Boletines/Lobería
Decreto Nº 833-22
Lobería, 10/05/2022
IMPOSICIÓN DE LA NUMERACIÓN A LA CALLES QUE CONFORMAN EL ÉJIDO URBANO DE LA LOCALIDAD DE TAMANGUEYÚ, PARTIDO DE LOBERÍA
Visto
Lo dispuesto en el artículo 192 Inciso 6º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y los artículos 24, 25 y 108 Inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y
Considerando
QUE, dentro de las atribuciones del Honorable Concejo Deliberante corresponde, con exclusividad, la sanción de las Ordenanzas;
QUE, la citada facultad está expresamente determinada en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y en la Ley Orgánica de las Municipalidades;
QUE, la mencionada Ley prevé como atribución del Departamento Ejecutivo Municipal la promulgación de estas disposiciones;
QUE, el Honorable Concejo Deliberante ha sancionado, en sesión del 05 de mayo de 2022, la Ordenanza Nº 2.639/22 “IMPOSICIÓN DE LA NUMERACIÓN A LA CALLES QUE CONFORMAN EL ÉJIDO URBANO DE LA LOCALIDAD DE TAMANGUEYÚ, PARTIDO DE LOBERÍA”;
QUE, este Departamento Ejecutivo considera adecuado proceder a la promulgación de la misma para su puesta en vigencia;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1.- PROMÚLGASE a partir del día de la fecha la Ordenanza Nº 2.639/22 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en sesión del 05 de mayo de 2022.
ARTÍCULO 2.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Dirección de Ingresos Públicos, Dirección de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro, Contaduría y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 833-22