Boletines/Quilmes
Decreto Nº 1391/2022
Quilmes, 29/04/2022
Visto
el Expediente Nº 4091-3531-D-2022, iniciado por el Secretario de Educación de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es solicitar la adquisición diversos alimentos a fin de continuar con el Servicio Alimentario Escolar (SAE) correspondiente al mes de abril del 2022, en el marco de las Ordenanza 13.574/2021 que prorroga la Emergencia Ambiental y Sanitaria, de la Ordenanza Nº 13.557/2021 que prorroga la Emergencia Alimentaria y del artículo 156 inciso 1O de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Considerando
Que por expediente referenciado en el visto, la Secretaría de Educación, efectúa la descripción de los alimentos a adquirir mediante el mecanismo de la compra directa a razón de la emergencia alimentaria nacional, la que fue dispuesta por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 108/2002, prorrogada a través de la Ley 27.519 hasta el día 31 de diciembre del año 2022;
Que asimismo, el Honorable Concejo Deliberante de Quilmes, sancionó la Ordenanza Nº 13.557/2021 que prorroga por el plazo de ciento ochenta (180) días corridos contados a partir del 1O de diciembre del 2021, la Emergencia Alimentaria declarada por Ordenanza Nº 13.249/2019. Dicha norma en su artículo 2°, autoriza expresamente al Departamento
ejecutivo Comunal a arbitrar los medios institucionales y públicos necesarios
con el fin de reasignar partidas presupuestarias distritales y contratar en forma directa de manera excepcional, estableciendo prioridad en la adquisición de productos alimenticios especialmente aquellos tendientes a.. .d) Servicio Alimentario Escolar (SAE) ...;
Que, por Decreto Nº 3.600/2019 de fecha 30 de diciembre del 2019, se promulgó la Ordenanza Nº 13.318/19 mediante la cual se declaró la Emergencia Ambiental y Sanitaria en el ámbito del partido de Quilmes, prorrogada mediante Ordenanza Nº 13.574/2021, promulgada mediante Decreto Nº 4466/2021;
Que deviene necesario adquirir los módulos alimenticios, compuestos con diversos productos, a fin de realizar la distribución de los mismos, durante el mes de abril del 2022, en las diversas zonas a las que pertenece cada establecimiento educativo;
Que sin perjuicio de ello, el Decreto-Ley 6.769/58 establece en su artículo 156 excepciones a las previsiones establecidas respecto a licitaciones y concursos de precios, admitiendo compras y contrataciones directas en los casos de "(... ) adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza en las condiciones comercia/es de oferta más conveniente en el mercado, cualquiera sea su monto. Será responsabilidad del secretario del ramo y del contador municipal comprobar y certificar que la operación se encuadra en el nivel de precios y en las condiciones habituales del mercado" (cfme. ínc. 1Oº del artículo citado);
Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 194 establece que: "la Compra Directa es procedente hasta el monto
que fija la Ley Orgánica Municipal o para los casos de excepción previstos en la misma (artículos 151 y 156). La autoridad contratante procurará asegurarse por los medíos a su alcance, que el precio cotizado sea el más conveniente de plaza a la fecha de la contratación.";
Que el artículo 88 del Reglamento Municipal de Compras y Suministros de la Municipalidad de Quilmes hace referencia al procedimiento de contratación directa, sin límite de monto, cuando el caso encuadre dentro de las excepciones establecidas en el artículo 156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la excepción legal, aplicable al caso, no deja por ello de atender los detalles de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos;
Que en las actuaciones obran la Solicitud de Pedido Nº 1163/2022, la solicitud de gastos, el Registro de Invitados a Cotizar Nº 11O1 /2022, las fichas de los respectivos proveedores y el listado con los diferentes establecimientos educativos con las zonas a las que pertenecen;
Que en autos luce agregado el Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye que no se encuentran objeciones jurídicas para ejecutar la contratación directa conforme con lo normado por el artículo 156, inciso 10° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Oto. Ley Nº6769/58), en el contexto de la normativa dictada en materia de Emergencias Alimentaria y Sanitaria citada precedentemente;
Que obra nota suscripta por el Sr. Secretario de Educación y la Sra. Contadora Municipal, en donde se verifican las ofertas más convenientes para los alimentos adquiridos en el marco de la emergencia sanitaria y alimentaria y que se adaptan a los precios y condiciones habituales del mercado, considerándose cumplimentado los requisitos normativos dispuestos por el artículo 156, inc. 1O de la LOM;
