Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº0681/22

Resolución Nº 0681/22

General Pueyrredon, 05/05/2022

Visto

la presentación efectuada por la señora Esmeralda Longhi Suárez, compiladora y coordinadora literaria, Presidente de la Sociedad de Escritores de la Provincia de Buenos Aires Filial Mar del Plata, y

Considerando

Que solicita la Declaración de Interés Cultural para el Ciclo de Actividades Literarias 2022 por ella programado y organizado.

 

Que las actividades planificadas para el corriente año se realizarán de manera presencial en instalaciones de la Biblioteca Parlante, en el Shopping Los Gallegos, en la sede de la Sociedad de Escritores de la Provincia de Buenos Aires en la ciudad de La Plata, así como en diferentes Bibliotecas municipales de esta ciudad y de la ciudad de Buenos Aires, e inclusive en el Café Tortoni de CABA.

 

Que asimismo se llevarán a cabo actividades de manera virtual a través de la página de Facebook https://www.facebook.com/Sepcomunidaddeescritores2016/

 

Que el Ciclo de Actividades Literarias busca promocionar las obras de los escritores locales, a partir del desarrollo de charlas, donde se incluyen figuras relevantes de la realidad literaria de la región.

 

Que las diferentes propuestas son organizadas con el fin de difundir la actividad literaria en general.

 

Que este tipo de iniciativas dan a conocer y enriquecen la cultura de nuestra comunidad.

 

Por ello, en uso de las atribuciones que le son delegadas mediante Decreto 916/20,

 

EL SECRETARIO DE CULTURA

 

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Cultural el Ciclo de Actividades Literarias 2022, programado y organizado por la señora Esmeralda Longhi Suárez.

 

ARTÍCULO 2º.- La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los solicitantes de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTICULO 3°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Municipio de General Pueyrredon por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución.

 

ARTICULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y notificar por la División Coordinación Administrativa de la Secretaría de Cultura.

CRB/sam.-

BALMACEDA