Boletines/Lobería
Ordenanza Nº 2632-22
Lobería, 06/05/2022
VISTO:
Lo dispuesto por los artículos 41, 77 primer párrafo, 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 348/22; y
CONSIDERANDO:
QUE, el Municipio celebró con la Sra. Nélida Esther Delgado un Contrato de Comodato con el objeto de dar la tenencia precaria de una vivienda ubicada en calle Colón N 1.130 de esta ciudad, designada catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 28-d, Parcela 1, Partida Inmobiliaria 061-1.610, con destino exclusivo a vivienda de uso propio y ocupación permanente;
QUE, mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 348/22 se procedió a su registración, agregándose al acto administrativo de referencia el instrumento legal celebrado;
QUE, para la ejecución del mismo, resulta necesaria su convalidación por parte de ese Honorable Cuerpo mediante la sanción de la disposición correspondiente;
POR ELLO, EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, de acuerdo a sus atribuciones, aprueba la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- CONVALÍDASE el CONTRATO DE COMODATO celebrado Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante y registrado por Decreto Nº 348/22, entre la Municipalidad de Lobería, representada por el Intendente Municipal JUAN JOSÉ FIORAMONTI y la Sra. Nélida Esther Delgado, D.N.I. N° 14.991.997, con el objeto de dar la tenencia precaria de una vivienda ubicada en calle Colón N 1.130 de esta ciudad, designada catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 28-d, Parcela 1, Partida Inmobiliaria 061-1.610, con destino exclusivo a vivienda de uso propio y ocupación permanente.
ARTÍCULO 2°.- Incorpórese como Anexo Único de la presente, copia del acto administrativo citado en el Artículo 1º y Contrato respectivo.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro de Ordenanzas, cumplido, ARCHÍVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, SANCIONADA POR UNANIMIDAD.-
ORDENANZA Nº 2632-22
ANEXO I DE LA ORDENANZA Nº 2632/22
LOBERIA, 21 DE FEBRERO DE 2.022
VISTO:
Lo dispuesto en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad de Lobería, a efectos de brindar solución efectiva a situaciones de emergencia habitacional, suscribió Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante una Concesión de Uso Precario con la Sra. Nelida Esther Delgado, con el objeto de ceder una vivienda ubicada sobre calle Colon Nº 1.130, identificada catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 28-d, Parcela 1 Partida 061- 1.610, de esta Ciudad;
Que, dicho inmueble será destinado únicamente para vivienda familiar por un plazo de doce (12) meses a partir del día 01 de Enero de 2022, obligándose sus ocupantes a habitarla en forma efectiva y permanente, conservarlo en óptimas condiciones de uso y limpieza y observar un comportamiento normal respetando las reglas de moral y buenas costumbres, quedando prohibido en forma absoluta a la comodataria darle un destino diferente al acordado;
Que, el instrumento legal que materializa el compromiso de las partes, será oportunamente elevado al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación; POR ELLO, EL
INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
DECRETO
ARTICULO 1º REGISTRASE la CESION DE USO PRECARIO suscripto Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, entre la MUNICIPALIDAD DE LOBERIA, representada por su INTENDENTE MUNICIPAL JUAN JOSE FIORAMONTI y la Sra. NELIDA ESTHER DELGADO, con el objeto de ceder en préstamo gratuito una vivienda ubicada en el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 28-d, Parcela 1 Partidas 061-1.610, ubicado sobre calle Colon Nº 1.130 de la Ciudad de Lobería, con destino exclusivo a vivienda familiar de uso propio y ocupación permanente.
ARTÍCULO 2º El referido instrumento legal consta en el Libro de Contratos Año 2022 bajo el número 116.
ARTICULO 3º Notifíquese, tomen conocimiento Asesoría Letrada, División Patrimonio Municipal, Dirección de Desarrollo Social y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHIVESE.
DECRETO Nº 348-22