Boletines/General Pueyrredon
Ordenanza Nº 25399
General Pueyrredon, 12/04/2022
ORDENANZA
Artículo 1º.- Créase el Mapa Interactivo Gastronómico del Partido de General Pueyrredon, el cual tendrá por objetivos los siguientes:
información a través de búsquedas por zona y/o especialidad.
El Ente Municipal de Turismo será la autoridad de aplicación de la presente ordenanza.
Artículo 2º.- El Mapa Interactivo Gastronómico se encontrará disponible para su consulta en la página web de la Municipalidad de General Pueyrredon y del Ente Municipal de Turismo. Se desarrollará también en el formato de una aplicación para teléfonos móviles.
Artículo 3º.- El EMTUR abrirá una convocatoria a todos los servicios gastronómicos del Partido para participar en el Mapa Interactivo Gastronómico, para lo cual deberán completar un formulario con los siguientes datos:
d) Especialidades gastronómicas.
e) Especificar si poseen menús aptos para diabéticos, celíacos, vegetarianos, veganos y cualquier otro requerimiento especial de alimentación.
Artículo 4º.- Aquellos establecimientos gastronómicos que deseen incorporarse al sello de calidad CocinAR del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, recibirán asesoramiento y acompañamiento por parte de las distintas áreas del Departamento Ejecutivo.
Artículo 5º.- Una vez realizada la convocatoria y establecido el Mapa Interactivo Gastronómico, encomiéndase al Ente Municipal de Turismo la realización de publicidad de rutas e itinerarios gastronómicos. La promoción y publicidad de estos itinerarios se dirigirá tanto a turistas como a marplatenses y batanenses, estableciendo cronogramas de difusión o semanas temáticas, de acuerdo a lo que consideren pertinente.
Artículo 6º.- Comuníquese, etc.-
Pérez Sánchez Herrero
Martin Montenegro