Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 48/2022
Coronel Suárez, 11/01/2022
Visto
la Ordenanza Municipal N° 7939/20 y Decreto Reglamentario N° 538/21 que establece la Carrera Profesional Hospitalaria, y-
Considerando
Por ello, el Intendente del Partido, en uso de sus atribuciones;
D E C R E T A
ART. 1 Desígnese a partir del día 1° de Enero de 2022, a la Dra. MONTICELLI, - - - - - María Fernanda, DNI: 35.231.385, Legajo N° 4461, MEDICO DE GUARDIA EXTERNA PEDIATRICA del HOSPITAL “DR. RAUL CACCAVO”, en carácter de interino hasta la constitución del concurso correspondiente, y sujeto a las siguientes condiciones:
OBJETO: El Trabajador se desempeñará realizando tareas como Profesional Médico en el área de Emergencias Pediátricas del Hospital Raúl Caccavo y dependencias prestacionales de la Secretaria de Salud del Municipio de Coronel Suarez,
Formará parte del equipo de Emergentología, cumplirá las tareas asignadas a guardia externa y reconocerá como autoridad jerárquica a quien el organigrama institucional establezca como superior, en tanto Coordinadores de área, Jefes de Servicio, Administrador o Director del Hospital y todo otro funcionario que por su jerarquía o especialización juzgue conveniente, a los efectos de establecer enlaces, para la armonía general en el funcionamiento, organización y correlación del Establecimiento.
DEBERES: Será deber del trabajador cumplir con los requerimientos reglamentarios, administrativos y legales que surgieran directamente de la ejecución de su trabajo como médico de la Secretaria de Salud del Municipio de Coronel Suarez.
RÉGIMEN LABORAL: El régimen horario semanal para el Profesional de Salud es el establecido en el Régimen Escalafonario Municipal, perteneciendo al REGIMEN ESPECIAL para Profesionales de la Salud establecido en la Carrera Profesional Hospitalaria, dispuesto en la ordenanza 7439/20; y en particular alcanzado por su artículo N° 29 del régimen de guardia.
Para este cargo en particular regirá un régimen horario semanal de 24 hs, sin bloqueo de título.
REMUNERACIÓN: el profesional recibirá la remuneración regulada en los artículos 33, 35 y 38 de la ordenanza 7439/20 y su correspondiente reglamentación, para la carga horaria estipulada y en Función F0.
DIAS Y HORARIOS: Deberá cumplir con el régimen laboral establecido en el presente, tomando funciones de médico de guardia externa con un (1) módulo de 12 hs los días DOMINGOS en horario de 8:00 a 20:00 hs, y un (1) módulo de 12 hs los días DOMINGOS de 20:00 a 8:00hs del día LUNES, debiendo registrar ingreso y egreso.
El agente tendrá bajo sus deberes ofrecer a la institución la coordinación de los reemplazos por licencias o imprevistos que surgiesen a esta asignación. Visto la trascendencia y el recurso critico institucional que constituye, no se podrán asignar licencias hasta no quedar cubierto el puesto de trabajo por un remplazante.
TURNO ROTATIVO DÍA NO LABORABLE: si no existiese designación establecida de un profesional para los días sábados y/o domingos, el Jefe de Servicio, la Dirección Médica o quien el organigrama del establecimiento disponga, establecerán un cronograma de rotación obligatoria de los agentes asignados a la unidad funcional de emergencias médicas de pediátricas del Hospital Raúl Caccavo. Dicho cronograma deberá respetar una asignación justa y equitativa en base al acuerdo del sector o la asignación de carga horaria establecida para cada agente.
Este cronograma se programara por periodos prolongados facilitando la organización laboral, y estableciendo un orden de rotación fijo que asignara la responsabilidad de tomar el puesto del trabajo al médico. El no cumplimiento de dicha responsabilidad conllevara el abandono del puesto de trabajo.
Este módulo trabajado los días sábados y/o domingos se liquidara como bonificación extraordinaria en concepto de reemplazo.
UNIDAD FUNCIONAL: La Unidad de Emergencias es el conjunto de elementos destinados a la atención del paciente por parte del equipo de salud, con requerimiento de atención médica y de enfermería las 24 hs del día, en el área de Emergencias del Hospital y el Sistema de Asistencia Externa de la Emergencia (SAME) dependiente del Hospital Raúl Caccavo.
El Servicio de Emergencias, incluirá a todas las actividades que sucedan en el sector de la Guardia y la asistencia de la emergencia dentro de la institución Hospitalaria.
Involucra además mantener una estrecha coordinación y apoyo asistencial al área de internación pediátrica. Se encuentran bajo su órbita de responsabilidad la atención de las urgencias y emergencias pediátricas que sucedan en el área de internación general del Hospital fuera del horario del normal funcionamiento de la Sala de Internación, en coordinación con el Jefe de Servicio de Internación General.
La unidad de Emergencia está representada por el equipo de salud que actúa en el área de la Guardia del Hospital, y como unidad administrativa es encargada de la coordinación de las actividades médico/técnicas destinadas al diagnóstico y tratamiento, la enseñanza y la investigación, en el área destinada a asistir globalmente a los pacientes con patologías que requieran un tratamiento urgente o una emergencia propiamente dicha.
FUNCIONES:
ART. 2 Cúmplase, Comuníquese, regístrese y oportunamente archívese. -