Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº223/22

Decreto Nº 223/22

Hipólito Yrigoyen, 08/02/2022

Expediente Nº 4057-2193/22.-

DECRETO Nº  223/22.-

Visto

La nota del Director de Área Vial mediante la cual solicita se abone una Bonificación por Estimulo al Personal que se detalla, y -

Considerando

Que los trabajos de mantenimiento, bacheo, ensanchamiento y realización de tareas necesarias para paliar la situación producida como consecuencia de las inclemencias climáticas ha producido una mayor demanda de personal y mayor cantidad de horas de trabajo para realizar las tareas mencionadas.-

Que es menester fijar un parámetro justo en relación a las retribuciones de los trabajadores municipales premiando el merito y el compromiso con las tareas asignadas desde la administración municipal, -

Que en este sentido el Estatuto para el Empleado de las Municipalidades conforme Ordenanza Nº 30/2020, establece en su artículo 24 Inc.j; y en relación a las remuneraciones, como facultad del Departamento Ejecutivo, asignar bonificaciones completarías con el fin de estimular el ingreso de los agentes que cumplimenten requisitos excepcionales como los que fueran mencionados en este exordio.-

Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: OTORGUESE bonificaciones extraordinarias por estimulo conforme lo establece el artículo 24 Inc.j del Estatuto para el Empleado Municipal, según Ordenanza 30/2020, a los siguientes agentes municipales y por los montos que se detallan a continuación:

 

  • CARDINALE CARLOS, DNI Nº 13.908.874, legajo 5034, régimen 8 hs por un importe de pesos siete  mil cien ($7.100).-
  • IGLESIAS HUGO, DNI Nº 12.184.791, legajo 288, régimen 8 hs por un importe de pesos cuatro mil ochocientos ($4.800).-
  • SOSA LEONARDO, DNI Nº 17.750.526, legajo 9050, régimen 8 hs por un importe de pesos cuatro mil ochocientos ($4.800).-
  • CHOLFO FABRICIO, DNI Nº 25.689.465, legajo 5506, régimen 8 hs por un importe de pesos siete mil  cien ($7.100).-
  • PEREZ JUAN CARLOS, DNI Nº 38.403.918, legajo 5612, régimen 8 hs por un importe de pesos siete mil cien ($7.100).-
  • MARTIN JUAN CARLOS, DNI Nº 12.545.807, legajo 5791, régimen 8 hs por un importe de pesos cuatro mil  ochocientos ($4.800).-
  • BENEFU EUGENIO, DNI Nº 27.174.541, Legajo 5879, régimen 8 hs por un importe de pesos cuatro mil ochocientos ($4.800).-
  • SOSA JORGE, DNI Nº 29.500.118, Legajo 5773, régimen 8 hs por un importe de pesos siete mil  cien ($7.100).-
  •  HERRERO CARLOS, DNI Nº 17.995.614, Legajo 5499, régimen 8 hs por un importe de pesos siete mil cien  ($7.100)
  • GUARDIA MARIA CLAUDIA, DNI Nº 26.255.682, Legajo 5132, régimen 8 hs por un importe de pesos siete mil cien ($7.100).-
  • FERNANDEZ EDUARDO D.N.I. Nº 33.788.386, Legajo 5990, régimen 8 horas por un importe de pesos siete mil  cien ($ 7.100).-
  • SANCHEZ MARCOS D.N.I. Nº 38.954.716, Legajo 5789, régimen 8 horas por un importe  de pesos siete  mil  cien ($7.100).-
  • SOSA PABLO DNI Nº 40.867.763, Legajo 6025, régimen 8 horas por un importe de pesos siete mil cien ($7.100).-
  • MOYANO MARCOS DNI Nº 35.412.840, Legajo 6044, régimen 8 horas por un importe de pesos cuatro mil ochocientos ($4.800).-
  • MARTINEZ RAMON DNI  Nº 32.231.834, Legajo 6098, régimen 8 horas por un importe de pesos siete mil cien ($7.100).-
  • GOMEZ MAXIMILIANO DNI Nº 38.403.976, Legajo 6064, régimen 8 horas por un importe de pesos siete mil cien ($7.100).-
  • MONTERO MANUEL DNI Nº 39.491.370, Legajo 6000, régimen 8 horas por un importe de pesos siete mil cien ($7.100).-
  • BIEDMA ARIEL DNI Nº 23.934.370, Legajo 5296, régimen 8 horas por un importe de pesos siete mil cien ($7.100).-
  • MANGAS SERGIO DNI 30.317.463, Legajo 6137, régimen 8 horas por un importe de pesos cuatro mil ochocientos ($4.800).-
  • MALDONADO EZEQUIEL DNI  38.928.066, Legajo 6110, régimen 8 horas por un importe de pesos siete mil cien ($7.100).-

ARTICULO SEGUNDO: ESTABLEZCASE que la remuneración por estimulo del artículo primero del presente será otorgada en un pago único mensual por el mes de FEBRERO del corriente. -

 

ARTÍCULO TERCERO: IMPUTENSE  las erogaciones a la siguiente partida:

Jurisdicción: 1110107000. SERVICIOS VIALES- 01- ACCION VIAL Y VII REPARACION DE CAMINOS RURALES- Fuente de  Financiamiento: 110 de origen municipal.  1170.  Complemento.-

 

ARTICULO CUARTO: DESE intervención a la Dirección de Personal y a la Dirección de Presupuesto y Contaduría para dar cumplimiento a lo ordenado en el presente. -

 

ARTICULO   QUINTO: Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese.--

 

 

 

SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA                                                   INTENDENTE MUNICIPAL

               Dr. Martín Arpigiani                                                                              Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni