Boletines/Quilmes
Decreto Nº 1372/2022
Quilmes, 29/04/2022
Visto
el Expediente Nº 4091-3372-S-2021, iniciado por la Señora Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es solicitar un subsidio a las diferentes Asociaciones de Bomberos Voluntarios del distrito; y
Considerando
Que es decisión del Departamento Ejecutivo, renovar el subsidio por el año 2022 a las siguientes Asociaciones de Bomberos Voluntarios: Bomberos Voluntarios de San Francisco Solano, Bomberos Voluntarios de Berna!, Bomberos Voluntarios de La Florida, y Bomberos Voluntarios de Quilmes;
Que por la actuación indicada en el Visto, se tramita su otorgamiento, el que se realizará en dos cuotas contra la presentación de la correspondiente e rendición
Que presupuestariamente será solventado por la Fuente de Financiamiento 131 correspondiente a la Ordenanza 11.520/1O "Fondo de Financiamiento para el Fortalecimiento de Programas Sociales"
Que a fojas 8, 9, 1O y 11 la Contaduría Municipal ha tomado los correspondientes registros de compromiso;
Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia resulta razonable otorgar el subsidio a las diferentes Asociaciones de bomberos Voluntarios del Partido de Quilmes;
Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: SUBSÍDIASE a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios del Partido de Quilmes, en el marco del Fondo de Financiamiento para el Fortalecimiento de Programas Sociales (Ordenanza Nº 11.520/1O), el cual será abonado de la siguiente forma:
BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SAN FRANCISCO SOLANO:
1° Cuota Mayo/22 $ 2.070.000.-
2º Cuota Septiembre/22 $ 2.070.000.-
Total Anual pesos cuatro millones ciento cuarenta mil ($ 4.140.000.-)
BOMBEROS VOLUNTARIOS DE BERNAL
1° Cuota Mayo/22 $ 2.380.000.-
2° Cuota Septiembre/22 $ 2.380.000.-
Total Anual pesos cuatro millones setecientos sesenta mil ($ 4.760.000.-) BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA FLORIDA
1° Cuota Mayo/22 $ 1.960.000.-
2° Cuota Septiembre/22 $ 1.960.000.-
Total Anual pesos tres millones novecientos veinte mil ($ 3.920.000.-) BOMBEROS VOLUNTARIOS DE QUILMES
1° Cuota Mayo/22 $ 3.590.000.-
2º Cuota Septiembre/22 $ 3.590.000.-
Total Anual pesos siete millones ciento ochenta mil ($ 7.180.000.-)
ARTÍCULO 2°: AUTORÍZASE a la Contaduría Municipal a emitir las correspondientes órdenes de pago por las sumas establecidas en el artículo 1º, a favor de la Asociaciones de Bomberos Voluntarios del Partido de Quílmes.-
ARTÍCULO 3°: DISPÓNESE que las sumas subsidiadas a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios del Partido de Quilmes, mencionadas en el Artículo 1º pódrán destinarse a gastos ocasionados durante todo el año 2022, y asimismo, serán para solventar los gastos de: Artículos de librería, fotocopias y limpieza. Combustibles, lubricantes, repuestos, reparaciones de los móviles. Adquisición de equipos y elementos de uso en las autobombas. Adquisición de repuestos, reparación y mantenimiento de equipos de comunicación, computación, seguridad, mobiliarios y artefactos en general. Pago de sueldos y contribuciones. Adquisición y limpieza de ropas y accesorios de uniformes, blanquería, cortinas etc. Gastos referentes a organización de rifas y lotería familiar con el objeto de recaudar fondos. Pago de servicios (luz, gas, teléfono, agua, tv por cable, tv satelítal, telefonía celular, Internet, postal, mensajería, remis, etc). Pago de seguros en general, impuestos y tasas. Comida y agua. Materiales y mano de obra necesaria para ampliaciones, refacciones, adecuaciones, desinfección y mantenimiento del cuartel, como así también para las reparaciones de sanitarios e instalaciones en general. Oxígeno medicinal y artículos de botiquín. Adquisición de banderas, estandartes, placas conmemorativas, ofrendas florales, artículos de regalería y otros gastos de ceremonial. Adquisición de alimentos y gastos de veterinaria para los caninos del grupo de rescate.-
ARTÍCULO 4°: AUTORÍZASE a devengar el presente gasto en administración Central - Subjurisdícción 65 - Secretaría de Culturas y Deportes - Apertura Programática 01.00.00 - Partida 5.2.4.1- Fuente de Financiamiento 131.-
ARTÍCULO 5°: DISPÓNESE que las instituciones responsables de las sumas acordadas en el artículo 1°, deberán rendir cuenta documentada de la correcta inversión de los fondos dentro de los ciento veinte (120) días de recibida la primer cuota, contra la cual saldrá la segunda con igual plazo de rendición, ante la Contaduría Municipal.-
ARTÍCULO 6°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Lic. María Eva Stolzing Ugarte
Secretaria de Hacienda
Municipalidad de Quilmes
DECRETO 1372/2022
ARTÍCULO 7°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHÍVESE.-