Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 243/2022
Adolfo Gonzales Chaves, 09/03/2022
Visto
El Expediente 4055-10-2022, Ref. Programa Fortalecimiento Familiar Ley 13.163; y
Considerando
Las diversas notas de solicitud obrantes al presente Expediente;
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Otorgase a los beneficiarios del Programa de Fortalecimiento Familiar detallados seguidamente, la suma estipulada para cada uno de ellos, en los siguientes periodos:
Pesos Seis Mil ($ 6.000) mensuales, desde el mes de Enero a Diciembre de 2022, inclusive a:
PACHECO Lorena, DNI Nº 27.039.739
Pesos Ocho Mil ($ 8.000) mensuales, desde el mes de Enero a Diciembre de 2022, inclusive a:
BAZAN Maria Laura, DNI Nº 41.784.162
GARCIA Yesica Romina, DNI Nº 34.417.013
VERA Silvia Rocío, DNI Nº 34.417.024
ARTICULO 2º.- Déjase sin efecto, la ayuda económica otorgada por el Artículo 1º del Decreto Nº 137/2022, al beneficiario del Programa de Fortalecimiento Familiar, Sr. CARLOS FREIDIAZ, DNI Nº 21.636.990, a partir del 1º de Febrero de 2022.-
ARTICULO 3º.- Déjase sin efecto, la ayuda económica otorgada por el Artículo 1º del Decreto Nº 137/2022, al beneficiario del Programa de Fortalecimiento Familiar, Sr. JOSE ANTONIO GONZALEZ, DNI Nº 5.386.917, cuyo responsable de cobro es la Sra. Maria Fernanda Castañas, DNI Nº 29.568.120, a partir del día 09 de Marzo de 2022.-
ARTICULO 4º.- El gasto mencionado en el artículo 1º se imputará con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110101000 Unidad Intendente
Programa 17.01.00: Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales Ley 13.163
Fuente de Financiamiento 132: de Origen Provincial
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.3.0 Becas
ARTICULO 5º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Acción Social.-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-