Boletines/La Plata
Decreto Nº 1061/22
La Plata, 07/04/2022
Visto
la Ley N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260/20, N°167/21 y 867/21, las Leyes Provinciales N° 15.174 y 15.310; los Decretos Provinciales N° 132/20, 771/20, 884/20, 583/21, 733/21 y 383/22; los Decretos Municipales N° 420/20, 1328/20 y 2396/21, y las Ordenanzas N° 11.911 y 12.082, y;
Considerando
Que con fecha 11 de marzo de 2020 la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del virus SARS-CoV-2 como una pandemia;
Que en dicho marco, el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto N° 260/20 amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido prorrogado, en los términos del mismo, por los Decreto N° 167/21 y 867/21; ello hasta el 31 de diciembre de 2022;
Que a su turno la Provincia de Buenos Aires a través del Decreto N° 132/2020 declaró la emergencia sanitaria en el territorio bonaerense, por el término de ciento ochenta (180) días a tenor del brote del virus SARS-CoV-2 (COVID-19);
Que dicha norma provincial fue ratificada por Ley N° 15.174 y prorrogada a su vez por los Decretos N° 771/20; 583/21 y 733/21 -estos últimos dos convalidados por Ley N° 15.310; por términos sucesivos de ciento ochenta (180) días a partir de cada vencimiento;
Que por Decreto N° 383/22 la Provincia, en consonancia con lo establecido por el poder Ejecutivo Nacional, decidió prorrogar, a partir de su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2022, el estado de emergencia sanitaria;
Que en concordancia con la normativa citada, este Departamento Ejecutivo ha dictado Decreto Municipal N° 420/20 por el cual se declara el estado de emergencia sanitaria en el partido de La Plata, por el término de ciento ochenta (180) días contados a partir de su publicación, con motivo del brote del virus SARS-CoV-2 (COVID-19);
Que el referido Decreto fue ratificado por el Concejo de Deliberante mediante Ordenanza N° 11.911; y asimismo fue prorrogado, por medio de Decreto Municipal N° 1328/20 y por Ordenanza N° 12082 del 19 de mayo de 2021, por términos sucesivos de ciento ochenta (180) días a partir de cada vencimiento, prorrogado por igual término por Decreto Municipal N° 2396/21.
Que la declaración de emergencia sanitaria local ha posibilitado contar con las herramientas necesarias para adecuar la gestión municipal a la dinámica de los criterios epidemiológicos establecidos en coordinación con las jurisdicciones Nacional y Provincial;
Que, específicamente, se ha implementado una reorganización de la actividad administrativa municipal, como así también se ha reorientados los recursos humanos, patrimoniales y financieros, en consonancia con los protocolos y recomendaciones necesarias para procurar la tutela de la salud pública y asegurar la eficiencia en la asistencia sanitaria local y la prestación de los servicios esenciales de incumbencia del Estado Municipal;
Que asimismo, por medio de la Ordenanza N° 12.082 referida, se declaró la emergencia económica en el partido de La Plata, con motivo de los efectos económicos y sociales reflejos de la crisis sanitaria vigente; posibilitando la adopción de medidas excepcionales por parte de las autoridades locales que coadyuvaron a reducir el impacto producido en la actividad económica y lograr la recuperación de sectores productivos afectados;
Que la pandemia derivada del brote del virus SARS-CoV-2 (COVID-19), motivo de la declaración de emergencia sanitaria inicial, no solo no ha cesado, sino que se ha extendido en el tiempo y complejizado por sus impactos reflejos en el campo social y económico;
Que, si bien la situación epidemiológica inicial ha cambiado, se han detectado la ocurrencia de distintas variantes con elevado nivel de transmisibilidad, situación que podría generar un repentino aumento de los casos;
Que la situación epidemiológica a escala nacional e internacional requiere continuar adoptando distintas medidas para hacer frente a la emergencia, exigiendo su dinámica de una evaluación constante respecto de la evolución de los casos y de la transmisión del virus, como así también una gestión coordinada que permita maximizar el resultado de las medidas que se implementan;
Que en el contexto descripto y la falta de certeza en torno a la futura evolución epidemiológica de la pandemia, torna necesario prorrogar por idéntico período al establecido por la Nación y la Provincia la emergencia sanitaria declarada, a efectos de dar continuidad a las políticas locales implementadas y articular una respuesta integrada ante el fluctuante desarrollo de la pandemia;
Que la presente medida se dicta en el marco de las atribuciones otorgadas por el Decreto-Ley N° 6769/58;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Prorróguese, a partir de su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2022, y bajo las condiciones estipuladas por el Decreto N° 420/20, ratificado por Ordenanza N° 11911 y sus prorrogas Decreto N° 1328/20; Ordenanza 12082 y Decreto N° 2396/2021, el estado de emergencia sanitaria y económica en el partido de La Plata con motivo del brote del virus SARS-CoV-2 (COVID-19).
ARTÍCULO 2°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Coordinación Municipal.
ARTÍCULO 3°: Regístrese comuníquese, publíquese y dése al Boletín Municipal. Cumplido, archívese.
Dr. Julio César Garro. Intendente. Prof. Oscar Negrelli. Secretario de Coordinación Municipal.