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Decreto Nº1305/2022

Decreto Nº 1305/2022

Quilmes, 27/04/2022

Visto

la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), el Decreto-Ley 9.650/1980 (texto ordenado aprobado por Decreto 600/94, y las modificaciones introducidas con posterioridad por las Leyes Nros. 11562, 12150, 12302, 12.634, 12.750 y 12.867), la Ley Nº

12.950 (con modificaciones introducidas por la Ley 13.547), la Ley Provincial Nº 14.656, el Decreto Provincial Nº 476/81, el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 138/2016 de los Trabajadores de la Municipalidad de Quilmes y el EX-2022- 59528-QUI-CGADPER#JDG; y

Considerando

Que el agente Sueldo, Miguel Ángel (Leg. 09.896), quien se

desempeña en la Dirección de Base Operativa Solano, dependiente de la Dirección General de Descentralización Operativa - Secretaría de Servicios Públicos, reúne los requisitos necesarios para acogerse a la Jubilación Ordinaria, conforme lo determinado en el artículo 24 del Decreto-Ley 9.650/1980, el artículo 20 del Decreto Provincial Nº 476/81 reglamentario del citado Decreto-Ley 9.650/1980 (T.O.), la ley Provincial 14.656 y el Convenio Colectivo de Trabajo 138/2016 de los Trabajadores de la Municipalidad de Quilmes;

Que el agente antes mencionado cumple con los recaudos necesarios para la obtención de la Jubilación Ordinaria que establece el artículo 24 del ya mencionado Decreto-Ley 9.650/1980;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y

Por todo lo expuesto;

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO 1°: DISPÓNESE la baja a partir del 1° de junio de 2022, en el cargo de Obrero Clase IV - Jurisdicción 01 - Subjurisdicción 74 - Programa 29, a los efectos de acogerse a la Jubilación Ordinaria, del agente Sueldo, Miguel Ángel (Leg. 09.896 - CUIL Nº 23-14003349-9 - Fecha de nacimiento: 20 de junio de 1960) - Fecha de Ingreso: del 07 de abril de 1987 al 1° de junio de 2022 - Antigüedad Municipal: 35 años - 01 mes y 25 días.-

 

ARTÍCULO 2°: De conformidad con lo establecido en el Artículo 1° de la Ley Nº 12.950, el mencionado agente percibirá el sesenta por ciento (60%) de su remuneración mensual, sin prestación de servicios, como anticipo jubilatorio reintegrable por la Municipalidad de Quilmes, hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional y será deducido al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes.-

 

ARTÍCULO 3°: DISPÓNESE el pago a favor del agente Sueldo, Miguel Ángel (Leg. 09.896), de una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis (6) mensualidades de acuerdo con lo determinado en el Artículo 24, lnc. f),

2° párrafo del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 138/2016 de los Trabajadores de la Municipalidad de Quilmes (concordante con el Art. 72 lnc. f), párrafo 2° de la Ley Provincial Nº 14.656).-

ARTÍCULO 4°: El presente será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.­

 

ARTÍCULO 5°: NOTIFÍQUESE a la parte interesada en la Dirección General de Administración de Personal.-

ARTÍCULO 6°: COMUNÍQUESE a quien corresponda, dese al Registro General y ARCHIVESE.-

     Lic. Alejandro E. Gandulfo                                   Mayra S. Mendoza                                         

                  Jefe de Gabinete                                                  Intendenta

       Municipalidad de Quilmes                                   Municipalidad de Quilmes

 

DECRETO 1305/2022