar las pautas mediante las cuales se abonaban a los agentes del Ente distintas tareas de mantenimiento y trabajos complementarios; así como los trabajos realizados los fines de semana, feriados, asuetos y días no laborables, afectados al Alumbrado Público.
Que como forma de remunerar a los agentes que realicen dichas tareas y trabajos es necesario establecer un esquema de Remuneración por Resultados, el cual ha demostrado ya en diferentes ocasiones ser la modalidad prestacional que mejor se adapta a las necesidades del Ente en términos de productividad, eficiencia y eficacia.
Que a efectos de realizar la liquidación es necesario establecer parámetros claros que definan cuáles son las metas a cumplir.
Que a partir de la implementación de la denominada PUESTA A CERO, se estableció un régimen de trabajo reforzado con el fin de reducir y normalizar la cantidad de luminarias con desperfectos en la vía pública.
Que ante la cantidad de reclamos acumulados y la creciente demanda por parte de los vecinos, se hace necesario intensificar la mano de obra dispuesta para la realización de tareas complementarias de reparación de defectos de todas las instalaciones.
Que a partir de todo lo expuesto se ha trazado un esquema con el objeto de establecer un valor donde se siente un piso de tareas diarias que permita ampliar la capacidad de respuesta del personal afectado a dichas tareas complementarias.
Que existen otras áreas municipales que han requerido colaboración de un chófer y un Hidroelevador, entre las que destacan Espacios Públicos (EMSUR), Centro de Operaciones y Monitoreo (COM), Delegaciones Municipales, Defensa Civil, entre otros, y en los casos de contingencias y emergencias.
Que para dicha tarea, el EMVIAL aporta un hidroelevador que será conducido por un agente del Ente y un oficial de acuerdo al caso, por lo que resulta necesario establecer una forma de retribuir dicho trabajo dentro del esquema de Remuneración por Resultados
Que por Decreto Municipal Nº 480/2020 el Señor Intendente Municipal estableció el carácter esencial de algunos de los servicios prestados por el Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público (EMVIAL).
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus (COVID-19) como una pandemia.
Que entre las autoridades sanitarias existe un consenso generalizado sobre las formas de evitar el contagio es mantener un adecuado distanciamiento social.
Que por ello es recomendable que los vehículos del Ente afectados a los servicios sean ocupados por la menor cantidad de agentes posibles.
Que es habitual que los hidroelevadores afectados a reparaciones del alumbrado público de algunos barrios del Municipio sean acompañados por personal policial a efectos de garantizar la seguridad de los agentes del Ente.
Que por ende resulta indispensable incluir un móvil adicional que traslade al personal policial que acompaña a los hidroelevadores, de forma tal de que cada vehículo sea ocupado por un máximo de dos (2) personas.
Que las tareas de relevamiento diurno y/o nocturno e inspecciones requieren de personal afectado a dicha tarea.
Que dicho móvil será conducido por agentes del Ente y que por lo tanto es necesario establecer una forma de retribuir dicho trabajo dentro del esquema de Remuneración por Resultados
Que el cobro de la Remuneración por Resultados es incompatible con el cobro de horas extras.
Por ello Y EN USO DE FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE VIALIDAD
Y ALUMBRADO PUBLICO
RESUELVE
Valor desde 12 unidades productivas reparadas = Se abonará el valor fijado por reparación de cada tipo de lámpara.
Valor entre 8/11 unidades productivas reparadas = Se abonará el 90% del valor fijado por reparación de lámpara.
Valor entre 4/7 unidades productivas reparadas = Se abonará el 80% del valor fijado por reparación de lámpara.
Valor entre 1/3 unidades productivas reparadas = Se abonará el 70% del valor fijado por reparación de lámpara.
Valor desde 10 unidades productivas reparadas = Se abonará el valor fijado por reparación de lámpara.
Valor entre 7/9 unidades productivas reparadas = Se abonará el 90% del valor fijado por reparación de lámpara.
Valor entre 4/6 unidades productivas reparadas = Se abonará el 80% del valor fijado por reparación de lámpara.
Valor entre 1/3 unidades productivas reparadas = Se abonará el 70% del valor fijado por reparación de lámpara.
Valor desde 8 unidades productivas reparadas = Se abonará el valor fijado por reparación de lámpara.
Valor entre 6/7 unidades productivas reparadas = Se abonará el 90% del valor fijado por reparación de lámpara.
Valor entre 4/5 unidades productivas reparadas = Se abonará el 80% del valor fijado por reparación de lámpara.
Valor entre 1/3 unidades productivas reparadas = Se abonará el 70% del valor fijado por reparación de lámpara.
En caso de realizar una cantidad de 35 reparaciones diarias totales de las cuadrillas de calle y 25 para las cuadrillas de avenidas y farolas, durante un período mínimo de 17 días en el mes (luego de ser verificado el parte de trabajo), obtendrá un beneficio adicional del 10% en la totalidad de las reparaciones realizadas efectivas.
Esta bonificación será aplicada para Choferes y Oficiales únicamente.
Dichos valores se ajustaran en el mismo porcentaje que se ajuste el sueldo básico municipal.
Registrado bajo el Nº 165/2022
ANEXO I: METAS A CUMPLIR Y VALORES UNITARIOS
ITEMS TAREAS MANTENIMIENTO DE ALUMBRADO PUBLICO |
|||
|
|
|
|
Orden |
Ítems |
Piso |
Importes p/Unidad Adicional 2022 |
1
|
Tendido de cruce de calle y vanos |
8 |
$ 1.803,06 |
2 |
Retiro y Colocación de artefactos simple sobre columna existente |
6 |
$ 2.404,08 |
3 |
Armado e inst.TC |
0,33 |
$ 53.598,95 |
4 |
Acondicionamiento de TC |
1 |
$ 14.424,52 |
5 |
Armado de Bandeja TC e Instalación |
0,33 |
$ 43.273,55 |
6 |
Armado, reparación y/o instalación comando de encendido, colaboración |
1 |
$ 14.424,14 |
7 |
Cableado de columnas |
5 |
$ 2.884,91 |
8 |
Reparación o instalación de columna o postes y reparación en calle |
1 |
$ 17.865,92 |
9 |
Pintura en calle, columna 9 metros |
1 |
$ 14.424,52 |
10 |
Pintura en taller columna 9 metros |
2 |
$ 8.933,17 |
11 |
Puestas a Tierra (inst. jabalina, tres metros de cable desnudo y conexión) |
2 |
$ 7.212,26 |
12 |
Acondicionado Caja de conexión subterránea y/o colocación tapas |
4 |
$ 3.573,25 |
13 |
Armado sobrebase con HºAº elaborado |
3 |
$ 5.955,44 |
14 |
Armado sobrebase, base y/o pozo sin HºAº manual |
1 |
$ 17.866,32 |
15 |
Tendido Vano Subterráneo |
30 |
$ 595,57 |
16 |
Zanjeado Vano Subterráneo en tierra |
6 |
$ 2.977,72 |
17 |
Armado e instalación de caja Conexión nuevas |
3 |
$ 5.955,44 |
18 |
Retiro o corrimiento de columnas o postes existentes |
2 |
$ 8.933,17 |
19 |
Cortado, doblado y agujereado de brazos |
6 |
$ 2.404,08 |
20 |
Fabricación de Tapas cualquier medida |
12 |
$ 1.201,96 |
21 |
Reparación Tramo columna Taller |
1 |
$ 17.865,92 |
22 |
Armado Columna nueva tres tramos |
1 |
$ 17.865,92 |
23 |
Restauración de Monumentos |
0,33 |
$ 85.674,39 |
24 |
Recupero de Artefactos |
3 |
$ 2.404,08 |
25 |
Prueba de Artefactos, Engrase |
10 |
$ 721,22 |
26 |
Prueba, cableado y engrase de luminarias LED en taller |
5 |
$ 1.442,45 |
27 |
Instalación de Brazos |
3 |
$ 4.808,18 |
28 |
Prueba y/o Recupero Fotocontrol y Balasto |
90 |
$ 240,03 |
29 |
Prueba y/o Recupero Lámparas |
33 |
$ 218,55 |
*Ítem 1:Equivalencia vanos a Cruce de calle/ Vano 100m= 5 CC |
ANEXO II: MONTOS A ABONAR POR LAS REPARACIONES CORRECTAMENTE REALIZADAS DURANTE LOS FINES DE SEMANA y/o FERIADOS
Cantidad de reparaciones correctamente realizadas por fin de semana o feriado |
Monto a abonar |
Entre 57 y 115 |
Reparaciones correctamente realizadas x $ 1255,87 |
Menos de 57 |
En caso de que hubieran existido razones de fuerza mayor, impedimentos climáticos o existan fundamentos razonable que hubiesen impedido alcanzar las 57 reparaciones, se abonará: 56 x $ 1255,87 |
EXPEDIENTE Nº 1469/8/2019 - Cpo1
Mar del Plata, 04 de Abril de 2022
VISTO el expediente Nº 1469-8-2019 Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado frente al inmueble sito en la calle Brown Nº 2388 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 305/2018 de fecha 30 de Noviembre de 2018, se autorizó al Sr. Fernando Sanchez Mourazos titular de la firma ELECTRO INTERNET la utilización de un espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Brown Nº 2388.