Que atento la emergencia y necesidad alimentaria, resulta urgente, necesario y razonable dictar el presente acto administrativo de adjudicación directa de alimentos para ser distribuidos durante el mes de abril del 2022, en las escuelas del distrito de Quilmes, en el marco del Servicio Alimentario Escolar (SAE);
Que el recurso utilizado será el proveniente de la Fuente de Financiamiento 132 (Origen Provincial);
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 156 inciso 1O de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), artículo 185 y 194 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y los artículos 86, 88 y 89 del Reglamento de Contrataciones, Compras y Suministros de la Municipalidad de Quilmes; y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1º: ADJUDÍCASE el objeto de la Contratación Directa consistente en la adquisición de módulos alimenticios compuesto por diversos alimentos, correspondientes al Servicio Alimentario Escolar (SAE), a la empresa proveedora "FORMOSA CLAUDIO ANTONIO" CUIT 20-17348274-5, por un
monto total de pesos seis millones quinientos cuarenta y seis mil seiscientos setenta y ocho con 28/100 ($ 6.546.678,28) IVA incluido, correspondiente al ítem 20, zona 20; "PRADAN 5.A" CUIT Nº 30-71151527-1, por un monto total de pesos seis millones ochocientos setenta y un mil ciento sesenta con 64/100 ($6.871.160,64) !VA incluido, correspondiente al ítems 5, zona 5; "COOPERATIVA DE TRABAJO DESPIERTA VOCES LIMITADA" CUIT Nº
30-71124886-9, por un monto total de pesos siete millones seiscientos sesenta y siete mil seiscientos diecisiete con 44/100 ($ 7.667.617,44.-) IVA incluido, correspondiente a los ítems 1 y 6, zonas 1 y 6; "MAURICIO NORI" CUIT 20-18223123-2, por un monto total de pesos siete millones doscientos sesenta y seis mil cuatrocientos treinta y nueve con 20/100 ($ 7.266.439,20) IVA incluido, correspondiente al ítem 8 zona 8; "LOGISTICA GASTRONOMICA ESCOLAR S.R.L" CUIT Nº 30-71403110-0, por un monto total de pesos siete millones setecientos ochenta y siete mil quinientos setenta y siete con 60/100 ($ 7.787.577,60) IVA incluido, correspondiente al ítem 15, zona 15, "REAL DE CATORCES.A" CUIT Nº 30-71229194-6, por un monto total de pesos treinta y cinco millones seiscientos cuarenta y tres mil quinientos treinta y siete con 50/100 ($ 35.643.537,50), IVA incluido, correspondiente a los ítems 7, 14, 16 y
18, zonas 7, 14, 16 y 18; "TUX S.A" CUIT Nº 30-71434715-9, por un monto
total de pesos dieciocho millones setecientos tres mil setecientos sesenta y uno con 94/100 ($ 18.703.761,94) IVA incluido, correspondiente a los ítems 12 y 17, zonas 12 y 17; "GUZZO PUNTA JOAQUÍN" CUIT Nº 20-36754225-0, por un
monto total de pesos ocho millones setecientos ochenta y cuatro mil seiscientos veintitrés con 52/100 ($8.784.623,52) IVA incluido, correspondiente al ítem 9, zona 9; "DOLCE & SALATO S.A" CUIT 30-71436382-0, por un monto total de pesos diez millones novecientos treinta y siete mil ochocientos noventa y cinco con 48/100 ($ 10.937.895,48) IVA incluido, correspondiente a los ítems 10 y 11, zonas 10 y 11; "DESARROLLO ESTRATEGICO COMERCIAL S.A" CUIT
30-70754177-2, por un monto total de pesos dieciocho millones setecientos diecinueve mil cuatrocientos noventa y cuatro con 26/100 ($ 18.719.494,26) IVA incluido, correspondiente a los ítems 2 y 3, zonas 2 y 3; "BORGIO MARTIN LEONEL" CUIT 20-26023676-9, por un monto total de pesos veintisiete millones doscientos cuarenta mil setecientos ochenta y nueve con 12/100 ($ 27.240.789,12) IVA incluido, correspondiente a los ítems 4, 13 y 19, zona 4, 13 y 19, de acuerdo a la Solicitud de Pedido Nº 1163/2022 efectuada por la Secretaría de Educación de la Municipalidad de Quilmes, todo ello de conformidad con lo actuado y por resultar dichas ofertas las más conveniente en el mercado.-
ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de gastos de la Administración Central - Departamento Ejecutivo 1110185000 Secretaría de Educación, Categoría programática 58.01.00, 58.02.00, 58.03.00, 58.04.00, 58.05.00, 58.06.00, 58.07.00, 58.08.00, 58.09.00,
58.10.00, 58.11.00, 58.12.00, 58.13.00, 58.14.00, 58.15.00, 58.16.00, 58.17.00,
58.22.00, 58.23.00 y 58.24.00, Fuente de Financiamiento 132, en la Partida
5.1.5.0.-
ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dese al registro General y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Lic. María Eva Stolzing Ugarte
Secretaria de Hacienda
Municipalidad de Quilmes
DECRETO 1391/2022