Boletines/Quilmes
Decreto Nº 1246/2022
Quilmes, 21/04/2022
Visto
el Expediente Nº 4091-2517-D-2022, iniciado por la Secretaría de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (G.I.R.S.U) de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es la adquisición de diversos neumáticos para el mantenimiento y correcto funcionamiento de las unidades de recolección y flota pesada pertenecientes a la misma, en el marco del artículo 156 inciso 1O de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes) y de la Emergencia Sanitaria y Ambiental; y
Considerando
Que por expediente referenciado en el visto, la Secretaría de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (G.I.R.S.U), solicita la adquisición de diversos neumáticos para el mantenimiento y correcto funcionamiento de las unidades de recolección y flota pesada mediante el mecanismo de la compra directa. Fundamenta tal petición, en virtud de "(. ..) la
necesidad de realizar tareas operativas con los vehículos pertenecientes a la
Flota Vehicular (cfme. fs. 2);
Que el Honorable Concejo Deliberante de Quilmes sancionó la Ordenanza Nº 13.574/2021 que prorroga por el plazo de ciento ochenta (180) días corridos a partir del 27 de diciembre de 2021, la Emergencia Sanitaria y Ambiental declarada por Ordenanza Nº 13.318/19, la cual en su artículo 2°, autoriza al Departamento Ejecutivo a arbitrar los medios que tengan como fin la correcta administración y gestión de los recursos materiales y de personal que brinda el Servicio Público de Higiene Urbana en toda la zona de prestaciones, durante el plazo que dure la Emergencia, conforme con los artículos 52, 131 y 232 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificaciones vigentes.
Que sin perjuicio de ello, el Decreto-Ley 6.769/58 establece en su artículo 156 excepciones a las previsiones establecidas respecto a licitaciones y concursos de precios, admitiendo compras y contrataciones directas en los casos de "(... ) adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza en las condiciones comerciales de oferta más conveniente en el mercado, cualquiera sea su monto. Será responsabilidad del secretario del ramo y del contador municipal comprobar y certificar que la operación se encuadra en el nivel de precios y en las condiciones habituales del mercado" (cfme. inc. 10° del artículo citado);
Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 194 establece que: "la Compra Directa es procedente hasta el monto que fija la Ley Orgánica Municipal o para los casos de excepción previstos en la misma (artículos 151 y 156). La autoridad contratante procurará asegurarse por
los medios a su alcance, que el precio cotizado sea el más conveniente de
plaza a la fecha de la contratación.";
Que el artículo 88 del Reglamento Municipal de Compras y Suministros de la Municipalidad de Quilmes hace referencia al procedimiento de contratación directa, sin límite de monto, cuando el caso encuadre dentro de las excepciones establecidas en el artículo 156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que la excepción legal, aplicable al caso, no deja por ello de atender los detalles de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos;
Que en las actuaciones obran la Solicitud de Pedido Nº 826/2022, la solicitud de gasto, el Registro de Invitados a Cotizar Nº 775/2022 y las fichas de los respectivos proveedores;
Que asimismo obra nota del área en donde se acepta la diferencia de marca y de precio, agregándose la correspondiente solicitud modificatoria de gasto;
Que el precio más conveniente, fue oportunamente verificado mediante la comparativa de oferta de fecha 25 de marzo del 2022;
Que en autos luce agregado el Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye que no se encuentran objeciones jurídicas para ejecutar la contratación directa en tanto y en cuanto se cumpla con lo normado por el artículo 156, inciso 10° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Oto. Ley N°6769/58);
Que obra nota suscripta por la Secretaría de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (G.I.R.S.U.) y la Contaduría General, en donde se dejó constancia de que los valores presentados, resultan ser los más convenientes según precios de mercado, y que se dan por cumplidos los requisitos del artículo 156º inc. 1O de la Ley Orgánica de las Municipalidades, encuadrándose la compra en el nivel de precios y en las condiciones habituales del mercado;
Que atento lo expuesto resulta urgente, necesario y razonable dictar el presente acto administrativo de adjudicación consistente en la adquisición de diversos neumáticos para el mantenimiento y correcto funcionamiento de las unidades de recolección y flota pesada;
Que el recurso utilizado será el proveniente de la Fuente de Financiamiento 11O (Tesoro Municipal);
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 156 inciso 1O de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1º: ADJUDÍCASE a la empresa proveedora "SUD AMERICAN PARTS S.A" CUIT Nº 33.-71506844-9, el objeto de la Contratación Directa, consistente en la adquisición de diversos neumáticos para el mantenimiento y correcto funcionamiento de las unidades de recolección y flota pesada de la Secretaría de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (G.I.R.S.U), en el marco del artículo 156 inciso 1O de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes) y de la Emergencia Sanitaria y Ambiental, de acuerdo a la Solicitud de Pedido Nº 826/2022 efectuada por la Secretaría de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (G.I.R.S.U.), por la cantidad de pesos cuarenta y tres millones ochocientos sesenta mil ($ 43.860.000.-) IVA incluido, todo ello de conformidad con lo actuado y por resultar dicha oferta la más conveniente en el mercado.-
ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de gastos de la Administración Central - Departamento Ejecutivo 1110184000 Secretaría de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos,
Categoría programática 01.00.00, Fuente de Financiamiento 110, en la Partida
2.4.4.0.-
ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete. -
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dese al registro General y ARCHÍVESE. -
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Roberto Ariel Gaudio Lic. María Eva Stolzing Ugarte
Secretario de Gestión Integral Secretaria de Hacienda
De Residuos Sólidos Urbanos Municipalidad de Quilmes
Municipalidad de Quilmes
DECRETO 1246/2022