Que a fs. 30 el Sr. Fernando Sanchez Mourazos titular de la firma solicita la baja del espacio reservado en cuestión.
Que a fs. 31/36 obra agregado comprobante de pago y División Recursos informa que la deuda que registra la cuenta P-2000000475 ha sido cancelada.
Que a fs. 37 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene inconvenientes de orden técnico para acceder a dicha solicitud.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgada al Sr. Fernando Sanchez Mourazos titular de la firma ELECTRO INTERNET mediante Resolución Nº 305/2018 de fecha 30 de Noviembre de 2018, para la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en calle BROWN Nº 2388.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 166/2022
EXPEDIENTE Nº 3785/0/2018 - Cpo 1
Mar del Plata, 4 de Abril de 2022
VISTO el requerimiento efectuado por el Sr. Daniel Kumorkiewicz, apoderado de “AMBULANCIAS SAMAK – SANIKIUM SRL”- mediante Expediente Nº 3785-0-2018 - Cpo. 1, y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 se solicita autorización de una dársena para el estacionamiento de ambulancias y autos particulares adquirentes del servicio y un bicicletero.
Que a fs. 39 el Departamento Ingeniería de Tránsito informa que: “… a fs. 20 este departamento sugirió autorizar según lo normado por la Ordenanza Nº 10746 un espacio reservado para la instalación de un módulo de estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle San Lorenzo Nº 3568, ya que existe factibilidad técnica y no se encuentra en el sector ningún bicicletero…” “…Por lo expuesto no encuentra inconveniente en autorizar un espacio de seis (6) metros según lo normado en la Ordenanza Nº 10746…”.
Que a fs. 54 y 56 obra agregada boleta de pago e informe de deuda al día y a fs. 59 División Recursos solicita se emita acto administrativo para otorgar el permiso para la instalación del módulo para motos y bicicletas.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Autorizar a la firma SAMAK – SINIKUM S.R.L. de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Nº 10.476 , la utilización de un espacio reservado de seis (6) metros para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en calle San Lorenzo Nº 3568, el que deberá ser instalado, señalizado y conservado por el recurrente.
ARTÍCULO 2.- La autorización otorgada por el artículo anterior solo tendrá efecto a partir
del momento en que el solicitante realice el pago del canon establecido en la Ordenanza Impositiva y está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTÍCULO 3.- Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática, caso contrario el recurrente solicitará la baja por escrito.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones; para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito y la División Recursos. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B//
skp.
Registrado bajo el Nº 167/2022
Mar del Plata, 04 de Abril de 2022
VISTO que es necesario contar con una persona en el Departamento Recursos, Insumos y Mantenimiento de la Dirección de Conservación Urbana para la supervisión de las tareas tendientes al mantenimiento de los vehículos, equipos viales y espacio físico, y
CONSIDERANDO
Que el jefe de ese departamento está próximo a Jubilarse el 1º de julio del corriente año, por lo que es conveniente designar una personal en este período de transición para ir tomando conocimiento de las funciones que se llevan a cabo en el taller dependiente del Departamento Recursos, Insumos y Mantenimiento de la Dirección de Conservación Urbana..
Que por lo expuesto se solicita que se le asignen las funciones inherentes al agente Marcelo Pablo Santillán – Legajo Nº 17625/1.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones inherentes al funcionamiento del Taller dependiente del Departamento Recursos, Insumos y Mantenimiento de la Dirección de Conservación Urbana al agente MARCELO PABLO SANTILLÁN (Legajo Nº 17625/1 – CUIL. 23-20330183-9), Capataz II -, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2º: Se deja constancia que el agente MARCELO PABLO SANTILLÁN (Legajo Nº 17625/1 – CUIL. 23-20330183-9), continuara con la atención y firma del despacho del Departamento de Conservación Urbana otorgada por Resolución nº 251/21.
ARTÍCULO 3º.- Dar al Registro de Resoluciones y notificar por el Departamento de Personal.-
Registrado bajo el Nº 168/2022
Mar del Plata, 04 de Abril de 2022
VISTO las presentes actuaciones, y
CONSIDERANDO
Que mediante las mismas el agente Luis Andrés Sanchez Zurita – Legajo 25742/1 – solicita se le abone el Adicional por título secundario.
Que en razón de que el agente se desempeña en un cargo del Grupo Ocupacional Obrero le corresponde el pago de acuerdo a lo establecido en el Artículo 45º, Inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Otorgar a partir del 1 de abril de 2022, el Adicional por Título Secundario de acuerdo a lo establecido en el Art. 45º inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, al agente LUIS ANDRES SANCHEZ ZURITA – Legajo Nº 25742/1 – CUIL 23-29758323-9, quien se desempeña como Operario Máquina Vial II en el Departamento Planta de Hormigón del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público, por las razones puntualizadas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Dar al registro de Resoluciones, comunicar por el Departamento de Personal, y dar intervención a la Contaduría del Ente.-
ald.
Registrado bajo el Nº 169/2022
EXPEDIENTE Nº 390/R/2022 Cpo1
Mar del Plata, 06 de Abril de 2022
VISTO el requerimiento efectuado por el Sr. Luciano Rudi propietario de la firma Border.ar ubicada en la calle Alberti Nº 2428/2430/2432, mediante Expediente Nº 390/R/2022 - Cpo1, y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 el Sr. Luciano Rudi solicita autorización para instalar un módulo de estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Alberti Nº 2428/2430/2432.
Que a fs. 13 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no existen inconvenientes de orden técnico para acceder a dicha solicitud; sugiriendo otorgar la utilización de un espacio reservado de seis (6) metros.
Que a fs. 15 la División Recursos informa respecto a los valores que deberá abonar el solicitante en concepto de canon anual por el uso de espacio público, proporcional al momento de otorgamiento; valores sujetos a ajuste a la espera de la Ordenanza Impositiva 2022.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Autorizar al Sr. Luciano Andrés Rudi y al Sr. Matías Alejandro Angelini propietarios de la firma BORDER., la utilización de un espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en calle ALBERTI Nº 2428/2430/2432, el que deberá ser instalado, señalizado y conservado por el recurrente.
ARTÍCULO 2.-La autorización otorgada por el artículo anterior solo tendrá efecto a partir del momento en que el solicitante realice el pago del canon anual establecido en la Ordenanza Impositiva vigente y está condicionada al estricto cumplimiento por parte del mismo, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 3.- Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.-
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 170/2022
EXP. Nº 2878-8-2014 CUERPO 1
Mar del Plata, 06 de Abril de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 2878-8-2014 Cpo. 1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Chaco Nº 1670 utilizado por la firma Grupo Nucleo S.A. y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 24/2016 de fecha 27 de Enero de 2016, la Presidencia del EMVIAL autorizó al Sr. Matías Sacco propietario de la firma GRUPO NUCLEO la utilización de dos (2) espacios reservados de seis (06) metros cada uno, para ser utilizado únicamente para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Chaco Nº 1670.
Que a fs. 53 División Recursos informa que la cuenta Nº P- 2000000425 GRUPO NUCLEO ha regularizado lo adeudado y asimismo solicita se renueve la resolución Nº 24/2016 que se encuentra vencida y rectificar el artículo 1 otorgando el permiso a nombre de la firma comercial GRIPO NUCLEO S.A.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Autorizar a la firma GRUPO NUCLEO S.A., la utilización de dos (2) espacios reservados de seis (6) metros cada uno, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo de estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en la calle CHACO Nº 1670, los que deberán ser señalizados, demarcados y conservados por el recurrente.
ARTÍCULO 2.-La autorización otorgada por el artículo anterior solo tendrá efecto a partir del momento en que el solicitante realice el pago del canon anual establecido en la Ordenanza Impositiva vigente y está condicionada al estricto cumplimiento por parte del mismo, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 3.- Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.-
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 171/2022
EXPEDIENTE Nº 3788/0/2019 - Cpo1
Mar del Plata, 06 de Abril de 2022
VISTO el expediente Nº 3788-0-2019 Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado frente al inmueble sito en la calle Bolivar Nº 1302 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 49/2019 de fecha 26 de Febrero de 2019, se autorizó al Sr. Gustavo Cotado titular de la firma PRADO CAFE la utilización de un espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Bolivar Nº 1302.
Que a fs. 51 el Sr. Gustavo Cotado titular de la firma solicita la baja del espacio reservado en cuestión.
Que a fs. 53/54 obra agregado informe de deuda y División Recursos informa que la deuda que registra la cuenta P-2000000478 ha sido cancelada.
Que a fs. 55 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene inconvenientes de orden técnico para acceder a dicha solicitud.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgada al Sr. Gustavo Cotado titular de la firma PRADO CAFE mediante Resolución Nº 49/2019 de fecha 26 de Febrero de 2019, para la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en calle BOLIVAR Nº 1302.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 172/2022
EXPEDIENTE Nº 12646/3/2019 - Cpo 1
Mar del Plata, 06 de Abril de 2022
VISTO el requerimiento efectuado por la Sra. Secretaria de Salud - mediante Expediente Nº 12646/3/2019 - Cpo. 1, y
CONSIDERANDO
Que a fs.22 se solicita el cambio de espacio reservado para ambulancia que se encuentra por calle Salta y se instale por Av. Colón.
