Boletines/Daireaux
Decreto Nº 1036/17
Daireaux, 11/09/2017
Visto
El Expediente Administrativo Nro. 4022-8280/2017, cuyos antecedentes para su instrumentación se giraran con fecha 07 de Septiembre de 2017, y
Considerando
Que a Fs. 1 con fecha 02 de Junio de 2017, la Cooperadora de la Escuela de Educación Estética Nro. 1 presenta formal requerimiento de aporte económico, con carácter de subsidio, que permita cubrir el costo de traslado de la Ciudad de Buenos Aires de una delegación de alumnos, con el fin de conocer los lugares mas emblemáticos;
Que visitarán el Barrio de La Boca, Museo Benito Quinquela Martín, Museo Malba, Teatro Colon y Palacio Pizzurno;
Que los lugares objetos del viaje, son una demostración real del arte en todas sus expresiones (Teatro – Plástica y Música);
Que el costo del viaje asciende al monto de $ 38.100 de acuerdo al presupuesto presentado por las autoridades de la Entidad, correspondiente a la empresa El Halcón S.R.L. (presupuesto obrante a Fs. 2);
Que las autoridades de la Escuela manifiestan su imposibilidad de poder cubrir dicho costo, por lo que solicitan a este Departamento Ejecutivo un subsidio que les permita concretar el Proyecto, teniendo en cuenta la importancia que revierte en el proceso educativo de sus alumnos, a la vez que para muchos de ellos tal vez es una posibilidad de conocer lugares que nunca han visitado;
Que el Registro de Entidades de Bien Publico certifica a Fs. 6 que la Entidad solicitante se encuentra inscripta en el mismo, cumpliendo en tiempo y forma con los requisitos a presentar para mantener en vigencia su registro;
Que en virtud de lo antedicho, este Departamento Ejecutivo estima conveniente dar una respuesta favorable;
Que el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad establece que “ Toda entidad ajena a la comuna que reciba de ésta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio, queda obligada a rendir cuentas de las mismas. Las rendiciones se instrumentarán con documentos o, en su defecto, con balances donde conste el ingreso y la inversión o destino de los fondos recibidos”;
Que a su vez el Articulo 132º de la citada norma dispone “ La falta de rendición de cuentas constituye causa para privar a las entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios. La Contaduría observará y no dará curso a disposiciones del D. E. que ordenen nuevas entregas mientras subsista la causal señalada. En caso de insistencia del D.E., éste será responsable”;
Que la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Otorgase a la Asociación Cooperadora de la Escuela de Estética Nº 1 – Entidad de Bien Público Nº 247/16 - de Daireaux, un subsidio de Pesos treinta y ocho mil cien ($ 38.100) por los motivos expuestos en los Considerandos del presente, de acuerdo a lo actuado por Expediente Nro. 4022-8280/2017.--
ARTICULO 2º. Por Tesorería Municipal, previa intervención de la Contaduría Municipal, procédase conforme el Articulo 1º del presente.-
ARTICULO 3º. El gasto precitado en el Artículo 1º se atenderá con cargo a la partida presupuestaria del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2016 consignada por la Contaduría Municipal :
Jurisdicción: 1110104000 Secretaria de Desarrollo.-
Programa: 18 Política Educativa Local .-
Subprograma 01 Proyectos Educativos
Partida: 5.1.5.0. “Transferencias a Instituciones de Enseñanza”.-
Fuente de Financiamiento: 132 Fondo Educativo
ARTICULO 4º. La entidad beneficiaria deberá confeccionar y elevar en un plazo no mayor de quince (15) días de recibido el beneficio a que se da lugar por el presente, la correspondiente rendición de cuentas de la inversión del subsidio recibido, debiendo presentar documentación veraz y que cumpla con los requisitos legales, en el marco de lo establecido en el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, firmada por el Presidente y Tesorero de la Entidad, caso contrario constituye causa para privar a la institución de percibir nuevos beneficios.-
ARTICULO 5º. Refrende el presente el Señor Secretario de Gobierno .--
ARTICULO 6º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.--