Boletines/Lobería
Ordenanza Nº 2630-22
Lobería, 06/05/2022
VISTO:
Lo dispuesto por los artículos 41, 77 primer párrafo, 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 1.606/21; y
CONSIDERANDO:
QUE, el Municipio celebró un Convenio con el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual para el desarrollo de acciones coordinadas institucionalmente a fin de ejecutar el Programa “Comunidades sin violencias. Fortalecimiento de la gestión municipal contra las violencias de género”;
QUE, mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 1.606/21 se procedió a su registración, agregándose al acto administrativo de referencia el instrumento legal celebrado;
QUE, para la ejecución del mismo, resulta necesaria su convalidación por parte de ese Honorable Cuerpo mediante la sanción de la disposición correspondiente;
POR ELLO, EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, de acuerdo a sus atribuciones, aprueba la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º CONVALÍDASE el CONVENIO celebrado Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante y registrado por Decreto N° 1.606/21, entre la Municipalidad de Lobería, representada por el Intendente Municipal JUAN JOSÉ FIORAMONTI y el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, representado por su titular Sra. ESTELA DÍAZ para el desarrollo de acciones coordinadas institucionalmente a fin de ejecutar el Programa “Comunidades sin violencias. Fortalecimiento de la gestión municipal contra las violencias de género”.
ARTÍCULO 2° Incorporase como Anexo Único de la presente, copia del acto administrativo citado en el Artículo 1º y Convenio respectivo.
ARTÍCULO 3º Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro de Ordenanza,cumplido, ARCHÍVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, SANCIONADA POR UNANIMIDAD.-
ORDENANZA Nº 2630-22
ANEXO I DE LA ORDENANZA Nº 2630-22
LOBERÍA, 05 DE NOVIEMBRE DE 2021
VISTO: Lo dispuesto por los artículos 41, 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Expediente N° 4066-975/21; y
CONSIDERANDO:
Que, el Municipio celebró un Convenio con el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual para el desarrollo de acciones coordinadas institucionalmente a fin de ejecutar el Programa “Comunidades sin violencias. Fortalecimiento de la gestión municipal contra las violencias de género”;
Que, para el logro de los objetivos ambas partes se comprometen a desarrollar equipos interdisciplinarios de recepción de la demanda de las mujeres y LGTBl+ que atraviesan situaciones de violencia por razones de género, colaborar destinando fondos para acompañar en la constitución y/o fortalecimiento de los equipos de prevención, atención, contención y salida de los casos, prevalecer un enfoque de derechos y de género concebido no solo como política de sensibilización o prevención sino como un modo de reparar los efectos, diseñar estrategias de intervención que involucre el alojamiento de hogares de protección integral, generar dispositivos y/o herramientas que les permitan sostenerse fuera de la ruta crítica de las violencias, promover el acceso al trabajo productivo y aprendizaje de oficios no convencionales, aportar elementos teóricos y prácticos en la construcción de un proyecto laboral que fortalezca la autonomía, entre otras;
Que, el organismo provincial otorgará los fondos de acuerdo a las líneas de gestión del programa, conforme el municipio lo solicite y siempre que se encuentre debidamente fundamentado;
Que, el plazo se establece en un (01) año prorrogable automáticamente por igual período;
Que, el instrumento legal mencionado, será oportunamente elevado al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación; Por todo ello y en ejercicio de facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, dicta el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1.- REGÍSTRASE, Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, el CONVENIO celebrado entre la Municipalidad de Lobería, representada por el Intendente Municipal JUAN JOSÉ FIORAMONTI y el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, representado su titular Sra. ESTELA DÍAZ, para el desarrollo de acciones coordinadas institucionalmente a fin de ejecutar el Programa “Comunidades sin violencias. Fortalecimiento de la gestión municipal contra las violencias de género”.
ARTÍCULO 2.- El referido instrumento legal consta en el Libro de Contratos Año 2021 con el número 304.
ARTÍCULO 3.- Los gastos que demande la aplicación del Convenio serán imputados a la Partida: “111011000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 29 Dirección de Desarrollo Social – 01 Conducción y Administración – 3.4.9.0. Otros Servicios – 4.3.6.0. Equipo para computación” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Asesoría Letrada, Secretaría de Salud y Desarrollo Social, Contaduría Municipal y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE.
PABLO J. BARRENA JUAN JOSÉ FIORAMONTI
SECRETARIO DE GOBIERNO INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETO Nº 1.606-21