Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 0028/22
San Andrés de Giles, 03/01/2022
Visto
Que por Ordenanza Municipal Nº 2448 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante durante la Sesión Extraordinaria celebrada el día 23 de diciembre de 2021, ha sido aprobado el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos de la Municipalidad de San Andrés de Giles para el Ejercicio 2022; y
Considerando
Que la norma ha sido promulgada por Decreto Nº 3357 dictado por el Departamento Ejecutivo con fecha 27 de diciembre del año en curso;
Que la Ordenanza mencionada en el visto, determina las distintas estructuras programáticas, jurisdicciones y nómina de funcionarios del Departamento Ejecutivo, contemplando la Dirección de Producción a partir del 1 de enero de 2022
Que asimismo el Decreto Municipal Nº 3379 sancionado por el Departamento Ejecutivo con fecha 30 de diciembre de 2021 , que dispone la aprobación a partir del 1º de enero de 2022, de la estructura Orgánico Funcional de la Municipalidad de San Andrés de Giles, contempla la creación de la Dirección de Producción, bajo la Orbita de la Secretaría de Gobierno;
Que dada la importancia de la mencionada Dirección, es necesario proceder a la designación del funcionario que ejerza la titularidad de la misma;
Que el Lic. Sergio Humberto Romanello reúne las condiciones para desempeñarse como tal;
Por ello, el Intendente Municipal Interino en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Designar al Licenciado Sergio Humberto Romanello, titular del D.N.I. Nº 16.592.997 –Legajo Nº 3115- Director de Producción de la Municipalidad de San Andrés de Giles, a partir del 1 de enero de 2022, quien revistará en Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo, Subjurisdicción 1110115000: Secretaria de Gobierno, Programa:23- Desarrollo Productivo Local ; Actividad 01 :Coordinación y Desarrollo de la Producción, Agrupamiento 1: Superior, Categoría Director, Cargo: Director.
ARTICULO 2º: El Director de Producción de la Municipalidad de San Andrés de Giles, gozará de la retribución contemplada en el Presupuesto de Gastos vigente, con los adicionales que le correspondan en virtud de las normas que lo establezcan.
ARTICULO 3º: El gasto derivado del cumplimiento de los artículos precedentes , se imputara en la partida presupuestaria del presupuesto de gastos en vigencia en la Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo, Subjurisdicción 1110115000: Secretaria de Gobierno, Programa:23- Desarrollo Productivo Local ; Actividad 01 :Coordinación y Desarrollo de la Producción, según los clasificadores presupuestarios vigentes por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 4º: Registrar, Comunicar, publicar, dar vista a las áreas que corresponda, en virtud a la naturaleza de la presente norma y archivar.-
CP Gastón A.M. Arina
Secretario de Economía y Finanzas
A/C de la Secretaría de Gobierno