Boletines/Daireaux

Decreto Nº869/17

Decreto Nº 869/17

Daireaux, 07/08/2017

Visto

La petición de autorización para realizar el tradicional baile de egresados de la Escuela de Educación Secundaria Nro. 2 “Gral. Don José de San Martín” y Escuela Media Nro. 6 “Alfonsina Storni” de Daireaux, que ha presentado la Vicedirectora de la primer institución mencionada, en representación de las dos entidades educativas, y

 

Considerando

Que la Ordenanza Nº 269/90 establece en su Artículo 1º  que sólo podrán organizar espectáculos o actos abiertos al público en general las entidades de Bien Público registradas como tal en esta Municipalidad;

 

Que ambas entidades se hallan inscriptas en el Registro de Entidades de Bien Público, asumiendo toda responsabilidad que pueda surgir del evento, desligando a la Municipalidad de Daireaux de cualquier circunstancia y/o reclamo que pudiere surgir, debiendo contar con la asistencia del poder de policía, como así también a todo aquel servicio que resulta pertinente para otorgar la cobertura necesaria al público asistente;

 

Que deberán dar  cumplimiento a lo establecido en la Ley 11.825 y concordantes, referente a la  prohibición de venta de bebidas alcohólicas (“Articulo 5º. Dispónese la prohibición de venta, expendio y/o suministro a cualquier título, de bebidas alcohólicas en los lugares donde se efectúen eventos de convocatoria masiva ….”), en caso de no contar con la Licencia Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas y encontrarse inscriptos en el Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas creado por Ley 13178 (Artículos 1º, 2º y 3º );

 

Por ello

                                   EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

       

D  E  C  R  E  T A

ARTICULO 1º. Autorizase a las Entidades denominadas educativas:  Escuela de Educación Secundaria Nro. 2 “Gral. Don José de San Martin” y Escuela Media Nro. 6 “Alfonsina Storni” de Daireaux, a organizar y realizar el tradicional Baile de Egresados, en las instalaciones de la Sociedad Española de Socorros Mutuos, el día 23 de Diciembre de 2017 a partir de las, debiendo adecuarse y dar cumplimiento a lo determinado en la Ley 11.825 referente a prohibición de venta de bebidas alcohólicas.--

 

ARTICULO 2º: Las entidades organizadoras asumen bajo su total responsabilidad todo riesgo que el evento pudiera ocasionar debido a tal efecto suscribir una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil suficiente para cubrir los posibles daños, como así también requerir la asistencia de todo servicio que se requiera a fin de prevenir accidentes.--

 

ARTICULO 3º COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y  ARCHIVESE.--