Boletines/Campana
Decreto Nº 323/22
Campana, 06/05/2022
Expediente 41342/2017 C/4 Retiro Voluntario (Mariana Vilarchao)
Visto
La Ley Provincial N° 14.656, el Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 184/2022 (t.v.), el Expediente Municipal N° 4016-41342-4- 2017; y
Considerando
Que a fs. 904 obra solicitud con fecha 29 de marzo de 2022 mediante la cual la agente Mariana Beatriz VILARCHAO, ha solicitado la adhesión al Régimen de Retiro Voluntario implementado para el personal de la Municipalidad del Partido de Campana mediante Decreto Nº 0661/2017 (t.v.), con arreglo a lo determinado en el artículo 98 de la Ley Provinciales Nº 14.656.
Que la nombrada agente, a través del Acta Acuerdo obrante a fs. 905 celebrada el 13 de abril de 2022 entre la misma y este Municipio, ratificó ante la Delegación Regional de Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, su voluntad de rescindir el Contrato de Trabajo que mantiene con esta Comuna, desde esa fecha.
Que, según las Cláusulas Primera y Segunda de dicha Acta, se ha llegado a acordar que la Municipalidad le otorgaría la suma total de PESOS TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($ 324.470,63), a realizarse en DOS (2) pagos de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO CON TREINTA Y UN CENTAVOS ($ 162.235,31) a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse los días 23 de mayo del año 2022 y el 23 de junio del mismo año.
Que, por realizarse el pago a través de la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, se debe depositar el nueve por mil (9 %) de la suma indemnizatoria en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Que a tal fin se informa la afectación presupuestaria que se debe asignar a la erogación, contando con el aval de la Secretaría de Economía y Hacienda.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Acéptase con retroactividad al 13 de abril de 2022, el Retiro Voluntario solicitado por la Srta. Mariana Beatriz VILARCHAO (D.N.I. 29.931.167), legajo personal Nº 5944, quien revista en la Planta Permanente de Personal, como Técnico Administrativo VI (Administrativa) - Clase VI - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 30 horas semanales de labor, dependiente de la Subsecretaría de Planeamiento y Obras, Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana, Jefatura de Gabinete.-
ARTÍCULO 2°.- Concédese en virtud de lo previsto en la Cláusula 1º del Acta Acuerdo obrante a fs. 905 celebrada el 13 de abril de 2022 entre la Srta Mariana Beatriz VILARCHAO y este Municipio, con carácter de única y total indemnización, la suma total convenida que asciende a PESOS TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($ 324.470,63), a realizarse en DOS (2) pagos de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO CON TREINTA Y UN CENTAVOS ($ 162.235,31) a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse los días 23 de mayo del año 2022 y el 23 de junio del mismo año.-
ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires, el nueve por mil (9 %) de la suma mencionada en el artículo 2º, en concepto de arancel por la actuación administrativa realizada por la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, con motivo de la celebración del Convenio arribado entre el agente mencionado en el artículo 1º y este Municipio.-
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110106000 – Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, del Presupuesto General de Gastos para el año 2022.-
ARTÍCULO 5°. - Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 6°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese; y archívese.-