Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 53
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 07/01/2022
Visto las presentes actuaciones referidas a la celebración de un nuevo Contrato de Locación entre la Municipalidad de Bahía Blanca y el Club Villa Mitre, representado por su presidente Sr. Juan José La Roca DNI Nº 16.024.073 y por su Secretaria, la Sra. Lorena Del Carmen Vidal, D.N.I. Nº 30.262.590, por el uso del inmueble ubicado en calle Garibaldi Nº 131 de la Ciudad de Bahía Blanca, donde desde el año 2017 funciona el Punto Digital Villa Mitre, Actualmente dependiente de la Secretaría de Innovación y Transformación Digital; y,
CONSIDERANDO
Que el día 11 de abril de 2017, comenzo a funcionar en el inmueble alquilado por el Municipio de Bahía Blanca, un Punto Digital, en ese momento dependiente de la Secretaría de Modernización, conforme con la Clausula Quinta del contrato orignario.
Que disuelta la Secretaría de Modernización y Gobierno Abierto, la gestión de Punto Digital pasoó por la administración de la Dirección General de Comunicación, Innovación Pública y Trasnformación Digital en primera instancia, posteriormente por la Subsecretaría de Innovación pública y Comunicación, y también dentro de la órbita de la Dirección General de Tecnologías, Gobierno Digial e Innovación; de Bahía Blanca. Que en la actualidad es gestionado por la Secretaría de Innovación y Trasformación Digital.
Que por motivo de la Pandemia de COVID-19, delcarada por la Organización Munidial de la Salud y el Decreto Nacional 260/2020, prorrogando la mergencia en materia sanitaria declarada por Ley 27.541, el Decreto nacional 297/2020, estableciendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio, y sus prórrogaas, y el Decreto 320/2020, Artículos 3º y 9º Inc. 3, debieron suspenderse las actividades regulares del Punto Digital que tiene lugar en el inmueble alquilado.
Que, con fundamento en la normativa citada precedentemente, el Municipio de Bahía Blanca a traves de la Secretaría de Salud, dispuso que el inmueble, previa conformidad del LOCADOR, sirviera como espacio físico para el personal médico encargado de hacer el seguimiento epidemiológico de casos sospechosos de infección por COVID-19 de manera remota, pudiendo servirse del equipamiento tecnológico del Punto Digital, a tal fin.
Que mediante Decreto 705/2020, se aprueba la ADDENDA incorporada al Contrato de Locación del inmueble en cuestión, estableciendo la prórroga del mismo a partir del 1 de abril del 2020, y hasta el 30 de septiembre de 2020.
Que en vistas a la necesidad de ampliar el Contrato de Locación del inmueble, se incorpora una nueva ADDENDA, aprobada mediante Decreto 1633/2020, donde se establece una prórroga desde el 1 de octubre de 2020 al 31 de diciembre de 2020.
Que finalizado el periodo comprendido en ésta última prórroga, y existiendo la intención, de ambas partes, de ampliar el contrato de locación del inmueble en cuestión, se establece en incorporar una nueva ADDENDA, a partir del 1 de enero del 2021, hasta el 31 de marzo del 2021, que fuera aprobada mediante Decreto 2366/2020.
Que con el objeto de efectuar una nueva ampliación del contrato de locación de las instalaciones ubicadas en calle Garibaldi Nº 131, se aprobó, mediante el Decreto 550/2021, una ADDENDA que establecía la prórroga desde el 1 de abril del 2021 hasta el 31 de diciembre del 2021.
Que el convenio actual de renovación del alquiler del inmueble en cuestión, obrante a fs. 48 y 49, fue celebrado mientras la dependencia Punto Digital, se hallaba presupuestariamente bajo la jurisdicción de Secretaría Privada, hoy Secretaría General; y que actualmente se encuentra bajo la jurisdicción de la Secretaría de Innovación y Transformación Digital.
Que dicho Convenio que fuera firmado, cuenta con el visto bueno de la Dirección Técnica Jurídica, y la correspondiente intervención de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y la Contaduría General, por lo que, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
Artículo 1º: Apruébase en todas sus partes el Contrato de Locación celebrado entre esta Comuna y el Club Villa Mitre, CUIT Nº 30-55353760-2, representado por su presidente Sr. Juan José La Roca DNI Nº 16.024.073 y por su Secretaria, la Sra. Lorena Del Carmen Vidal, D.N.I. Nº 30.262.590, por el alquiler de las instalaciones del inmueble ubicado en calle Garibaldi Nº 131 de ésta ciudad, tal como consta en croquis que se adjunta en el Anexo 1 el presente contrato, obrante a fs. 50, para destinarlo al funcionamiento de un Punto Digital, dependiente de la Secretaría de Innovación y Trasformación Digital, a partir del 1 de enero del 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2023.
Artículo 2º: Autorizase a Contaduría General a liquidar a favor de Club Villa Mitre, CUIT Nº 30-55353760-2, representado por su presidente Sr. Juan José La Roca DNI Nº 16.024.073 y por su Secretaria, la Sra. Lorena Del Carmen Vidal, D.N.I. Nº 30.262.590, tal lo pautado en la cláusula tercera, la suma correspondiente de pesos ochenta y siete mil ($87.000,00) mensuales por el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022; y pesos ciento cuatro mil cuatrocientos ($104.400,00) mensuales por el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2023; y pesos ciento veinticinco mil doscientos ochenta ($125.280,00) mensuales por el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, contra la entrega de la respectiva factura.-
Artículo 3º: El presente gasto que demande lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en la Fuente de Financiamiento: 110, Jurisdicción: 1110122000, Act./Prog./Proy.: 01.01.00, Gasto: 3.2.1.0, del Presupuesto de gastos vigente.-
Artículo 4º: Cúmplase, dése al R.O., notifíquese al interesado. Tomen conocimiento la Subdirección de Planeamiento y Planificación, Contaduría General, Tesorería Municipal y dependencias que se estimen corresponder. Elévese al Honorable Concejo Deliberante. Cumplido: Resérvese.-