Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº0212/22

Decreto Nº 0212/22

San Andrés de Giles, 17/01/2022

Visto

La publicación realizada a través de la red social facebook, por parte de una convecina de nuestra ciudad el día 14 de enero del año en curso ;y

Considerando

Que se ha procedido a la impresión gráfica de la publicación a los efectos de brindar al asunto la tramitación correspondiente para esclarecer el hecho denunciado;

Que en dicho contexto se ha dispuesto la formación del expediente administrativo Municipal Nº 4101-12.785-0-2022        

Que narra en su publicación la mencionada convecina, un suceso ocurrido en la madrugada del jueves 13 de enero recientemente pasado (horario a partir de las 2.45 –horario de atención 4.20 Hrs) ante un supuesto hecho de  falta de atención personal  a su pequeño  hijo, por parte del médico que se encontraba de guardia en la fecha y horarios aludidos, en el servicio de pediatría del Hospital Municipal San Andrés;

Que en virtud de lo expuesto, resulta procedente impulsar una investigación administrativa tendiente a esclarecer los hechos y deslindar las eventuales responsabilidades emergentes de los mismos, ordenando la sustanciación de actuaciones presumariales, en virtud de lo establecido en el artículo 110 inciso b)  del C.C.T. N° 38 aprobado mediante ordenanza N° 2061/17.

Por ello, de conformidad con las atribuciones que le son propias, el Intendente Municipal Interino

D E C R E T A

 

ARTICULO 1ro.: Ordenar la sustanciación de actuaciones administrativas, tendientes a determinar las responsabilidades ante los hechos denunciados  mediante la publicación realizada a través de la red social facebook, por parte de una convecina de nuestra ciudad el día 14 de enero del año en curso, cuya impresión gráfica obra a fojas 1 del expediente Nº 4101-12.785 -0-2022 , de acuerdo a lo dispuesto en  el artículo 110 inciso b)  del C.C.T. N° 38 aprobado mediante ordenanza N° 2061/17.

ARTICULO 2do.: Designar a cargo de la presente investigación al Dr. José María García (Abogado) , quién actuará con todas las facultades para el cumplimiento de su cometido.

ARTICULO 3ro.: Notificar, registrar y archivar.-