Boletines/Quilmes
Decreto Nº 1282/2022
Quilmes, 22/04/2022
Visto
el Expediente Nº 4091-21207-S-2017 Alcance 16 iniciado por el Director de Obras de Ingeniería de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra Pública, el Contrato de Obra Pública Nº 0615/17, el Acta de Neutralización de Plazos Nº 0154/20, la Orden de Servicio Nº 287, la Ley Nº 6021, la Ley Nº 15.165 y su Decreto reglamentario Nº 304/20 y la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6769/58); y
Considerando
Que el 18 de diciembre de 2017 se suscribió el Contrato de Obra Pública Nº 0615/17 por medio del cual se contrató a la empresa Pose S.A. para la ejecución de la Obra "Plan de Gestión Integral de drenaje y control de inundaciones en la ciudad de Quilmes- etapa 1° Red de desagües troncales Sub-etapa 1º: Colector troncal Otamendi y Ramales Secundarios" por un monto equivalente a la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y DOS CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($132.699.032,48);
Que el plazo original de obra era de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos (conf. artículo 7° del Contrato), iniciándose la misma el 28 de diciembre de 2017;
Que el monto de la Obra ascendió a la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y CUATRO
CENTAVOS ($144.753.164,84) por medio del Acta Acuerdo de Adecuación registrada bajo el Nº 0365/18;
Que el plazo original fue ampliado mediante Decretos Nº 5748/18, 0734/19, 1944/19, 2719/19 y 3112/19 trasladando la fecha de finalización del plazo de Obra al 13 de diciembre de 2019;
Que mediante el Acta de Neutralización de Plazos de Obra registrada bajo el Nº 0154/20 se acordó neutralizar el plazo de ejecución con efectos desde el 2 de diciembre de 2019 con motivo de los inconvenientes generados por las imposibilidades de ejecutar una desembocadura para el conducto y por la necesidad de resolver la interferencia de YPF;
Que la referida Acta de Neutralización resultó convalidada por medio del Decreto Nº 1771/20;
Que conforme surge del Informe de Inspección de fecha 21 de marzo de 2022, la Contratista presentó un cambio al proyecto ejecutivo que resuelve los referidos inconvenientes;
Que, de conformidad con la Orden de Servicio Nº 285, la Inspección prestó conformidad técnica al nuevo proyecto presentado mediante Nota de Pedido Nº 155;
Que por medio de la Orden de Servicio Nº 286 la Inspección prestó conformidad a lo solicitado mediante Nota de Pedido Nº 155 referente a una ampliación de plazo de ciento sesenta y nueve (169) días con motivo del nuevo proyecto a ejecutar;
Que mediante Orden de Servicio Nº 287 se adjuntó el Acta de Reinicio de Obra, estableciéndose en la misma que la obra reinicia a partir del
21 de marzo de 2022 teniendo presente el cambio de proyecto aprobado mediante Acta Acuerdo suscripta el 21 de marzo de 2022;
Que, en atención al reinicio de obra y a la ampliación referida, la fecha de finalización de la Obra se traslada al 17 de septiembre de 2022;
Que el artículo 33 in fine de la Ley Nº 6021 dispone que "La autorización para efectuar /os trabajos de ampliaciones, modificaciones, ítem nuevos o imprevistos, deberá darla la Repartición dentro del porcentaje establecido en el artículo 7°, fijando para estos casos, las variaciones de plazo, si correspondieran";
Que por todo lo expuesto resulta procedente convalidar la Orden de Servicio Nº 287 y la correspondiente Acta de Reinicio de Obra;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107, subsiguientes y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes);
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: CONVALÍDASE en todos sus términos lo dispuesto por la Orden de Servicio Nº 287 y el Acta de Reinicio de Obra suscripta con fecha 21
de marzo de 2022 para la continuidad de la Obra "Plan de Gestión Integral de drenaje y control de inundaciones en la ciudad de Quilmes- etapa 1° Red de desagües troncales Sub-etapa 1º: Colector troncal Otamendi y Ramales
Secundarios". -
ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Arq. Cecilia Soler
Secretaría de Desarrollo
Urbano y Obra Pública
Municipalidad de Quilmes
DECRETO 1282/2022