Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº724

Decreto Nº 724

Mar Chiquita, 25/04/2022

Visto

 La necesidad de incorporar al presupuesto recursos con afectación específica y no consideradas en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente y;

Considerando

Que resulta necesario ampliar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2022, incorporando los recursos percibidos con afectación específica y no considerados en el cálculo de recursos vigente;

Que mediante el Convenio CONVE-2021-126518794-APN-CSE#CONAMI, oportunamente suscripto ente la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL y LA MUNICIPALIDAD DE MAR CHIQUITA, dicha secretaría se compromete a otorgar la suma de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($3.480.000) para se aplicado a la operatoria de Microcréditos. De los cuales, DOS MILLONES SETECIENTOS MIL (2.700.000.-) se destinarán a financiar el Fondo de otorgamiento de Microcréditos y SETECIENTOS OCHENTA MIL (Setecientos ochenta mil) se destinarán a financiar Recursos Humanos.

Por ello;

                                                 EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

                                                                                                        DECRETA

ARTÍCULO 1º- AMPLÍESE el crédito de    las partidas parciales que se enumeran a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:

Estructura Programática

Fuente de Financiamiento

Imputación

Importe

1110126000 – 62.00.00 – Promocíon Pymes y Emprededurismo

133 - De origen Nacional

6.3.1.0 – Prestamos a Corto Plazo al Sector Privado

$ 2.700.000.-

1110126000 – 62.00.00 – Promocíon Pymes y Emprededurismo

133 - De origen Nacional

3.4.4.0 – Contabilidad y Audit

$ 780.000.-

   

Total Gastos:

$3.480.000

ARTICULO 2º.- CRÉESE y AMPLÍESE el Cálculo de Recursos en el rubro que se enumera a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:

JURISD.

RUBRO

IMPORTE

1110124000

17.2.01.14 – Prog de Prom del Microcrédito para el Des de la Econom Social

$3.480.000

 

Total

   

$3.480.000

ARTICULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía (Int), Pigliacampo Marcelo Ariel y el Secretario General Arq. Walter Mariano Wischnivetzky.


ARTICULO 4º.- COMUNIQUESE, a quienes demás corresponda y dese al Registro Oficial.