Que a fs. 23, el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tienen inconvenientes de orden técnico para acceder a lo solicitado y proceder a dar de baja la autorización otorgada mediante Resolución Nº 238/2019 y rectificar el art. 1º de la Resolución Nº 268/2019 sugiriendo autorizar a SAME la utilización de un (1) espacio reservado de 10 metros frente al inmueble sito en Av. Colón 3212 con vigencia de lunes a domingos las 24 horas para ascenso y descenso de pacientes paralelo al cordón.; y autorizar al Centro de Salud Nº 1 la utilización de dos (2) espacios reservados de diez (10) metros cada uno frente al mismo inmueble para ascenso y descenso de pacientes paralelo al cordón por un lapso de 10 minutos.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja el espacio reservado de diecisiete (17) metros sito en calle SALTA Nº 2122 otorgado al CENTRO DE SALUD Nº 1 – PRESIDENTE ARTURO HUMBERTO ILLIA, mediante Resolución Nº 238/2019.
ARTÍCULO 2.- Rectificar la autorización otorgada mediante Resolución Nº 268/2019, quedando de la siguiente forma:
“Autorizar al CENTRO DE SALUD Nº 1 – PRESIDENTE ARTURO HUMBERTO ILLIA, la utilización de dos (2) espacios reservados de diez (10) metros cada uno con vigencia de Lunes a Domingo las 24 horas para el ascenso y descenso de pacientes paralelo al cordón por un lapso de 10 minutos; frente al inmueble sito en la AV. COLÓN Nº 3212”.
ARTÍCULO 3.- Autorizar a SAME – MGP, la utilización de un (1) espacio reservado de diez (10) metros con vigencia de Lunes a Domingo las 24 horas para el ascenso y descenso de pacientes paralelo al cordón; frente al inmueble sito en la AV. COLÓN Nº 3212.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B//
skp.
Registrado bajo el Nº 173/2022
EXPEDIENTE Nº 151/C/2022
Mar del Plata, 6 de Abril de 2022.-
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 151-C-22 Cpo. 1 Alc. 1, relacionado con el Segundo Llamado a Licitación Pública Nro. 02/2022 para la “ADQUISICIÓN DE MOTONIVELADORA”, y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Segundo Llamado a Licitación Pública, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron tres (03) firmas oferentes: AMERICAN VIAL GROUP SRL, GRUAS SAN BLAS SA Y VIALERG SA.
Que se ha expedido la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Que en la presente se dan por reproducidas y ratificadas las consideraciones expuestas por la comisión mencionada.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Segundo Llamado a Licitación Pública Nº 02/2022 para la “ADQUISICIÓN DE MOTONIVELADORA”, cuya apertura fuera efectuada el día 17 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.
ARTÍCULO 2º.- Rechazar la oferta presentada por la firma: VIALERG SA, por no cumplir con la totalidad de los puntos solicitados en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 3º.- Aceptar como válida la oferta presentada por la firma: GRUAS SAN BLAS SA.
ARTÍCULO 4º.- Adjudicar la Licitación Pública Nº 02/2022, para la “ADQUISICIÓN DE MOTONIVELADORA” a la firma GRUAS SAN BLAS SA, por ser su oferta conveniente, de menor precio y ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, la suma de PESOS VEINTE MILLONES SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA CON 00/100 ($ 20.628.670,00.-) por la provisión de:
ARTÍCULO 5º.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificado de la presente adjudicación, Depósito de Garantía de Contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, el que será devuelto una vez entregado el producto adjudicado.
ARTICULO 6º.- Reintégrese el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta a las firmas ESCANDINAVIA DEL PLATA Recibo Número 2463, REPAS SA Recibo Numero 2469, VIALERG SA Recibo Número 2471 y GRUAS SAN BLAS SA Recibo Numero 2462, una vez cumplimentado lo requerido en el artículo anterior.-
ARTÍCULO 7º.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución. .
ARTÍCULO 8º.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras y Contaduría.
MB
Gl/
Registrado bajo el Nº 174/2022.
EXPEDIENTE Nº 248/C/2022-Cpo1
Mar del Plata, 06 de Abril de 2022
VISTO las actuaciones obrantes en el expediente Nº 248/C/2022- Cpo 1 relacionado con la LICITACION PUBLICA Nº 04/2022 para la “ADQUISICION DE MATERIALES ELECTRICOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO PUBLICO” y,
CONSIDERANDO
Que por resolución Nº 163/2022 se resolvió la adjudicación de la LICITACION PUBLICA Nº 04/2022.
Que se produjo un error involuntario en el artículo 3º de la mencionada resolución, en virtud a una confusión de denominación de marcas de lámparas, en particular, sobre el ítem 48- lámparas de sodio 70w.
Que es necesario confeccionar el acto administrativo que rectifique de dicho error.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS.
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Rectificar el Artículo 3º únicamente la adjudicación de las firmas CASA BLANCO SA y OACI SA- de la Resolución Nº 163/22 de fecha 31 de Marzo de 2022, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTÍCULO 3º.- Adjudicar la LICITACION PUBLICA Nº 04/2022, para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES ELECTRICOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO PUBLICO” a la firma CASA BLANCO S.A, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas y ser su oferta de menor valor, la suma de PESOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 10.212.994,00.-) por la provisión de:
****A la firma OACI S.A, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, ser su oferta de valores convenientes y de menor valor, la suma de PESOS OCHO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 20/100 ($ 8.157.485,20.-) por la provisión de:
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; notifíquese a las firmas CASA BLANCO SA y OACI SA, para su notificación intervenga la Oficina de Compras.
M.B/
Gl
Registrado bajo el Nº 175/2022
EXPEDIENTE Nº 9610/8/2015 - Cpo1
Mar del Plata, 08 de Abril de 2022
VISTO el expediente Nº 9610/8/2015 - Cpo1 que trata la utilización de un espacio reservado requerido por Espacio Clarín sito en la calle Alberti Nº 1242, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 32/2015 de fecha 06 de Febrero de 2015 se autorizó la utilización de un (1) espacio reservado de siete (07) metros con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas frente al inmueble sito en la calle Alberti Nº 1242.
Que a fs. 20 obra agregada intimación de deuda cursada por la División Recursos, constatando la inexistencia de la firma.
Que a fs. 26 División Recursos solicita se analice la posibilidad de dar de baja de oficio dicho espacio y adjunta informe de deuda.
Que a fs. 28 el Departamento ingeniería de Tránsito sugiere dar de baja el espacio en cuestión y asimismo dar intervención a la Asesoría Letrada.
Que a fs. 30 el Departamento de Asesoría Legal informa que: “… considera respecto a la deuda que no puede ser ejecutada atento que no puede emitirse titulo ejecutivo alguno en virtud de que la cuenta se encuentra a nombre de “ ESPACIO CLARÍN”, siendo una denominación pero no una persona jurídica ejecutable. Asimismo no consta que el propietario del inmueble o bien el titular del establecimiento habilitado según se informa a fs. 25 se encuentre obligado a pago. Por lo expuesto se sugiere, en concordancia con el informe de Ingeniería de Tránsito y Recursos (fojas. 22/26 y 28) dar de baja de oficio el espacio otorgado por Resolución 32/2015…”
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dar de baja el espacio reservado de siete (07) metros con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas otorgado a ESPACIO CLARÍN mediante Resolución Nº 32/2015, frente al inmueble sito en la calle Alberti Nº 1242.
ARTICULO 2º. Dese de baja a la deuda que registra la cuenta nº P-3000000468 generada en concepto de derechos de uso de espacio público, cuyo titular es ESPACIO CLARÍN, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 3.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 176/2022
EXP. Nº 4104-1-2008 CUERPO 1
Mar del Plata, 08 de Abril de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 4104-1-2008 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado utilizado por el Colegio Don Orione frente al inmueble sito en la calle Quintana Nº 3350 y en la calle Matheu Nº 3349 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 346/2007 de fecha 28 de Noviembre de 2007, se autorizó al COLEGIO DON ORIONE la utilización de un (1) espacio de doce (12) metros con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 07:30 a 18:00 horas frente al inmueble sito en la calle Quintana Nº 3350 y la utilización de un (1) espacio de doce (12) metros con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 07:30 a 18:00 horas frente al inmueble sito en la calle Matheu Nº 3349.
Que por Ordenanza Nº 24998 se ha condonado la deuda en concepto de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos a los establecimientos educativos por el periodo 2020 y que por Decreto reglamentario Nº 1782/2021 se otorga exención por el periodo 2021 reuniendo los requisitos enunciados en el mismo.
Que a fs. 16 el establecimiento educativo solicita la exención de la tasa de Derechos por uso y ocupación del espacio público según la Ordenanza 24998.
Que a fs. 71/72 la División Recursos adjunta informe de de deuda y requiere intervención del Departamento de Asesoría legal.
Que a fs., 73 el Departamento de Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención solicitada.
Que a fs. 75 División Recursos solicita que previo a la emisión de la exención, deberá rectificarse la Resolución 346/2007 y se deberá suscribir el nombre de la razón social vigente, adjuntando constancia de inscripción de AFIP a fs. 74.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución nº 346/2007 de fecha 28 de Noviembre de 2007, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1: Autorizar a la Asociación Civil Pequeña Obra de la Divina Providencia Colegio Primario Jose M. Estrada, la utilización de:
Los que serán demarcados, señalizados y mantenidos por el recurrente.
