Boletines/Las Flores

Ordenanza Nº3379/2022

Ordenanza Nº 3379/2022

Las Flores, 17/03/2022

ORDENANZA

ORDENANZA 3379/2022

Visto:

         El Expte. 4063-0077/2022 iniciado por la Red de Emprendedores Florenses y la Asociación para el Crecimiento y Desarrollo de Las Flores, en el cual solicitan la cesión en Comodato del edificio donde funcionaba la confitería del Parque Plaza Montero a fin de desarrollar el proyecto denominado “Almacén de Emprendedores Florenses”, y;

Considerando:

Que, oportunamente, mediante Ordenanza Nº 967 de fecha 16 de septiembre de 1985, se otorgó a Las Flores Automóvil Club el derecho de uso y ocupación gratuito del Autódromo de la Ciudad de Las Flores y de la Confitería del Parque Plaza Montero, por el término de veinte años (Arts. 1º y 2º);

Que, quince años más tarde, mediante Acta de fecha 16 de Abril de 2001 y con el objeto de facilitar el desarrollo de una propuesta de explotación y concesión que por entonces se había recibido de una empresa vinculada al automovilismo, Las Flores Automóvil Club renunció a los derechos que se le habían otorgado por la Ordenanza Nº 967 y, en especial, al plazo pendiente del derecho de uso y ocupación otorgado por la norma local citada en el párrafo precedente, respecto del Autódromo Ciudad de Las Flores y del Parque Plaza Montero, a cambio de que se le garantizara la continuidad del uso y goce del denominado “Circuito Nº 2” –Sargento Cabral-;

Que, posteriormente, a través de la sanción de la Ordenanza Nº 1768, de fecha 15 de noviembre de 2001, promulgada por Decreto de fecha 16/11/2001, el Honorable Concejo Deliberante autorizó al Departamento Ejecutivo a aceptar la propuesta de la firma Autódromos Argentinos S.A., para la concesión del Autódromo Municipal Ciudad de Las Flores y del Parque Plaza Montero;

Que, tanto del texto del Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Licitación Pública del Permiso y Concesión de Uso como del Contrato –de concesión- suscripto entre Autódromos Argentinos S.A. y la Municipalidad de Las Flores, se desprende que el objeto de la concesión comprendía el Autódromo Municipal Ciudad de Las Flores y el Parque Plaza Montero (con inclusión del parque principal, la confitería, las instalaciones complementarias y el espejo de agua de la “Laguna del Difunto Manuel”);

Que, frente a los graves incumplimientos en los que incurrió “el concesionario” (Autódromos Argentinos S.A.), mediante sendos Decretos Números 496, de fecha 18 de noviembre de 2002 y 531, de fecha 12 de diciembre de 2002, la Municipalidad de Las Flores dispuso la extinción de la concesión del “Autódromo Ciudad de Las Flores” y del “Parque Plaza Montero” y la rescisión del contrato de fecha 20 de diciembre de 2001, suscripto con Autódromos Argentinos S.A.;

Que, a partir de la rescisión del contrato con la empresa Autódromos Argentinos S.A. se abandonó la idea de afectar, a través de concesiones, el Autódromo Ciudad de Las Flores a la actividad automovilística;

Que, durante las dos últimas décadas, el Parque Plaza Montero se ha transformado en un paseo público del que disfrutan, a diario, los florenses y quienes visitan nuestra ciudad. A su vez, el Autódromo Ciudad de Las Flores constituye el lugar por el que se realiza ese paseo, habiendo mutado la finalidad que se tuvo en miras al construirlo hacia un perímetro ideal, por su entorno geográfico, para disfrutar de caminatas, actividades deportivas, recreativas, paseos, etc.;

Que, la Municipalidad de Las Flores realiza, constantemente, importantes inversiones destinadas al mantenimiento, mejoramiento y puesta en valor del referido paseo público;

Que, la Asociación Para el Desarrollo de Las Flores lleva adelante el “Programa Red de Emprendedores Florenses”, con más de 150 inscriptos, cuyo objetivo principal es generar un espacio de encuentro y acompañamiento para los emprendedores de nuestra ciudad, a través de la organización de talleres, cursos de capacitación, asistencia técnica, tutorías, ferias de promoción y comercialización itinerantes, etc. Y, en ese marco, la referida Asociación está desarrollando un nuevo proyecto denominado “Almacén de Emprendedores Florenses”, con el fin de generar un espacio fijo de comercialización;

Que, en este contexto, con la finalidad de generar un espacio fijo de comercialización de productos locales elaborados por emprendedores florenses, organizar puestos de ventas itinerantes, un patio de degustaciones, eventos artísticos y culturales, entre otros, la Asociación Para el Desarrollo de Las Flores solicita se le ceda en comodato el derecho de uso del edificio existente en el Parque Plaza Montero, ex confitería, declarado Patrimonio Histórico de la Comunidad;

Que, tanto la Secretaría de Cultura como la Secretaría de Desarrollo Productivo y Sustentable de la Municipalidad de Las Flores han avalado el proyecto de la Asociación Para el Desarrollo de Las Flores;

Que, este proyecto puede potenciar el desarrollo productivo de los emprendedores locales, generar un nuevo espacio para la realización de eventos culturales y artísticos que promuevan la puesta en valor del Parque Plaza Montero y, particularmente, de la confitería, ofrecer un atractivo más al turismo, etc.;

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAS FLORES REUNIDO EN FORMA LEGAL APRUEBA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

Art 1°:Facultase al Departamento Ejecutivo a celebrar un Contrato de Comodato con la Asociación para el Crecimiento y Desarrollo de Las Flores, destinado a cederle en forma gratuita el uso de la Confitería del Parque Plaza Montero, en el marco del Programa Red de Emprendedores Florenses.

Art. 2º:Comuníquese al DE y dese al Registro Oficial del HCD.

 

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE LA CIUDAD DE LAS FLORES A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

 

Ariana Pertusi

Secretaria

Prof. Fabian Blanstein

Presidente

 

/// Corresponde Ordenanza Nº 3379/2022.-


PROMULGADA POR DECRETO Nº 763 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE FECHA 22 DE MARZO DE 2022.-

 

 

       Abg. JAVIER E. DI GIANO                                                                                                    Ing.  ALBRTO C. GELENÉ          

                      Secretario de Gobierno                                                                                                          Intendente Municipal

 

PUBLICADA: 3 DE MAYO DE 2022