Boletines/Chivilcoy

Ordenanza Nº8868

Ordenanza Nº 8868

Chivilcoy, 29/09/2017

Convalida  Convenio de comodato y su Anexo I y II, entre la Municipalidad de Chivilcoy representada por el Sr. Intendente Municipal y la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima (ARSAT)

ORDENANZA

Artículo 1.- Convalidase, el Convenio de comodato y su Anexo I y II, entre la Municipalidad de Chivilcoy representada por el Sr. Intendente Municipal Guillermo Alejandro Britos y la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima (ARSAT), el cual tiene por objeto  conferir en comodato la parte material necesaria de 15 mts.2 del terreno titularidad de dominio del municipio nom. Catastral Circ. V , Secc. C, Manz., Fracc. 1, y Coordenadas georreferenciales Latitud 34º 44’ 50.0” (34,74722º S)  de la localidad de Emilio Ayarza , Partido de Chivilcoy con el fin exclusivo y excluyente de realizar la instalación del NODO para la REFEFO y/o prestación de los servicios de telecomunicaciones del ARSAT.

Artículo 2.- Convalidase, el acta adenda celebrada, entre la Municipalidad de Chivilcoy representada por el Sr. Intendente Municipal Guillermo Alejandro Britos y la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima (ARSAT), en la cual las partes acuerdan modificar la clausula PRIMERA del convenio anteriormente firmado y suscrito en fecha 1 de marzo del 2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: “La cedente Confiere a AR-SAT, y esta así lo acepta, la cesión en comodato de la parte material necesaria (superficie, altura y profundidad) del terreno propiedad de la CEDENTE cuya nomenclatura cat. Es Circ. V, Secc. C, Fraccion 1 con una superficie de 15 mts. Cuadrados, y coordenadas georreferenciadas Latitud 34º 44’ 50.00”(34.74722ºS) Longitud 60º 02’ 24.8” O(50.040.21ºO)  ubicado en la Localidad de Emilio Ayarza, Partido de Chivilcoy conforme lo establece el plano catastral que como ANEXO II, se adjunta, con el objeto exclusivo y excluyente de realizar la instalación del “NODO”, para la red de telecomunicaciones de “AR-SAT”. La superficie, límite perimetral y demás características del terreno municipal cuya CESIÓN se otorga serán establecidas al momento del replanteo final de obra. La CEDENTE acepta que las mismas podrán ser modificadas al momento del replanteo final en caso de ser necesario a fin de optimizar la instalación precitada”. Según Expte. 4031-185196 Int. 321 C.

Artículo 3.-  Comuníquese, publíquese y archívese.