Boletines/Las Flores
Decreto Nº 483/2022
Publicado en versión extractada
Las Flores, 17/02/2022
LAS FLORES, 17 de febrero de 2022.-
VISTO:
El Expte. 4063-0523/22;
CONSIDERANDO:
Que el Secretario de Desarrollo Productivo y Sustentable informa que mantiene reuniones con actores integrantes de distintos sectores ligados a emprendimientos productivos y comerciales de nuestra ciudad;
Que los mismos manifiestan dificultades económicas producto de no poder continuar con su emprendimiento y la ausencia de líneas de financiación a las cuales puedan acceder;
Que debido a que los proyectos productivos se encuentran en su estadío inicial o desean comenzar sus actividades requieren apoyo y seguimiento;
Que se evidencia en Las Flores la necesidad de generar emprendimientos productivos exitosos, situación puesta de manifiesto en el contexto actual que ha acentuado el proceso de depresión de los últimos años;
Que es objetivo de esta Secretaría fomentar el desarrollo de alternativas productivas, fomentando la iniciativa emprendedora, contribuyendo a la generación de autoempleo y nuevas actividades independientes;
Que es propósito de este Departamento Ejecutivo colaborar con proyectos productivos que generen fuentes laborales;
Que según el informe contable existen disponibilidades presupuestarias para acceder a lo solicitado;
Que el Municipio está atendiendo las necesidades observadas a distintos sectores productivos y en el caso particular de la Sra. Patricia Rojas, (DNI Nº 25.360.178) solicita una Asistencia Económica para la compra de materia prima para seguir elaborando productos artesanales en su Emprendimiento de Panadería que viene realizando en su domicilio calle Pueblos Originarios Nº 795 de nuestra ciudad.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LAS FLORES
D E C R E T A:
Art. 1°.- Otórgase a la Sra. ROJAS Patricia; (D.N.I. N º 25.360.178) un subsidio de PESOS ======VEINTE MIL ($ 20.000,00), el que deberá ser destinado a la compra de materia prima para seguir elaborando productos artesanales de “Panadería”.
Art. 2°.- La erogación resultante de lo dispuesto precedentemente se imputará a: Jurisdicción =======1110119000 Secretaría de Desarrollo Productivo y Sustentable; Programa 16 “Desarrollo Productivo” - Partida 5.1.8.0. “Asistencia a Pequeños Productores” Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal del Presupuesto de Gastos vigentes
Art. 3°.- Cúmplase, comuníquese a la empresa beneficiaria, tome nota Contaduría y dése al =======R.O. de Decretos del M.
Lic. Cristian Chiodini Ing. Alberto C. Gelené
Secretario de Desarrollo Intendente Municipal
Productivo y Sustentable
DECRETO Nº 483