ARTÍCULO 2º: Exímase a dicho establecimiento educativo del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.-
ARTICULO 2º.- Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 177/2022
Mar del Plata, 8 de Abril de 2022
VISTO que la agente Carla Valeria Simon – Legajo Nº 28795/1 - hará uso de Premio por Presentismo desde el 08 de abril al 18 de abril de 2022 y Licencia por descanso anual desde el 19 de abril al 27 de abril de 2022 inclusive, y
CONSIDERANDO
Que la agente Simon se encuentra a cargo de la División Recursos desde el 1º de marzo de 2020, mediante Resolución Nº 89/2020.
Que por lo expuesto durante el período que la agente Carla Valeria Simon se encuentre haciendo uso de licencia es necesario suspender la atención y firma de la División Recursos y encomendarle dichas funciones a la agente Elena Melisa Facal – Legajo Nº 29162/1 -.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Suspender, durante el período comprendido entre el 08 de abril al 27 de abril de 2022 inclusive, la atención y firma de la Dirección Recursos, a la agente CARLA VALERIA SIMON - Legajo Nº 28795/1 – Supervisor Administrativo -, dejándose constancia que fuera de esas fechas la agente Simon continuará con las funciones encomendadas oportunamente mediante Resolución Nº 89/2020.
ARTÍCULO 2º.- Encomendar, durante el período comprendido entre el 08 de abril al 27 de abril de 2022, inclusive, la atención y firma de la División Recursos, a la agente ELENA MELISA FACAL - Legajo Nº 29162/1 – Técnico III -, por las razones puntualizadas en el exordio.
ARTÍCULO 3º.- Dar al Registro de Resoluciones y notificar por el Departamento de Personal del EMVIAL.-
sbe.
Registrado bajo el Nº 178/2022
EXPEDIENTE Nº 6838/5/ 2015 Cpo1
Mar del Plata, 08 de Abril de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 6838/5/2015 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Belgrano Nº 4822 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 52 se solicita la renovación del espacio reservado de calle Belgrano 4822, para el estacionamiento del vehículo PEUGEOT 408 – DOMINIO LNG678.
Que a fs. 53 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros.
Que dicho informe cuenta con el visto bueno de la Vicepresidencia del Ente.
Que a fs. 55 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “…consta a fojas 46 Resolución de baja de espacio reservado registrada bajo el nº 22/2022… … en virtud de lo expuesto, se le debe imprimir al presente el trámite de SOLICITUD, ergo previamente a dictar lo que por derecho corresponda, el solicitante debe acompañar la documentación faltante consistente en : certificado de discapacidad vigente, fotocopia de DNI y licencia de conducir…”
Que a fs. 57/60 obra agregada la documentación requerida.
Que a fs. 62 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… teniendo en cuenta el informe producido por del Departamento Ingeniería de Tránsito de fs. 53… …con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d), no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente…”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar al Señor VICTOR OSVALDO DILOSA – DNI 10.590.007, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros por discapacidad con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo PEUGEOT 408 – DOMINIO LNG678, frente al inmueble sito en la calle BELGRANO Nº 4822, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 179/2022
EXPEDIENTE Nº 900/A/2021 Cpo1
Mar del Plata, 19 de Abril de 2022
VISTO el requerimiento efectuado por el Sr. Joaquín Moreno representación del establecimiento Cervecería Alarde ubicada en la calle Olavarría Nº 3315, mediante Expediente Nº 900/A/2022 - Cpo1, y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01/20 el Sr. Joaquín Moreno solicita autorización para instalar un módulo de estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Olavarría Nº 3315.
Que a fs. 21 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no existen inconvenientes de orden técnico para acceder a dicha solicitud; sugiriendo otorgar la utilización de un espacio reservado de seis (6) metros.
Que a fs. 23 la División Recursos informa respecto a los valores que deberá abonar el solicitante en concepto de canon anual por el uso de espacio público, proporcional al momento de otorgamiento; valores sujetos a ajuste a la espera de la Ordenanza Impositiva 2022.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Autorizar a la firma COSTANERA 911 S.A., la utilización de un espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en calle OLAVARRÍA Nº 3315, el que deberá ser instalado, señalizado y conservado por el recurrente.
ARTÍCULO 2.-La autorización otorgada por el artículo anterior solo tendrá efecto a partir del momento en que el solicitante realice el pago del canon anual establecido en la Ordenanza Impositiva vigente y está condicionada al estricto cumplimiento por parte del mismo, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 3.- Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.-
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 180/2022
EXPTE. 248-C-2022/1
Mar del Plata, 19 de Abril de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 248-C-2022 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Pública Nº 04/2022 para la “ADQUISICION DE MATERIALES ELECTRICOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO PUBLICO”, y
CONSIDERANDO
Que la presente contratación se adjudicó a las firmas OACI SA, DI GIOVANNI EDUARDO, CASA BLANCO SA, ENLUZ S.A, NEA-ELEC SA y FERRERO CONSTRUCCIONES SRL.
Que mediante las solicitudes de Pedido Nº 490, 493, 495, 498, 506 y 508, el Departamento de Alumbrado Público solicita la provisión de materiales eléctricos.
Que la Oficina de Compras informa que el monto de la adquisición requerida es de PESOS DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 15/100 ($ 17.312.594,15.-).
Que la misma se podría tramitar bajo la ampliación de la licitación de referencia, amparada bajo el artículo 16º del Pliego de Bases y Condiciones.
Que la Contaduría procede a imputar preventivamente el gasto.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Ampliar la adjudicación efectuada a las firmas OACI SA, DI GIOVANNI EDUARDO, CASA BLANCO SA, ENLUZ S.A, NEA-ELEC SA y FERRERO CONSTRUCCIONES SRL, en los términos de la Licitación Pública Nº 04/2022, para la “ADQUISICION DE MATERIALES ELECTRICOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO PUBLICO”, manteniéndose las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 2.- La ampliación a que se refiere el artículo primero asciende a la suma de PESOS CINCO MILLONES CIENTO SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 00/100 ($ 5.106.497,00.-) a la firma CASA BLANCO SA; la suma de PESOS UN MILLON CIENTO CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES CON 00/100 ($ 1.141.233,00.-) a la firma ENLUZ SA; la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 2.477.500,00) a la firma FERRERO CONSTRUCCIONES SRL; la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MIL CINCUENTA CON 00/100 ($ 166.050,00.-) a la firma NEA ELEC SA; la suma de PESOS CUATRO MILLONES SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 70/100 ($ 4.078.558,70.-) a la firma OACI SA; la suma de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 45/100 ($ 4.342.755,45.-) a la firma DI GIOVANNI EDUARDO.
ARTÍCULO 3.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente resolución.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Empresa Contratista.
M.B
g.l.
Registrado bajo el Nº 181/2022.
EXPEDIENTE Nº 404-C-21 Cpo.01
Mar del Plata, 19 de Abril de 2022.-
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 404-C-21 Cpo. 1 Alc. 01 relacionadas con la Licitación Pública Nº 08/21 para la contratación de las “OBRAS DE PAVIMENTACION Y CONSERVACION VIAL” y considerando,
Que las obras “CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA Y PAVIMENTACION DE 12 DE OCTUBRE E/ R. UNIVERSITARIA Y AV. PTE. PERON (EX RUTA 88)” y “BACHEO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON”, fueron adjudicadas a la empresa PASALTO MATERIALES SRL, mediante resolución número 139/21 y ambas obras fueron iniciadas los días 26 y 19 de Julio de 2021, respectivamente.
Que al ser el plazo de obra de ciento veinte (120) días contados a partir de la firma del Acta de Inicio de Obras, la fecha de finalización de las mismas, sería los días 23 y 16 de Noviembre de 2021, respectivamente.
Que mediante Resolución de Presidencia Nro. 358/21 se había ampliado el plazo de obras por veintiséis (26) y veintiocho (28) días, respectivamente, resultando los nuevos días de finalización de Obra, los días 19 de Diciembre de 2021 y 14 de Diciembre de 2021, respectivamente.
Que la Dirección de Obras del ente adjunta un resumen mensual para los meses de Noviembre y Diciembre de 2021, con los días de suspensión de tareas por causas meteorológicas y feriados, sugiriendo la ampliación del plazo de obra por quince (15) días corridos, para cada una de ellas.
Que el artículo 5º de las Cláusulas Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones prevé la ampliación de los plazos de obra por cuestiones meteorológicas, feriados e imprevistos.
Que en virtud de que el Municipio se encuentra a la espera de la firma de la addenda para reducir el monto de obra adjudicado, y que la empresa ha ejecutado el 93.95% de la obra “BACHEO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON” y el 83.95% de la obra “DE CORDON CUNETA Y PAVIMENTACION DE 12 DE OCTUBRE E/ R. UNIVERSITARIA Y AV. PTE. PERON (EX RUTA 88)”, se hace necesario neutralizar el plazo de obra previsto, hasta tanto se reciba la addenda al convenio por parte del Ministerio de Infraestructura y de Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Ampliar el plazo de finalización de Obra a la empresa PASALTO MATERIALES SRL, para la ejecución de la Obra “OBRAS DE PAVIMENTACION Y CONSERVACION VIAL”- “CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA Y PAVIMENTACION DE 12 DE OCTUBRE E/ R. UNIVERSITARIA Y AV. PTE. PERON (EX RUTA 88)” y “BACHEO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON, quince (15) días corridos, para cada una de las obras adjudicadas.
