Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 621/2022
Coronel Suárez, 16/03/2022
Visto
la documentación obrante en el presente expediente, por el cual se efectúa consulta respecto de la des adjudicación de un terreno sito en Pblo. San José del Pdo. De Cnel. Suárez, ubicado según Nomenclatura Catastral en CIRC. XV - SECC B - Mz164 ab - PC 6- de Pueblo SAN JOSE, al Sr. CASELLA, ANTONIO ALBERTO, otorgado por Decreto Ad Referéndum 2686 de fecha 05.11.2015, convalidado por Ordenanza Nº 6.263 de fecha 28.04.2016, y
Considerando
Que mediante Acta de constatación de ocupación de terreno, signada por personal del Equipo Técnico del Instituto Municipal de Vivienda de fecha 05.01.2021, 16.06.2021 y 16.02.2022 se deja constancia que durante los relevamientos llevados a cabo se comprueba que los adjudicatarios tienen los lotes en un estado de abandono y sin mejoras, adjunta material fotográfico.-
Que a su vez, el Director del Instituto de la Vivienda, manifiesta las evidencias claras de que dicho lote jamás fue ocupado por el adjudicatario y da cuenta del incumplimiento contractual acontecido.-
Que conforme consulta efectuada a la Sub Secretaria Legal y Técnica, y habiendo analizado la situación, ésta informa que correspondería hacer lugar a la desadjudicación de referencia, habiéndose demostrado en autos, la falta de ocupación efectiva del lote adjudicado, en contraposición a lo establecido en la CLAUSULA TERCERA del boleto de Compra y Venta suscripto oportunamente entre las partes y conforme la CLAUSULA DECIMA del mencionado Instrumento, todo ello en el marco de la Ordenanza 5466/12 cuyo art. 13 reza que “aquellos adquirentes que no den cumplimiento a uno o mas requerimientos establecidos en la presente ordenanza, serán pasibles de la revocatoria de la adjudicación sin ningún tipo de devolución”.-
Que teniendo en cuenta que se encuentra el Boleto de Compra y venta firmado y en consecuencia la relación contractual que genera obligaciones entre el Municipio y el adjudicatario, es que se solicita la des adjudicación del mismo, para que finalmente ambas partes queden liberadas,
Por ello el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ART. 1º: Desadjudíquese el lote de terreno ubicado según Nomenclatura Catastral - - - - - CIRC. XV - SECC B - Mz164 ab - PC 6- de Pueblo SAN JOSE al Sr. CASELLA, ANTONIO ALBERTO - DNI nº 24.899.028, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
ART. 2º: El presente Decreto se dicta Ad-Referéndum del HCD.-
ART. 3º Regístrese, cúmplase, comuníquese y oportunamente archívese.-