Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº163/2022

Decreto Nº 163/2022

Coronel Suárez, 17/01/2022

Visto

la situación de la trabajadora municipal GARIPPE GRASSER ANA JULIA – Leg. 4113 que se desempeña en el Área de Niñez y Adolescencia dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social, y

Considerando

Que dicha Subsecretaría debe contar con una referente responsable que coordine el área de Niñez y Adolescencia, conformada por el Servicio Local de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Hogar Abrigo de niños, Casa Abrigo de niñas, Envión en Villa Belgrano, Santa Trinidad y Huanguelén, procurando obtener el mayor grado de eficiencia en los servicios y el cumplimiento de las normas establecidas.

                             Que tendrá a su cargo el personal que se desempeña en las áreas mencionadas, debiendo distribuir sus tareas racionalmente a fin de tener el mejor y más efectivo rendimiento.

                             Que asistirá de manera integral y articulada en tareas cotidianas que surgen dentro de la Subsecretaría de Desarrollo Social.

                             Que tendrá a su cargo la planificación y articulación de proyectos comunitarios y barriales enlazados con los Ministerios públicos tanto a nivel provincial como a nivel Nacional.

                             Que las tareas de coordinación y de mayor responsabilidad que cuenta la trabajadora GARIPPE GRASSER frente a sus pares dentro de la Subsecretaría de Desarrollo Social, no representan ningún nivel escalafonario superior al que hoy en día reviste y que seguirá siendo : Nivel 1 – Agrupamiento Profesional.

Que por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-

D E C R E T A

ART. 1: Desígnese como COORDINADORA DEL AREA DE NIÑEZ Y                                     - - - - ADOELSCENCIA, a la trabajadora GARIPPE GRASSER ANA JULIA – Leg. 4113 – DNI 31.187.513, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social, en los términos descriptos en los considerandos del presente a partir del 1 de enero de 2022.-

ART.2°: Cúmplase, comuníquese, regístrese, y oportunamente archívese.-