ARTÍCULO 2º.- Establecer nuevas fechas de finalización de obras las que serían el día 02 de Enero de 2022 para la obra “CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA Y PAVIMENTACION DE 12 DE OCTUBRE E/ R. UNIVERSITARIA Y AV. PTE. PERON (EX RUTA 88)” y el día 30 de Diciembre de 2021, para la obra “BACHEO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON”.
ARTICULO 3º.- Neutralizar el plazo de las obras “CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA Y PAVIMENTACION DE 12 DE OCTUBRE E/ R. UNIVERSITARIA Y AV. PTE. PERON (EX RUTA 88)” y “BACHEO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON”, desde el día 2 de Enero de 2022.
ARTICULO 4º.- Dese al Registro de Resoluciones; para su notificación y demás efectos intervengan la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB
g.l.
Registrado bajo el Nº 182/2022
EXP. Nº 11435-2-2004 CUERPO 1
Mar del Plata, 20 de Abril de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 11435-2-2004 Cpo. 1, referido a la utilización de espacios reservados para el estacionamiento del transporte escolar utilizado por Instituto Santa Cecilia frente al inmueble sito en la calle Córdoba Nº 1338 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 185/2016 de fecha 08 de Julio de 2016, la Presidencia del EMVIAL autorizó al INSTITUTO SANTA CECILIA la utilización de dos (2) espacios reservados para el estacionamiento del transporte escolar frente al inmueble sito en la calle Córdoba Nº 1368.
Que por Ordenanza Nº 24998 se ha condonado la deuda en concepto de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos a los establecimientos educativos por el periodo 2020 y que por Decreto reglamentario Nº 1782/2021 se otorga exención por el periodo 2021 reuniendo los requisitos enunciados en el mismo.
Que a fs. 74 la Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención solicitada.
Que a fs. 76 División Recursos informa que: “… visto lo dictaminado por Asesoría Legal a fs. 74 y lo establecido por la Ordenanza 24998, se eleva para la confección del acto administrativo…” “… se informa también que previo a la emisión de la exención, deberá rectificarse la resolución Nº 185/2016, y se deberá suscribir el nombre de la razón social vigente. Se adjunta constancia de inscripción de AFIP para tal fin…”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 2º de la Resolución nº 185/2016 de fecha 08 de Julio de 2016, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 2º: Autorizar al Instituto Santa Cecilia – Hijas de María Santísima del Huerto (Hermanas del Huerto) CUIT: 30-67681738-3, la utilización de dos (2) espacios reservados de doce (12) metros para el estacionamiento del transporte escolar frente al inmueble sito en la calle Córdoba Nº 1368, los que deberán ser construidos, señalizados y conservados por el recurrente.
ARTÍCULO 2º: Exímase a dicho establecimiento educativo, del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.-
ARTICULO 3º: Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.
ARTÍCULO 4º: Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 183/2022
EXP. Nº 7073-4-2014 CUERPO 1
Mar del Plata, 20 de Abril de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 7073-4-2014 Cpo. 1, referido a la utilización de un espacio reservado para el estacionamiento del transporte de escolares utilizado por el Colegio Albert Schweitzer frente al inmueble sito en la calle Avellaneda Nº 3755 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 296/2016 de fecha 27 de Octubre de 2016, la Presidencia del EMVIAL autorizó al COLEGIO ALBERT SCHWEITZER la utilización de un (1) espacio reservado de ocho (8) metros frente al inmueble sito en la calle Avellaneda Nº 3755.
Que por Ordenanza Nº 24998 se ha condonado la deuda en concepto de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos a los establecimientos educativos por el periodo 2020 y que por Decreto reglamentario Nº 1782/2021 se otorga exención por el periodo 2021 reuniendo los requisitos enunciados en el mismo.
Que a fs. 25 la Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención solicitada.
Que a fs. 26 División Recursos informa que: “… visto lo dictaminado por Asesoría Legal a fs. 25 y lo establecido por la Ordenanza 24998, se eleva para la confección del acto administrativo…” “… se informa también que previo a la emisión de la exención, deberá rectificarse la resolución Nº 296/2016, a nombre del titular de la habilitación según consta en copia adjunta a fs. 07…”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución nº 296/2016 de fecha 27 de Octubre de 2016, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1º: Autorizar al Colegio Alberto Schweitzer S.A., la utilización de un (1) espacio reservado de ocho (8) metros, con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 07:30 a 17:30 horas frente al inmueble sito en la calle Avellaneda Nº 3755, el que será señalizado, demarcado y mantenido por el recurrente.
ARTÍCULO 2º: Exímase a dicho establecimiento educativo, del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.-
ARTICULO 3º: Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.
ARTÍCULO 4º: Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 184 /2022
EXP. Nº 13184-8-2012 CUERPO 1
Mar del Plata, 20 de Abril de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 13184-8-2012 Cpo. 1, referido a la autorización para instalar un módulo de estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Arenales Nº 2740 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 498/2012 de fecha 08 de Agosto de 2012, la Presidencia del ENOSUR autorizó a la UNIVERSIDAD ATLANTIDA ARGENTINA la utilización de un espacio reservado para la instalación de un módulo de estacionamiento de motos y bicicletas de seis (06) frente al inmueble sito en la calle Arenales Nº 2740.
Que por Ordenanza Nº 24998 se ha condonado la deuda en concepto de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos a los establecimientos educativos por el periodo 2020 y que por Decreto reglamentario Nº 1782/2021 se otorga exención por el periodo 2021 reuniendo los requisitos enunciados en el mismo.
Que a fs. 37 la Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención solicitada.
Que a fs. 39 División Recursos informa que: “… visto lo dictaminado por Asesoría Legal a fs. 37 y lo establecido por la Ordenanza 24998, se eleva para la confección del acto administrativo…” “… se informa también que previo a la emisión de la exención, deberá rectificarse la resolución Nº 498/2012, y se deberá suscribir el nombre de la razón social vigente. Se adjunta constancia de inscripción de AFIP para tal fin…”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución nº 498/2012 de fecha 08 de Agosto de 2012, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1: Autorizar a la Fundación de la Atlántida Argentina, la utilización de un espacio reservado para la instalación de un módulo de estacionamiento de motos y bicicletas de seis (06) metros frente al inmueble sito en la calle Arenales Nº 2740, el que deberá ser construido, señalizado, y conservado por el recurrente.
ARTÍCULO 2º: Exímase a dicho establecimiento educativo, del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.-
ARTICULO 3º: Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.
ARTÍCULO 4º: Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 185/2022
EXPEDIENTE Nº 510/C/2022
Mar del Plata, 21 de Abril de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 510-C-2022 Cpo. 1 Alc. 0, relacionado con la obra “DEMARCACION HORIZONTAL- PRIMERA RED DE CICLOVIAS MGP- EJE MITRE (parcial)” y,
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Licitación Publica.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llámese a Licitación Privada Nº 16/2022 para la obra “DEMARCACION HORIZONTAL- PRIMERA RED DE CICLOVIAS MGP- EJE MITRE (parcial)”, en un todo de acuerdo con el Pliego que se aprueba en el articulo anterior, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma de PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 7.762.500,00.-).
ARTÍCULO 3.- Fíjese para el día 29 de Abril de 2022 a las 11:00 horas la apertura de las propuestas que serán presentadas en la Oficina de Compras del Ente hasta el día y hora del acto de apertura, en un todo de acuerdo con lo establecido en Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 4.- Conformase una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la presente Licitación con un representante de las siguientes áreas: Dirección General, Contaduría, Oficina de Compras e Ingeniería de Tránsito.
ARTÍCULO 5.- Invitase a participar a las firmas del ramo.
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 7.- Dese el Registro de Resoluciones comuníquese a quienes corresponda.
MB
g.l.
Registrado bajo el Nº 186/2022
EXPEDIENTE Nº 408/C/2022
Mar del Plata, 21 de Abril de 2022
VISTO el Expediente Nº 408-C-2022 Cpo. 1, alcance 0, referente al llamado a Concurso de Precios para la “ADQUISICIÓN de MATERIALES PARA LA HERRERÍA”, y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el Artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Concurso de Precios.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llámese a Concurso de Precios Nº 06/2022 para la “ADQUISICIÓN de MATERIALES PARA LA HERRERIA”, cuya apertura se llevará a cabo el día 28 de Abril de 2022 a las 11,00 horas.
ARTÍCULO 3.- Conformase una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para el presente Concurso con un representante de las siguientes áreas: Dirección General, Contaduría, Departamento de Compras, y Laboratorio.
ARTÍCULO 4.- Invitase a participar a las firmas del ramo.
ARTÍCULO 5.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 6.- Dese al Registro de Resoluciones; comuníquese a quienes corresponda.
M.B. /
g.l.
