Boletines/Daireaux

Decreto Nº112/2022

Decreto Nº 112/2022

Daireaux, 28/01/2022

INTERES MUNICIPAL  PLACEADA Abolerados y Diego Lienhardt

Visto

La Solicitud de la Dirección de Cultura de declarar Jornada de Interés Municipal la Placeada de Abolerados y Diego Lienhardt, a desarrollarse el día 30 de Enero de 2022, y

Considerando

Que la misma contará con la actuación de “Abolerados y Diego Lienhardt”

Que según lo que informa el Director de Cultura Fabián Sierra,  en Fs. 01 se realizará a las 20 horas y cumpliendo con los protocolos de cuidado general vigentes en nuestro distrito;

Que dicho evento resulta de gran relevancia, ya que los artistas son parte de una propuesta proveniente del Ministerio de Cultura de La Nación;

Que por todo lo expuesto precedentemente resulta pertinente declarar de Interés Municipal el desarrollo de la Jornada que nos ocupa, dirigida a todos los vecinos  de nuestro distrito;

Que conforme lo establece la Ordenanza Nro. 1092/2008 – Capítulo II – Declaraciones de Interés – Articulo 10º  la “Municipalidad de Daireaux podrá declarar como de su interés a congreso, exposiciones, jornadas, simposios, asambleas, reuniones, homenajes…

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

D  E  C  R  E T  A 

 

ARTICULO 1º. Declarar de “INTERES MUNICIPAL” el desarrollo de la PLACEADA: ABOLERADOS Y DIEGO LIENHARDT que se desarrollará el día 30 de Enero de 2022 en la Plaza San Martín de nuestra Ciudad, que contará con la presencia de “Abolerados y Diego Lienhardt,  conforme actuaciones obrantes en Expte. 4022-12.383/2022.-

ARTICULO 2º.  Autorizase a la Contaduría Municipal a efectivizar la totalidad de los pagos necesarios (traslado de artistas, contratación, etc.) A fin de  solventar la totalidad de  los gastos que emerjan de la jornada Placeada de Abolerados y Diego Lienhardt, imputándose dichos gastos con cargo a la Partida Presupuestaria enunciada a Fs.06  – Expte. 4022-12.383/2022.-

ARTICULO 3º.  COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.--------------------------------------------