Boletines/Lobería
Decreto Nº 583-22
Lobería, 04/04/2022
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza N.º 1.973 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto Nº 100/22; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Campos, ubicada en la localidad de Tamangueyú, Partido de Lobería;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 100/22, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 07 de marzo de 2022;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto Nº 100/22, SR. JUAN CARLOS ORONOZ, D.N.I. Nº 20.726.000, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Campos, ubicada en la localidad de Tamangueyú, Partido de Lobería, a partir del 07 de marzo de 2022.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Desmonte de techo $ 33.812,09
Techo nuevo con estructura de madera $ 150.286,05
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y OCHO CON CATORCE CENTAVOS ($ 184.098,14.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO CON CUARENTA CENTAVOS ($ 158.324,40) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 22.091,78. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda - 43 Emergencia Habitacional - 5.2.1.0. Transferencia a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 583-22