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Decreto Nº589-22

Decreto Nº 589-22

Lobería, 04/04/2022

ASÍGNANSE tareas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 - Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto Nº 100/22; y

Considerando

QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Vergara, ubicada en calle F. González N° 645, de esta Ciudad;

QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;

QUE, consecuentemente, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Comuna ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 100/22, que realizarán trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 21 de marzo del 2022;

 POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto Nº 100/22,  que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Vergara, ubicada en la calle F. González N° 645 de esta Ciudad, a partir del 21 de marzo de 2022:

APELLIDO Y NOMBRE                                   DOCUMENTO                     

PALOMEQUE, CARLOS                                    17.374.215                          

MACIEL, MARCIO                                             37.385.739                          

ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:

TAREAS                                                                                     MONTO

Demolición de mampostería                                                     $ 4.319,19

Encadenado armado                                                                $    602,09

Desmonte de techo                                                                $ 32.078,14

Techo nuevo con estructura de madera                                $ 142.579,07

ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 179.578,49.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 154.437,50.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 21.549,42. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO Nº 589-22