Registrado bajo el Nº 187/2022
EXPEDIENTE Nº 503/C/2022
Mar del Plata, 21 de Abril de 2022
VISTO el Expediente Nº 503-C-2022 Cpo. 1, alcance 0, referente al llamado a Concurso de Precios para la “ADQUISICIÓN de SERVIDOR INFORMATICO”, y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el Artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Concurso de Precios.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llámese a Concurso de Precios Nº 07/2022 para la “ADQUISICIÓN de SERVIDOR INFORMATICO”, cuya apertura se llevará a cabo el día 03 de Mayo de 2022 a las 11,00 horas.
ARTÍCULO 3.- Conformase una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para el presente Concurso con un representante de las siguientes áreas: Dirección General, Contaduría, Departamento de Compras e Informática.
ARTÍCULO 4.- Invitase a participar a las firmas del ramo.
ARTÍCULO 5.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 6.- Dese al Registro de Resoluciones; comuníquese a quienes corresponda.
M.B. /
g.l.
Registrado bajo el Nº 188/2022
EXPEDIENTE Nº 491/C/2022-
Mar del Plata, 21 de Abril de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 491-C-2022 Cpo. 1 Alc. 0, relacionado con la “ADQUISICION DE ASFALTO CA30” y,
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Licitación Pública.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y HACIENDO USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llamase a Licitación Pública Nº 07/2022 para la “ADQUISICION DE ASFALTO CA30”, en un todo de acuerdo con el Pliego que se aprueba en el articulo anterior, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma de Pesos VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 23.210.520,00.-).
ARTÍCULO 3.- Fíjese para el día 13 de Mayo de 2022 a las 11:00 horas la apertura de las propuestas que serán presentadas en la Oficina de Compras del Ente hasta el día y hora del acto de apertura, en un todo de acuerdo con lo establecido en Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 4.- Conformase una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la presente Licitación con un representante de Dirección General, Contaduría; Oficina de Compras y Departamento de Laboratorio.
ARTÍCULO 5.- Efectúense las correspondientes publicaciones, por un (1) día en el Diario La Capital, un (1) día en diario digital de la ciudad, dos (2) días en Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y publicación en la pagina Municipal.
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 7.- Dese el Registro de Resoluciones comuníquese a quienes corresponda.
M.B.
Gl
Registrado bajo el Nº 189/2022
EXPEDIENTE Nº 515/C/2022-
Mar del Plata, 21 de Abril de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 515-C-2022 Cpo. 1 Alc. 0, relacionado con la “ADQUISICION DE CEMENTO CPC40 A GRANEL” y,
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Licitación Pública.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y HACIENDO USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llamase a Licitación Pública Nº 08/2022 para la “ADQUISICION DE CEMENTO CPC40 A GRANEL”, en un todo de acuerdo con el Pliego que se aprueba en el articulo anterior, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma de Pesos CATORCE MILLONES SETECIENTOS MIL CON 00/100 ($ 14.700.000,00.-).
ARTÍCULO 3.- Fíjese para el día 12 de Mayo de 2022 a las 11:00 horas la apertura de las propuestas que serán presentadas en la Oficina de Compras del Ente hasta el día y hora del acto de apertura, en un todo de acuerdo con lo establecido en Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 4.- Conformase una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la presente Licitación con un representante de Dirección General, Contaduría; Oficina de Compras y Departamento de Laboratorio.
ARTÍCULO 5.- Efectúense las correspondientes publicaciones, por un (1) día en el diario La Capital, un (1) día en diario digital de la ciudad, dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y publicación en la página Municipal.
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 7.- Dese el Registro de Resoluciones comuníquese a quienes corresponda.
M.B.
g.l.
Registrado bajo el Nº 190/2022
EXPTE. 391-C-2022/1
Mar del Plata, 22 de Abril de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 391-C-2022 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 13/2022 para la “ADQUISICION DE CEMENTO CPC40 A GRANEL”, y
CONSIDERANDO
Que la presente contratación se adjudicó a la firma CEMENTOS AVELLANEDA S.A.
Que mediante la Solicitud de Pedido Nº 539/22 el Departamento de Laboratorio solicita la provisión de sesenta y nueve (69) toneladas de Cemento a Granel.
Que la Oficina de Compras informa que el monto de la adquisición requerida es de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 07/100 ($ 964.553,07.-).
Que la misma se podría tramitar bajo la ampliación de la licitación de referencia, amparada bajo el artículo 22º del Pliego de Bases y Condiciones.
Que la Contaduría procede a imputar preventivamente el gasto.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Ampliar la adjudicación efectuada a la firma CEMENTOS AVELLANEDA S.A en los términos de la Licitación Privada Nº 13/2022, para la “ADQUISICION DE CEMENTO CPC40 A GRANEL”, manteniéndose las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 2.- La ampliación a que se refiere el artículo primero asciende a la suma de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 07/100 ($ 964.553,07.-), a la firma CEMENTOS AVELLANEDA S.A.
ARTÍCULO 3.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente resolución.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Empresa Contratista.
M.B
g.l.
Registrado bajo el Nº 191/2022
EXP. Nº 4128 LETRA 9 AÑO 2019 CUERPO 1
Mar del Plata, 25 de abril de 2022.-
VISTO el requerimiento efectuado por la Sra. Verónica C. González, representante legal del INSTITUTO STELLA MARIS ADORATRICES en el cual solicita la exención por el periodo 2021 en concepto de Derechos por uso y/o Ocupación del espacio público destinado a estacionamiento, y
CONSIDERANDO
Que por Ordenanza Nº 24998 se ha condonado la deuda en concepto de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos a los establecimientos educativos por el periodo 2020 y que por Decreto reglamentario Nº 1782/2021 se otorga exención por el periodo 2021 reuniendo los requisitos enunciados en el mismo.
Que a fs. 27/52 se adjunta constancia de adhesión al “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” y nómina de empleados beneficiarios
Que a fs. 54 la División Recursos informa que la Cuenta Nº 3000000550 cuyo titular es el INSTITUTO STELLA MARIS ADORATRICES no registra deuda.
Que a fs. 55 la Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención solicitada.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Exímase al INSTITUTO STELLA MARIS ADORATRICES del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.-
ARTÍCULO 2º: Dése el registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos para su notificación y demás efectos; cumplido tomen conocimiento la Contaduría y Tesorería.
MB/
emf
Registrado bajo el Nº 192/2022
EXP. Nº 8712 LETRA 0 AÑO 2019 CUERPO 1
Mar del Plata, 25 de abril de 2022.-
VISTO el requerimiento efectuado por la Sra. Cecilia Laquidain, representante legal del INSTITUTO PRIVADO LUIS PIEDRABUENA S.R.L., en el cual solicita la exención por el periodo 2021 en concepto de Derechos por uso y/o Ocupación del espacio público destinado a estacionamiento, y
CONSIDERANDO
Que por Ordenanza Nº 24998 se ha condonado la deuda en concepto de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos a los establecimientos educativos por el periodo 2020 y que por Decreto reglamentario Nº 1782/2021 se otorga exención por el periodo 2021 reuniendo los requisitos enunciados en el mismo.
Que a fs. 30-38 se adjunta constancia de adhesión al “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción”.
Que a fs. 39 la División Recursos informa que la Cuenta Nº 3000000548 cuyo titular es el INSTITUTO PRIVADO LUIS PIEDRABUENA S.R.L.no registra deuda.
Que a fs. 40 la Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención solicitada.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Exímase al INSTITUTO PRIVADO LUIS PIEDRABUENA S.R.L, del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.-
ARTÍCULO 2º: Dése el registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos para su notificación y demás efectos; cumplido tomen conocimiento la Contaduría y Tesorería.
MB/
a.z.
Registrado bajo el Nº 193/2022
EXPEDIENTE Nº 468-C-21 Cpo.01
Mar del Plata, 25 de Abril de 2022.-
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 468-C-21 Cpo. 1 Alc. 01 relacionadas con la Licitación Pública Nº 12/21 para la contratación de las “OBRAS DE CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA Y PAVIMENTACION CON CARPETA ASFALTICA, FRESADO Y RECAPADO DE PAVIMENTOS ASFALTICOS Y BACHEO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON” y considerando,
Que las obras “CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA Y PAVIMENTACION CON CARPETA ASFALTICA”, “FRESADO Y RECAPADO DE PAVIMENTOS ASFALTICOS” y “BACHEO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON”, fueron adjudicadas a la empresa PASALTO MATERIALES SRL, mediante resolución número 204/21 y fueron iniciadas los días 25 de Octubre de 2021, 10 de Enero y 15 de Febrero de 2022, respectivamente.
Que al ser el plazo de obra de ciento veinte (120) días contados a partir de la firma del Acta de Inicio de Obras, para la Obra Número 1, y sesenta (60) días contados a partir de la firma del Acta de Inicio de Obras, para la Obra Número 2; la fecha de finalización de las mismas, serían los días 22 de Febrero y 11 de Marzo de 2022, respectivamente.
Que la Dirección de Obras del ente adjunta un resumen mensual para los meses de Noviembre y Diciembre de 2021 y Enero, Febrero y Marzo de 2022, con los días de suspensión de tareas por causas meteorológicas, feriados y temporada estival, sugiriendo la ampliación del plazo de obra por cincuenta y ocho (58) y treinta y seis (36) días corridos, respectivamente.
