Boletines/Lobería
Ordenanza Nº 2637-22
Lobería, 06/05/2022
VISTO:
El deber del Estado de garantizar el derecho a la educación, la puesta en funcionamiento del proyecto “Universidad en Lobería”, la necesidad de constituir un Centro Regional Universitario, lo establecido en los artículos 24, 25, 27 incisos 9, 27 y 77 párr. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y
CONSIDERANDO:
QUE, la educación es la herramienta de transformación por excelencia en la vida de las personas;
QUE, además, es el instrumento que propicia la movilidad social ascendente en la vida de los ciudadanos y es responsabilidad del estado garantizar este derecho;
QUE, este derecho asegura y otorga igualdad de oportunidades en el acceso al conocimiento y se traslada al desarrollo, social, cultural y económico de las personas y las ciudades;
QUE, el acceso a la educación y al conocimiento son un instrumento esencial para el logro de la equidad y de la competitividad en el desarrollo de la región;
QUE, esta gestión promueve el desarrollo de la ciudad y la región con una visión innovadora y moderna de la mano del conocimiento, instrumentando políticas públicas que promuevan el acceso a la educación en todos sus niveles;
QUE, una de las formas de garantizar el derecho a la educación es a través de la enseñanza universitaria pública, gratuita y de calidad;
QUE, acercar a Lobería la educación universitaria es necesario para proveer el conocimiento, bajo la estrategia de formatos académicos actuales que la sociedad de hoy demanda y las casas de altos estudios desarrollan, diplomaturas, tecnicaturas, y otros formatos;
QUE, en el ámbito local, “Universidad en Lobería” es un Proyecto que comenzó a gestarse en el año 2019 en aras de facilitar y promover el acceso a la educación universitaria, entendida ésta como un derecho constitucional, humano y fundamental para el desarrollo económico, social y cultural, generando igualdad de oportunidades, especialmente, entre los jóvenes, no solo del distrito, sino también de la región y todos aquellos que tuvieran interés en acceder al conocimiento;
QUE, la creación del proyecto “Universidad en Lobería”, se concibió como una herramienta transformadora e igualadora de oportunidades para todos aquellos que quisieran desarrollar sus conocimientos;
QUE, a más de tres años de la puesta en funcionamiento de este proyecto, se ha demostrado a través de excelentes resultados -en cuanto a cantidad de ciudadanos que se vincularon, que año a año ha mostrado un incremento- que su conformación ha sido ampliamente superadora respecto a los fines perseguidos, resultando menester la constitución e integración formal de un Centro Regional Universitario;
QUE el acceso a la educación es necesario, tanto en términos de calidad como de mayor inclusión social, es por ello que en este sentido la educación superior es clave para la generación de empleos y el desarrollo poblacional, social, personal, cultural y económico;
QUE, en el siglo del conocimiento, la economía circular y las tecnologías descentralizadas, las personas capacitadas y sus ideas aportan a la riqueza y al desarrollo de una región. La educación nunca ha sido más importante que hoy y su valor nunca tan elevado como en estos tiempos;
QUE, el mundo globalizado es ya un escenario muy complejo con grandes oportunidades y grandes desafíos, donde aún no conocemos los trabajos del futuro, por ello es necesario extender el sistema educativo cubriendo todas las etapas etarias;
QUE, por consiguiente, el Estado debe arbitrar todos los medios a su alcance a fin de garantizar su acceso y convertir esta política pública en política de estado sostenible;
QUE, se hace necesario al despliegue de esta política pública, darle una forma de organización y representación a la “Universidad en Lobería”;
POR ELLO, EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, de acuerdo a sus atribuciones, aprueba la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- CRÉASE el Centro Regional Universitario de Lobería (C.R.U.L), cuyo fin es promover y acercar la Educación Universitaria en Lobería, de acceso libre, gratuito y universal.
ARTICULO 2º.- EL Centro Regional Universitario de Lobería (C.R.U.L) estará coordinado por un Consejo Universitario que será el encargado de promover, administrar, organizar y gestionar todos los aspectos vinculados a la actividad desarrollada por la “Universidad en Lobería”.
ARTÍCULO 3º.- El Consejo Universitario funcionara con las características, formas, integrantes y modalidades que se establecerán por la vía reglamentaria. Siendo necesario la participación de: El Departamento Ejecutivo Municipal, Honorable Concejo Deliberante, Consejo Escolar, ambos con representación de las expresiones políticas que los conformen y Jefatura Distrital de Educación. Debiendo contemplar asimismo, en los demás integrantes a incorporar, la participación plural y comunitaria.-
ARTICULO 4º.- AUTORÍZASE al Centro Regional Universitario de Lobería a gestionar convenios con la Nación, Provincia u otros Municipios, Universidades, Facultades, Institutos y Centros de Estudio o promoción académica de Nivel Superior de todo el país, para ser celebrados por el Departamento Ejecutivo.
ARTICULO 5º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a reglamentar la integración, funciones, autoridades, sostenimiento económico, selección de personal, oferta de formación académica, instrumentación y difusión de proyectos educativos y todo otro requisito que sea menester para el desempeño académico institucional y demás características que constituyan el Centro Regional Universitario creado por la presente.
ARTICULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro de Ordenanzas, cumplido,
ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, SANCIONADA POR UNANIMIDAD.-
ORDENANZA Nº 2637-22