Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº105/2022

Decreto Nº 105/2022

Coronel Suárez, 14/01/2022

Visto

la sanción de la Ordenanza nº 5.309/11,    mediante la cual se crea en el Distrito de Coronel Suárez, un fondo de reserva para la atención médica de aquellos casos que por su complejidad y/u onerosidad requieran de la ayuda solidaria de la comunidad, y ordenanza Modificatoria nº 7.292/20, representada en este caso por el Municipio,  y -

Considerando

Que de conformidad a lo previsto en los art. 5º y 8º de la Ordenanza,  el Departamento Ejecutivo autorizará o no este beneficio;

          Que el Sr. SOLIVELLA ROLANDO FABIAN – DNI 25.607.740, solicita hacer uso del mismo para afrontar costo de cirugía vitrorretinal completa más endolaser para su esposa PAREDES NATALIA LORENA DNI 25.990.704;

          Que al haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el articulado de la Ordenanza de referencia, y luego de haberse analizado el caso tal cual lo expuesto en sus arts. 7 y 8, la Comisión Evaluadora del “Fondo de Salud Solidaria”, informa que corresponde otorgar el beneficio, por única vez, de $ 356.950 al  requirente;

Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-

 

D E C R E T A

ART.1º: Otorgar la suma de $ 356.950 (Pesos trescientos cincuenta y seis mil                       - - - - -novecientos cincuenta)  por única vez  al Sr. Sr. SOLIVELLA ROLANDO FABIAN – DNI 25.607.740,  para afrontar costo de cirugía vitrorretinal completa más endolaser para su esposa PAREDES NATALIA LORENA DNI 25.990.704,  de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-

ART. 2º: Establecer la devolución del beneficio acordado en el artículo                            - - - - - primero en 52 cuotas mensuales, iguales y consecutivas de la siguiente forma: 6 cuotas de $ 3.000, 6 cuotas de $ 4.000, 6 cuotas de $ 5.000, 6 cuotas de $ 6.000, 6 cuotas de $ 7.000, 6 cuotas de $ 8.000, 6 cuotas de $ 9.000, 6 cuotas de $ 10.000, 3 cuotas de $ 11.000 y 1 cuota de $ 11.950. El requirente se compromete en caso de mejorar su situación económica a aumentar el valor de la cuota, con un período de gracia de 3 meses, a partir de hacerse efectivo el préstamo,  imputándose a la Subjurisdicción: 111.010.5000 “Secretaría de Salud”,  Categoría Programática: 01.03.00 “Seguro Salud Solidaria”  - Objeto del Gasto: 6.3.1.1 “Prést.Seg.Salud Solidaria”, Fte. Fto. 131 “Origen Municipal”.- Recurso: 12.9.03.00.-

ART.3° A través de Subsecretaria Legal y Técnica, se confeccionará con el                             - - - - beneficiario en forma previa a la entrega de dinero, el pertinente convenio de devolución del monto indicado en el artículo primero, considerando la capacidad socio-económica del peticionante.

ART.4º: De ser el beneficiario, agente de esta Comuna, deberá conferir la                      - - - - -  pertinente autorización para el descuento de haberes de su recibo de sueldo, conforme Decretos Municipales vigentes, 599/99, 7/02, 1017/04.-

ART. 5º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-