Boletines/Veinticinco de Mayo
Resolución Nº 12/2022
Veinticinco de Mayo, 12/04/2022
Visto
El proyecto de Ley de Endometriosis que tiene como objetivo lograr que cada una de las mujeres que sufren y viven la enfermedad, puedan recibir todas las prestaciones necesarias de modo de alcanzar una mejor calidad de vida.
Considerando
Que, la Endometriosis es un trastorno en el tejido que normalmente recubre el útero y crece fuera de él.
Que, es una enfermedad muy compleja y delicada que sufre un alto porcentaje de mujeres y consiste en la aparición de tejido en los ovarios, las trompas de Falopio o los intestinos.
Que, es una enfermedad relativamente desconocida que afecta a muchísimas mujeres, de las cuales un número bien elevado desconocen tenerla.
Que, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), el 10% aproximadamente de las mujeres padece endometriosis y es una de las principales causas de infertilidad. Entre el 30% y el 60% de las que padecen endometriosis tienen trastornos de infertilidad.
Que, en nuestro País padecen la enfermedad casi un millón de mujeres, la mayoría de entre 15 y 50 años y en todo el mundo unas 176 millones de mujeres.
Que, la misma se considera una enfermedad crónica, cuya historia natural se desconoce, y puede requerir un manejo a largo plazo.
Que, la endometriosis se da cuando el endometrio refluye a través de las trompas con la menstruación hacia la pelvis. Allí, y produciendo pequeños sangrados en pelvis que, si no son correctamente degradados y eliminados por el propio organismo de la paciente, irán creando un cuadro de adherencias responsables en parte del cuadro de dolor e infertilidad de la paciente. El endometrio es la parte que recubre el interior del útero y se desprende en cada ciclo por la menstruación.
Que, el gran problema de esta enfermedad es el sub diagnóstico, y el diagnóstico tardío, se pierde un promedio de entre 7 a 12 años hasta arribar a una conclusión adecuada. Ante síntomas de fiebre, sangre en la orina y la detección de quistes de diversos tamaños, suelen venir las derivaciones, los falsos diagnósticos y soluciones desde sacar el ovario hasta tumores cancerígenos.
Que, es una enfermedad que puede empezar en el nacimiento y queda dormida hasta el momento de menstruar.
Que, por medio de esta Ley se busca la igualdad de oportunidades en el acceso a la Salud, la protección integral de la persona, la realización plena de los derechos de la mujer, el respeto por la dignidad humana y acceso integral a la salud.
Que, en Abril del año 2019 este Honorable Cuerpo ya ha manifestado su acompañamiento al tratamiento del Expediente de referencia iniciado por: Honorable Concejo Deliberante de Luján y cuyo motivo fue: “Manifiesta su beneplácito y expresa adhesión al proyecto de Ley del Senado Nacional, referente a información y concientización sobre la enfermedad denominada endometriosis”.
Honorable Concejo Deliberante de Veinticinco de Mayo
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo manifiesta su acompañamiento al Proyecto de Ley de Endometriosis.
Artículo 2º: Envíese copia de la siguiente Resolución a las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 3º: Los Vistos y Considerando forman parte del presente proyecto de Resolución.
Artículo 4º: Comuníquese, Regístrese y Archívese.