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Decreto Nº586-22

Decreto Nº 586-22

Lobería, 04/04/2022

ASÍGNANSE tareas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto N° 100/22; y

Considerando

QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Larluz, ubicada en calle Ayrolo N° 440, de esta ciudad;

QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quien tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;

QUE, consecuentemente, el titular de esa dependencia ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante el Decreto N° 100/22, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 17 de marzo de 2022;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D E C R E T O

ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto N° 100/22, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Larluz, ubicada en calle Ayrolo N° 440, de esta ciudad, a partir del 17 de marzo de 2022:

APELLIDO Y NOMBRE                              DOCUMENTO                        

PEREZ, LUCAS DANIEL                               37.385.653                                

AMOR, GABRIEL VALENTIN                        40.058.457                                

ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:

TAREAS                                                                                    MONTO

Demolición de cargas                                                              $ 1.136,63

Desmonte de techo de estructura de madera                       $ 25.142,33

Techo con estructura de madera                                          $ 111.751,16

Cargas revocadas                                                                 $ 34.029,07

ARTICULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CIENTO SETENTA Y DOS MIL CINCUENTA Y NUEVE CON DIECINUEVE CENTAVOS ($ 172.059,19-) resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA CON NOVENTA CENTAVOS                         ($ 147.970,90.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 20.647,10. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0 Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO Nº 586-22