Boletines/La Plata
Decreto Nº 0970/22
La Plata, 31/03/2022
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4061-078552/01 (Alcance 1159) en el que la firma ESUR S.A. ha interpuesto Recurso de Revocatoria y Jerárquico en subsidio contra la Disposición N° 03/2018 de la Dirección de Tratamiento de Residuos, y;
Considerando
Que, por expediente 078552/01 se aprobó la Licitación Pública N° 06/01 de prestación de servicios de higiene urbana para la ciudad de La Plata y de la cual resultara adjudicataria la firma ESUR S.A.;
Que, por medio de la Disposición N° 03/2018 obrante a fs. 92/93, la Dirección de Tratamiento de Residuos aplica a la empresa ESUR S.A. una multa de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 00/100 ($436.293,00) por las infracciones cometidas a la prestación de los servicios de barrido de calles y recolección domiciliaria;
Que, contra dicho acto administrativo a fs. 95/102 la empresa interpuso Recurso de Revocatoria y Jerárquico en subsidio;
Que, la Secretaría de Gobierno ha rechazado el Recurso de Revocatoria mediante Resolución 0542/21 obrante a fs. 116, compartiendo los fundamentos expuestos en la Disposición N° 03/2018 de la Dirección de Tratamiento de Residuos de fojas 92/93 (conf. art. 90, Ord. Gral. 267/80);
Que, el plazo para que el recurrente mejore o amplíe los fundamentos del remedio recursivo ha caducado, sin que se haya hecho uso de esa facultad (conf. art. 91, Ord. Gral. 267/80);
Que, la Secretaría Legal y Técnica se ha expedido a fs. 105/106, no encontrando motivos para apartarse de lo ya manifestado en autos;
Que, en este estado de autos, compartiendo los fundamentos expuestos en la Resolución de fs. 116 de la Secretaría de Gobierno, corresponde resolver el Recurso Jerárquico deducido en forma subsidiaria (conf. art. 92, Ord. Gral. 267/80);
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Rechácese el Recurso Jerárquico deducido en forma subsidiaria por la firma ESUR S.A. contra la Disposición N° 03/2018 de la Dirección de Tratamiento de Residuos.
ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario del área que corresponda.
ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal y archívese.
Dr. Julio César Garro. Intendente. Prof. Oscar Negrelli. Secretario de Coordinación Municipal.