Boletines/Lobería
Decreto Nº 647-22
Lobería, 12/04/2022
DISPÓNESE la rectificación del artículo 2° del Decreto N° 61/22.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107, 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto N° 61/22; y
Considerando
QUE, mediante Decreto N° 61/22 se dispuso la designación en carácter de personal destajista del Sr. Alexis Torres, D.N.I. N° 43.196.598, para ser afectado a la obra de bacheo y trabajos de servicios públicos, dependiente de la Delegación Municipal de San Manuel;
QUE, el titular del área requiere la rectificación de la suma requerida ya que se consignó erróneamente en la pertinente solicitud;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1º DISPÓNESE la rectificación del artículo 2° del Decreto N° 61/22, quedando redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 2.- El monto a abonar por hora trabajada, asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 290,69.-) resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una remuneración efectiva de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 249,99.-) correspondiendo al Municipio, realizar aportes patronales por IPS: $34,88. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.”
ARTÍCULO 3º Tomen conocimiento Delegación Municipal San Manuel, Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos Oficina de Personal, Contaduría y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 647-22