Boletines/Lobería
Decreto Nº 589-22
Lobería, 04/04/2022
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 - Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto Nº 100/22; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Vergara, ubicada en calle F. González N° 645, de esta Ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Comuna ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 100/22, que realizarán trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 21 de marzo del 2022;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto Nº 100/22, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Vergara, ubicada en la calle F. González N° 645 de esta Ciudad, a partir del 21 de marzo de 2022:
APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO
PALOMEQUE, CARLOS 17.374.215
MACIEL, MARCIO 37.385.739
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Demolición de mampostería $ 4.319,19
Encadenado armado $ 602,09
Desmonte de techo $ 32.078,14
Techo nuevo con estructura de madera $ 142.579,07
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 179.578,49.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 154.437,50.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 21.549,42. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 589-22