Que teniendo en cuenta estos días de ampliación de plazo, es necesario establecer las nuevas fechas de finalización de obras.
Que el artículo 5º de las Cláusulas Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones prevé la ampliación de los plazos de obra por cuestiones meteorológicas, feriados e imprevistos.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Ampliar el plazo de finalización de Obra a la empresa PASALTO MATERIALES SRL, para la ejecución de la Obra “CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA Y PAVIMENTACION CON CARPETA ASFALTICA” y “FRESADO Y RECAPADO DE PAVIMENTOS ASFALTICOS”, cincuenta y ocho (58) y treinta y seis (26) días corridos, para cada una de las obras adjudicadas.
ARTÍCULO 2º.- Establecer nuevas fechas de finalización de obras las que serán el día 21 de Abril de 2022 para la obra “CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA Y PAVIMENTACION CON CARPETA ASFALTICA” y el día 16 de Abril de 2022, para la obra “FRESADO Y RECAPADO DE PAVIMENTOS ASFALTICOS”.
ARTICULO 3º.- Dese al Registro de Resoluciones; para su notificación y demás efectos intervengan la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB
g.l.
Registrado bajo el Nº 194 /2022
EXPEDIENTE Nº 630-C-21 Cpo.01
Mar del Plata, 25 de Abril de 2022.-
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 630-C-21 Cpo. 1 Alc. 01 relacionadas con la Licitación Pública Nº 15/21 para la contratación de las “OBRAS DE PAVIMENTACION Y RECONSTRUCCION DE PAVIMENTOS ASFALTICOS DE HORMIGON” y,
CONSIDERANDO
Que las obras “PAVIMENTACION CON CORDON CUNETA Y CARPETA ASFALTICA EN ITUZAINGO E/ CNEL SUAREZ Y TANDIL” y “BACHEO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON”, fueron adjudicadas a la empresa PASALTO MATERIALES SRL, mediante resolución número 277/21 y fueron iniciadas los días 15 de Febrero de 2022 y 09 de Diciembre de 2021, respectivamente.
Que al ser el plazo de obra de noventa (90) días contados a partir de la firma del Acta de Inicio de Obras; la fecha de finalización de las mismas, serían los días 16 de Mayo y 09 de Marzo de 2022, respectivamente.
Que la Dirección de Obras del ente adjunta un resumen mensual para los meses de Febrero y Marzo de 2022 para la Obra PAVIMENTACION CON CORDON CUNETA Y CARPETA ASFALTICA EN ITUZAINGO E/ CNEL SUAREZ Y TANDIL y Diciembre, Enero, Febrero y Marzo de 2022 para la Obra BACHEO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON, con los días de suspensión de tareas por causas meteorológicas, feriados y temporada estival, sugiriendo la ampliación del plazo de obra por diecisiete (17) días corridos y treinta y siete (37) días corridos, respectivamente.
Que teniendo en cuenta estos días de ampliación de plazo, es necesario establecer las nuevas fechas de finalización de obras.
Que el artículo 5º de las Cláusulas Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones prevé la ampliación de los plazos de obra por cuestiones meteorológicas, feriados e imprevistos.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Ampliar el plazo de finalización de Obra a la empresa PASALTO MATERIALES SRL, para la ejecución de la Obra “PAVIMENTACION CON CORDON CUNETA Y CARPETA ASFALTICA EN ITUZAINGO E/ CNEL SUAREZ Y TANDIL” y “BACHEO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON”, diecisiete (17) días corridos y treinta y siete (37) días corridos, para cada una de las obras adjudicadas.
ARTÍCULO 2º.- Establecer nuevas fechas de finalización de obras, las que serán el día 02 de Junio de 2022 para la obra “PAVIMENTACION CON CORDON CUNETA Y CARPETA ASFALTICA EN ITUZAINGO E/ CNEL SUAREZ Y TANDIL” y el día 15 de Abril de 2022, para la obra “BACHEO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON”.
ARTICULO 3º.- Dese al Registro de Resoluciones; para su notificación y demás efectos intervengan la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB
g.l.
Registrado bajo el nº 195 /2022
EXP. Nº 507 LETRA R AÑO 2021 CUERPO 1
Mar del Plata, 26 de Abril de 2022.-
Visto lo actuado en el presente Expte. Nº 507-R-2021-Cpo.1-0-0, referido al cálculo de costos y a la publicación del Registro de Oposición de la Obra de Pavimentación proyectada para el Barrio Colina de Peralta Ramos y;
CONSIDERANDO
Que la obra fue declarada de Utilidad Pública y Pago Obligatorio mediante la Ordenanza Nº 19.092/09, habiéndose programado la ejecución conforme los proyectos elaborados por el Área Técnica del EMVIAL.
Que de la misma se ha ejecutado la construcción de Cordón Cuneta y Carpeta Asfáltica, detallada en el precedente informe de la Dirección de Obras.
Que de acuerdo a los términos de la Ordenanza citada se establecieron los siguientes planes de pago: A) AL CONTADO: 15% de descuento sobre los valores del prorrateo inicial; B) FINANCIADO: hasta en 48 cuotas con un interés del 1% mensual sobre saldo a partir de la cuota 25, en el caso de que se ejecuten en forma simultánea las dos.
Que en virtud de lo antes expresado corresponde continuar con la planificación efectuada originalmente, disponiendo la emisión de las cuotas conforme a los planes ya enunciados.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la puesta al cobro de las Contribuciones por Mejoras generadas por la obra de: Cordón Cuneta y Carpeta Asfáltica en calles GENOVA entre Vernet y Piedrabuena (1 cuadra), PIEDRABUENA entre Sicilia y Nápoles (2 cuadras), VERNET entre Sicilia y Génova (1 cuadra), GENOVA entre Vucetich y Mosconi (1 cuadra), NAPOLES entre Vucetich y Einstein (3 cuadras), PUAN entre Vucetich y Aguado (2 cuadras), PUAN entre Einstein y Beltrami (1 cuadra), LEBENSOHN entre Vucetich y Aguado (2 cuadras) y MOSCONI entre Av. Fortunato de la Plaza y Génova (4 cuadras) del Barrio COLINA DE PERALTA RAMOS, de acuerdo a los términos y planes financieros publicados en el Registro de Oposición abierto al efecto, iniciándose con el vencimiento de la 1º Cuota y el pago al Contado fijado para el 10/06/2022.
ARTICULO 2º.- Determínense como coeficientes de cálculo los siguientes: $7.623,36 y por ml. de frente y $328,51 por m2 de superficie respectivamente, para la obra de Cordón Cuneta y Carpeta Asfáltica, a aplicar sobre la extensión lineal de frente y la superficie de los inmuebles incluídos en los proyectos.
ARTICULO 3º.-Las cuotas sucesivas vencerán periódicamente hasta agotar el término financiero que corresponda al plan concedido a cada cuenta ó solicitado por sus titulares, siempre que no se produzcan hechos económicos, financieros ó de otro carácter que alteren la planificación efectuada.
ARTÍCULO 4º.- Dése al Registro de Resoluciones y tomen intervención a efectos de instrumentar el cumplimiento de la presente, la División Recursos, Tesorería y conocimiento por Contaduría.
M.B/
a.z.
Registrado bajo el Nº 196/2022
EXPEDIENTE Nº 513/E/22 - Cpo 1
SOLICITUD 11/2022
Mar del Plata, 26 de Abril de 2022.-
VISTO la presentación efectuada por la Empresa EDEA S.A., por la cual solicita autorización para realizar rotura de calle en el marco de la solicitud de referencia, a fin de llevar a cabo la Obra: TENDIDO DE CABLE SUBTERRANEO BAJA TENSION EN LA CALLE TUCUMÁN ENTRE ALBERTI Y GARAY y
CONSIDERANDO:
Que rige para la presente tramitación todo lo dispuesto en la Ordenanza Nº 17427/06.
Que a fs. 58 la Dirección de Obras ha efectuado la valorización correspondiente del sector afectado.
Que la empresa ha efectuado el pago correspondiente a la reparación del pavimento conforme recibo oficial Nº 02/000024487/78
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Otorgar el permiso de rotura correspondiente , conforme a lo establecido en el art. 1º de la Ordenanza Nº 17427, a la empresa EDEA S.A., para realizar trabajos de rotura de pavimento en el siguiente sector:
TUCUMÁN Y RAWSON |
6,60 M2 |
RAWSON Y TUCUMÁN |
6,60 M2 |
ARTICULO 2º.- El permisionario deberá dar cumplimiento a las disposiciones vigentes-muy especialmente a la ORDENANZA Nº 8610-MODIFICADA POR ORDENANZA Nº 12.278- que regula las condiciones de seguridad en el tránsito, al ejecutarse obras en la vía pública.
ARTICULO 3º.- En ningún caso podrá ser afectada la totalidad de la calzada. No se autorizará una nueva rotura de calle, hasta tanto no sea reparada la iniciada anteriormente.
ARTICULO 4º.- El permisionario deberá comunicar al EMVIAL vial mail fehacientemente a prensa@emvialgov.ar con una antelación mínima de veinticuatro (24) horas antes de cada intervención del comienzo de los trabajos de enterramiento de la cañería, y asimismo deberá comunicar con una antelación mínima de cuarenta y ocho (48) horas, fehacientemente mediante nota o vía Mail a la Dirección de Obras; de los trabajos de su tapada correspondiente y finalización de los mismos a los efectos que el ente tome intervención para la posterior reparación.
