Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 0796/22
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 21/04/2022
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la designación de la señorita MARÍA BELÉN PUGLISI (Legajo Nº 36.269/1 – CUIL 27-26538394-2), en planta permanente y con carácter provisional, en los términos de lo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656, como MÉDICO I (C.F. 2-17-66-05 – 36 hs. semanales – Nº de Orden 21759), con dependencia del CAPS Batán (U.E. 11-01-1-0-4-02), efectuada mediante el Decreto Nº 2251/2021, por las razones puntualizadas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de baja el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha:
U.E. 11-01-1-0-4-02 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – Prog. 27-00-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – UER 8 – CAPS BATAN.
Nº O. C.F. Baja Denominación
21759 2-17-66-05 Médico I
ARTÍCULO 3º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de alta el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha:
U.E. 11-01-1-0-3-02 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – Prog. 27-00-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – UER 8 – CAPS AMEGHINO.
Nº O. C.F. Alta Denominación
22108 2-17-66-05 Médico I
ARTÍCULO 4º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificación, a la señorita GEORGINA FLAVIA GISSELLE SALCEDO (Legajo Nº 36.580/1 – CUIL 27-29603211-0), en planta permanente y con carácter provisional, hasta el cumplimiento del plazo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656, como MEDICO I (C.F. 2-17-66-05 – 36 hs. semanales – Nº de Orden 22108), con dependencia del Caps Ameghino (U.E. 11-01-1-0-3-02), para cumplir funciones en horario matutino, vespertino y/o nocturno. Pudiendo ser modificado el CAPS, según la necesidad del servicio de la División Coordinación SAME.
ARTÍCULO 5º.- Acuérdase, a la agente mencionada mediante el Artículo 4º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, la Bonificación por Actividad Crítica, equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 6º.- Acuérdase, a la agente mencionada mediante el Artículo 4º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, la Bonificación por Tarea Riesgosa del VEINTICINCO POR CIENTO (25%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- Acuérdase, a la agente mencionada mediante el Artículo 4º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, la Bonificación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTICULO 8º.- Acuérdase, a la agente mencionada mediante el Artículo 4º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, el Fondo Compensador, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 9º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-08-000 - Prog. 27-00-00 - Fin. y Func. 3-1-0 – UER. 8 – F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 1 – P.Sp. 3.
Para Art. 5º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 – P.Sp. 3 - Ap.1.
Para Art. 6º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 5 – Ap.1.
Para Art. 7º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 – Ap.3.
Para Art. 8º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 – Ap.4.
ARTÍCULO 10º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO Y DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO a cargo de la SECRETARIA DE SALUD.
ARTÍCULO 11º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
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BONIFATTI GONZALEZ MONTENEGRO
REGISTRADO BAJO Nº 0796