Boletines/Lobería

Decreto Nº662-22

Decreto Nº 662-22

Lobería, 18/04/2022

FIJASE el valor final para cada una de las viviendas del “Barrio 20 viviendas".

Visto

Lo dispuesto en los artículos 107 y 108 inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Expediente N° 2019-43474809-GDEBA-DPTDIV del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Nº 632/00; y                                                                                                                                                                                                                                  

Considerando

QUE, en el marco de lo prescripto por el Decreto N° 699/10 se crea el Plan de Escrituración del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y se reglamenta la Ley 13.342 y su modificatoria Ley N° 13.874 cuyo objeto es convertir en titulares de dominio a todos los adjudicatarios de viviendas sociales construidas, financiadas y administradas por el referido organismo provincial, a fin de garantizar la debida seguridad jurídica;

QUE, consecuentemente la Dirección de Ingresos Públicos manifiesta la necesidad de proceder al cobro, en este caso, de las viviendas designadas catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Quinta 26, Manzana 26H, parcelas 13 y 14 de esta ciudad, estableciendo un plan de doscientas cuarenta (240) cuotas iguales, mensuales y consecutivas;

QUE, para dar lugar a lo requerido resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERIA, en uso de atribuciones que le confiere la legislación vigente, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTICULO 1º FIJASE el valor final para cada una de las viviendas del “Barrio 20 viviendas Básica Asistida en la ciudad de Lobería”, ubicadas catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Quinta 26, Manzana 26 H, Parcelas 13 y 14 en la suma de Pesos Quinientos Setenta Mil ($ 570.000.-)

ARTÍCULO 2° Se establece la forma de pago en doscientos cuarenta (240) cuotas, mensuales, iguales y consecutivas, estableciendo el vencimiento de la primera el 10 de mayo de 2022, operando las restantes el mismo día de los meses subsiguientes.

ARTICULO 3º Tomen Secretaría de Economía y Hacienda, Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Dirección de Ingresos Públicos, División Contribución de Mejoras y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHIVESE.

PABLO J. BARRENA                                             JUAN JOSE FIORAMONTI

SECRETARIO DE GOBIERNO                              INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETO Nº 662/22