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Resolución Nº14-22

Resolución Nº 14-22

Lobería, 06/05/2022

Visto

 Los Artículos 24, 25, 27 y 77 c) siguientes y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Constitución Nacional,  y

Considerando

Que, las actuales tecnologías aplicadas a las telecomunicaciones son herramientas que deberían garantizar una comunicación de calidad y con las amplias prestaciones existentes,

Que, diariamente observamos situaciones problemáticas en relación a reclamos de los usuarios por deficiencias en los servicios,

Que, el escenario de la pandemia, el consumo y la demanda de internet crecieron notablemente, siendo obligación de cada prestadora de servicios de internet/telefonía garantizar un servicio óptimo, siendo que dicho servicio fue declarado esencial por el Gobierno Nacional,

Que, en estos tiempos es imprescindible que nuestros vecinos accedan a un servicio de calidad para realizar sus actividades laborales y escolares desde sus hogares,

Que, ante un reclamo de parte de los vecinos en nuestra ciudad estas empresas de telefonía celular como de internet no cuentan con oficinas de atención al usuario, para una atención técnica y administrativa personalizada siendo una obligación por parte de las mismas,

Que, ante una deficiencia en la provisión del servicio, los clientes de telefonía móvil/ internet deben hacer reclamos telefónicamente o tramites online con lo cual el resultado es generalmente inconducente,

Que, estos servicios son utilizados por personas de edad avanzada, donde se les dificulta la gestión on line para plantear el inconveniente ante un 0800 y/o ante computadoras,

Que, existen normativas mediante las cuales se obliga a toda empresa prestataria de servicios, a contar con una oficina de atención dentro de la ciudad, donde el usuario o consumidor pueda efectuar los reclamos y consultas correspondientes y en forma personal,

POR ELLO, EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, de acuerdo a sus atribuciones, aprueba la siguiente:

R E S O L U C I O N

ARTÍCULO 1º- El Honorable Concejo Deliberante de Lobería solicita a las Autoridades de la Empresa Telefónica / Internet que brindan este servicio en nuestra localidad cuenten con una oficina de atención al usuario dentro de la ciudad, donde el usuario y/o consumidor puedan efectuar los reclamos y/o consultas correspondientes, en forma personal y ser asistido técnicamente en lo relativo a la óptima provisión del servicio contratado.-

ARTÍCULO 2°.- Solicitar a la OMIC de Lobería su intervención a los efectos de canalizar y realizar el reclamo correspondiente ante las empresas prestatarias del servicio.-

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al D. Ejecutivo, regístrese, cumplido, ARCHIVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, SANCIONADA POR UNANIMIDAD.-

RESOLUCION Nº 14-22