ARTICULO 5º.- La reparación del pavimento afectado estará a cargo del EMVIAL una vez aprobada la sub-base por el departamento de Laboratorio del EMVIAL.
ARTICULO 6º.- La falta de autorización para la ejecución de los trabajos, la inobservancia de las características técnicas de ejecución y/o reparación o el incumplimiento de los plazos establecidos, o de las órdenes impartidas, dará lugar a la sanción de entre 1 y 20 sueldos mínimos del personal de la Administración Pública Municipal, ello sin perjuicio del pago de la reparación en caso de corresponder según lo establecido en la Ordenanza 17427/06 Art. 7.
ARTICULO 7º.- La responsabilidad civil por la ejecución de la obra y todos sus emergentes, será asumida en forma conjunta y total por EDEA S.A. y la empresa PLANTEL S.A., en su carácter de Contratista de la obra; deslindando de toda responsabilidad a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon.
ARTICULO 8º.- Registrar, notificar a la firma solicitante y por Inspección de Obras, y Laboratorio, procédase a ejecutar los controles correspondientes.
M.B.//
skp
Registrado bajo el Nº 197/2022
EXP. Nº 5795-2-2017 CUERPO 1
Mar del Plata, 27 de Abril de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 5795-2-2017 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado utilizado por el establecimiento comercial “Bruder” ubicado frente al inmueble sito en la calle Mitre Nº 3188 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 77/2017 de fecha 04 de Abril de 2017, se autorizó a la firma DERBRU M.V. S.R.L. propietaria del establecimiento comercial “BRUDER”, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en calle MITRE Nº 3188.
Que a fs. 32 División Recursos solicita se rectifique el artículo 1º de la Resolución 77/2017, otorgando el permiso a la firma propietaria ESTABLECIMIENTO DERBRU M.V. S.R.L. según consta en copia de certificado de habilitación adjunta a fs. 29.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución nº 77/2017 de fecha 04 de Abril de 2017, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1: Autorizar a la firma propietaria ESTABLECIMIENTO DERBRU M.V. S.R.L., la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en calle MITRE Nº 3188, el que será demarcado, señalizado y mantenido por el recurrente.
ARTICULO 2º.- Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 198/2022
EXP. Nº 5110-9-2005 CUERPO 1
Mar del Plata, 27 de Abril de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 5110-9-2005 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado utilizado por la Residencia Geriátrica “David” frente al inmueble sito en la calle Rivadavia Nº 4015 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 74/2005 de fecha 14 de Marzo de 2005, se autorizó a la Residencia Geriátrica “David” la utilización de un (1) espacio reservado para el estacionamiento únicamente de ambulancias que trasladan a las personas residentes de dicho geriátrico, de ocho con sesenta (8,60) metros con vigencia de Lunes a domingo durante las 24 horas frente al inmueble sito en la calle Rivadavia Nº 4015, el que será demarcado, señalizado y mantenido por el recurrente.
Que a fs. 20 División Recursos informa que la Resolución 74/2005se encuentra confeccionada a nombre de fantasía y no al del titular de la habilitación, y solicita se rectifique la resolución de otorgamiento del permiso conforme a lo consignado en el certificado de habilitación adjunto a fs. 18.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución nº 74/2005 de fecha 14 de Marzo de 2005, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1: Autorizar a la Cooperativa de Trabajo para la Salud David Ltda., la utilización de un espacio reservado de ocho con sesenta (8,60) metros para el estacionamiento únicamente de ambulancias que trasladan a las personas residentes del dicho geriátrico, con vigencia de Lunes a Domingos durante las 24 horas frente al inmueble sito en la calle Rivadavia Nº 4015, el que será demarcado, señalizado y mantenido por el recurrente.
ARTICULO 2º.- Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 199/2022
Mar del Plata, 27 de Abril de 2022
VISTO lo dispuesto la Resolución 165/22, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 165/2022 se continua con la modalidad Remuneración por Resultados el “PLAN CERO DE AUMBRADO PUBLICO 2022” con el objeto de intensificar la mano de obra dispuesta para la realización de tareas de reparación en las instalaciones de alumbrado público.
Que en la Resolución 165/2022 no se incluyeron correctamente los pisos productivos, se considera necesario rectificar el Anexo I con los datos que forman parte de la presente a partir de noviembre de 2021
Por ello Y EN USO DE FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar los datos de la Resolución 165/2022 incluidos en el ANEXO I de la presente.
artículo 3º.- Regístrese y comuníquese a las áreas pertinentes.-
Registrado bajo el Nº 200/2022
2022 - ITEMS TAREAS MANTENIMIENTO DE ALUMBRADO PUBLICO |
||||
|
|
|
||
Área |
Orden |
Ítems |
Piso |
Importes p/Unidad |
Guardia |
1 |
Tendido de cruce de calle y vanos |
4 |
$ 1.803,06 |
2 |
Retiro y Colocación de artefactos simple sobre columna existente |
9 |
$ 2.404,08 |
|
3 |
Armado e inst.TC |
0,66 |
$ 53.598,95 |
|
4 |
Acondicionamiento de TC |
2 |
$ 14.424,52 |
|
5 |
Armado de Bandeja TC e Instalación |
0,66 |
$ 43.273,55 |
|
6 |
Armado, reparación y/o instalación comando de encendido |
2 |
$ 14.424,14 |
|
7 |
Cableado de columnas |
10 |
$ 2.884,91 |
|
Obras |
8 |
Reparación o instalación de columna o postes y reparación en calle |
2 |
$ 17.865,92 |
9 |
Pintura en calle, columna 9 metros |
3 |
$ 14.424,52 |
|
10 |
Pintura en taller columna 9 metros |
4 |
$ 8.933,17 |
|
11 |
Puestas a Tierra (inst. jabalina, tres metros de cable desnudo y conexión) |
4 |
$ 7.212,26 |
|
12 |
Acondicionado Caja de conexión subterránea y/o colocación tapas |
8 |
$ 3.573,25 |
|
13 |
Armado sobrebase con HºAº elaborado |
6 |
$ 5.955,44 |
|
14 |
Armado sobrebase, base y/o pozo sin HºAº manual |
3 |
$ 17.866,32 |
|
15 |
Tendido Vano Subterráneo |
70 |
$ 595,57 |
|
16 |
Zanjeado Vano Subterráneo en tierra |
18 |
$ 2.977,72 |
|
17 |
Armado e instalación de caja Conexión nuevas |
6 |
$ 5.955,44 |
|
18 |
Retiro o corrimiento de columnas o postes existentes |
4 |
$ 8.933,17 |
|
19 |
Cortado, doblado y agujereado de brazos |
9 |
$ 2.404,08 |
|
20 |
Fabricación de Tapas cualquier medida |
23 |
$ 1.201,96 |
|
21 |
Reparación Tramo columna Taller |
3 |
$ 17.865,92 |
|
22 |
Armado Columna nueva tres tramos |
2 |
$ 17.865,92 |
|
23 |
Restauración de Monumentos |
0,67 |
$ 85.674,39 |
|
Técnica |
24 |
Recupero de Artefactos |
6 |
$ 2.404,08 |
25 |
Prueba de Artefactos, Engrase |
15 |
$ 721,22 |
|
26 |
Prueba, cableado y engrase de luminarias LED en taller |
10 |
$ 1.442,45 |
|
27 |
Instalación de Brazos |
6 |
$ 4.808,18 |
|
28 |
Prueba y/o Recupero Fotocontrol y Balasto |
90 |
$ 240,03 |
|
29 |
Prueba y/o Recupero Lámparas |
100 |
$ 218,55 |
|
* Ítem 1 |
Equivalencia vanos a Cruce de calle/ Vano 100m= 5 CC |
EXPEDIENTE Nº 424/C/ 2022 Cpo1
Mar del Plata, 29 de Abril de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 424/C/2022 Cpo1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Boulevard Marítimo Patricio Peralta Ramos Nº 2711 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 la Sra. María Luisa Corte con DNI 3.770.514 solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad, para el estacionamiento del vehículo HONDA FIT – DOMINIO HFB011 frente al inmueble de la calle Boulevard Marítimo Patricio Peralta Ramos Nº 2711.
Que a fs. 03/29 obran agregadas copias de: Certificado de discapacidad – Constancia del seguro del vehículo - - Cedula de Identificación del Automotor - Licencia de Conducir del Sr. Otamendi Agustín y del Sr. Otamendi Iñaki - DNI de la solicitante - actuación notarial del inmueble - y nota de autorización de la Administración del Consorcio Edificio Sarmiento 2156.
Que a fs. 30 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros y la intervención de la Asesora Legal.
Que a fs. 33 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento Ingeniería de Tránsito de fs. 16, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d), no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente …”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar a la Señora MARÍA LUISA CORTE - DNI 3.770.514, la utilización de un (1) espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros, con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo HONDA FIT – DOMINIO HFB011, frente al inmueble sito en la calle Boulevard Marítimo Patricio Peralta Ramos Nº 2711, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 201/2022