Boletines/Quilmes
Decreto Nº 1760/2022
Quilmes, 23/05/2022
Visto
la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), la RESOL-2022-6-APN-CNEPYSMVYM#MT y el Decreto Nº 1089/22; y
Considerando
Que se establece como premisa ineludible que ningún
trabajador/a del Municipio, cualquiera sea su situación de revista, percibirá un nivel remunerativo, neto de descuentos previsionales y de obra social menor al salario mínimo, vital y móvil - proporcional a la jornada laboral de seis (6) horas el cual fuera establecido por el Consejo Nacional del Empleo, La Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, creado por la Ley 24.013;
Que por Decreto Nº 1089/22, fueron establecidos los valores correspondientes a la Garantía Salarial para los meses de abril, junio, agosto y diciembre de 2022;
Que mediante el artículo 1º de la Resolución mencionada en el Visto, se establecen los nuevos valores del salario mínimo, vital y móvil para los meses de junio y agosto pasando a ser de: pesos cuarenta y cinco mil quinientos cuarenta ($45.540.-) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, y de pesos doscientos veintisiete con setenta centavos ($227,70) por hora para los trabajadores jornalizados, a partir del 1° de junio de 2022, de pesos cuarenta y siete mil ochocientos cincuenta ($47.850.-) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, y de pesos doscientos treinta y nueve con treinta ($239,30) por hora para los trabajadores jornalizados, a partir del 1° agosto de 2022, y en el Artículo 2º de la misma deroga el incremento correspondiente al mes de diciembre de 2022;
Que la Jornada Laboral en el Municipio de Quilmes es de seis (6) horas, por lo que el monto proporcional neto correspondería a pesos treinta y cuatro mil ciento cincuenta y cinco($ 34.155.-) a partir del 1° de junio de 2022, de pesos treinta y cinco mil ochocientos ochenta y siete con cincuenta centavos($ 35.887,50) a partir del 1° de agosto de 2022;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: MODIFÍCASE el Artículo 1º del Decreto Nº 1089/22 en lo que respecta a los valores de la Garantía Salarial remunerativa, quedando redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 1°: ESTABLÉZCASE una Garantía Salarial remunerativa a los fines de garantizar la remuneración mínima neta dispuesta en los considerandos precedentes, y por un importe que para cada agente, cualquiera sea su situación de revista, y en caso de corresponder, asegure la remuneración neta a pesos veintinueve mil doscientos cinco ($ 29.205), y de pesos ciento noventa y cuatro con setenta centavos ($194,70) por hora
para los trabajadores jornalizados, a partir del 1° de abril de 2022, de pesos treinta y cuatro mil ciento cincuenta y cinco ($ 34.155.-) y de pesos doscientos veintisiete con setenta centavos ($227,70), por hora para los trabajadores jornalizados, a partir del 1° de junio de 2022, de pesos treinta y cinco mil ochocientos ochenta y siete con cincuenta centavos ($ 35.887,50) y de doscientos treinta y nueve con treinta centavos ($239,30), por hora para los trabajadores jornalizados, a partir del 1° de agosto de 2022, las cuales serán absorbidas por los futuros aumentos. Para determinar las mismas se consideraran las sumas de la remuneración, adicionales y/o bonificaciones que perciba el agente, netas de descuentos previsionales y de obra social, exceptuando cargas de familia y asignaciones familiares que pudieran corresponder.-"
ARTÍCULO 2°: El presente será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete. ARTÍCULO 3°: COMUNÍQUESE a quien corresponda, dese al Registro General y ARCHIVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
DECRETO 1760/2022