Boletines/La Plata
Decreto Nº 1184/22
La Plata, 25/04/2022
Visto
El Expediente Administrativo N° 4061-1117424/2019 en el que la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música -SADAIC-, a través de su apoderado, ha interpuesto Recurso de Revocatoria y Jerárquico en subsidio contra la Disposición 492/19 de la Dirección de Recaudación ratificada por Resolución 50/20 de la Subsecretaría de Recaudación de la Agencia Platense de Recaudación, y;
Considerando
Que, de la constancia a fs. 46 vta. surge que con fecha 13/01/2021 el recurrente se notificó de manera espontánea de la Resolución N° 50/20 Subsecretaría de Recaudación de la Agencia Platense de Recaudación por la cual se desestima el Recurso de Revocatoria interpuesto contra la Disposición 492/19 de la Dirección de Recaudación;
Que, el referido recurso se interpuso con Jerárquico en Subsidio conforme dispone el artículo 91 de la Ordenanza General 267, por lo que en conteste con lo que prevé la norma, el recurrente cuenta con un plazo de 48 horas de notificado para mejorar o ampliar los fundamentos de su remedio recursivo;
Que, habiendo fenecido el referido plazo sin que haya hecho uso de dicha facultad, corresponde resolver la cuestión planteada;
Que, en virtud de ello, no se encuentra sustento alguno para apartarse de los fundamentos esgrimidos por la Dirección General de Asuntos Legales (fs. 43/44), y los expuestos en la Resolución N° 50/20 (fs. 45/46) de la Subsecretaría de Recaudación;
Que, en este estado de autos, compartiendo los fundamentos expuestos en la Resolución 50/20 (fs. 45/46) de la Subsecretaria de Recaudación, corresponde resolver el Recurso Jerárquico deducido en forma subsidia na (conf. art. 92, Ord. Gral. 267/80);
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Rechácese el Recurso Jerárquico deducido en forma subsidiaria por la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música -SADAIC-.
ARTÍCULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario del área que corresponda.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Julio César Garro. Intendente. Prof. Oscar Negrelli. Secretario de Coordinación Municipal.