Boletines/Lobería

Ordenanza Nº2626-22

Ordenanza Nº 2626-22

Lobería, 18/04/2022

VISTO:

Lo dispuesto por los artículos 24, 25, 41, 107 y 108 inciso 17º de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y

CONSIDERANDO:

QUE, es voluntad de este Departamento Ejecutivo celebrar un Convenio Marco con la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires (FADU) para la prestación de asistencia técnica en temas relacionados con la incumbencia de las carreras dictadas en esa facultad;

QUE, para ello, es intención crear una Unidad de Coordinación integrada por un miembro titular y un miembro alterno por cada una de las partes para organizar, dirigir y supervisar las actividades derivadas de la aplicación del convenio a suscribir;

QUE, dicha unidad tendrá como atribuciones y funciones proponer el programa de actividades y el perfil profesional y técnico necesario para cumplirlo, el presupuesto correspondiente, elevar a las partes un informe sobre las actividades cumplidas y las erogaciones realizadas conforme con las normas vigentes, supervisar el desarrollo del programa de actividades y resolver las controversias que pudieran plantearse entre las partes;

QUE, la FADU desarrollará la asistencia técnica y asesoramiento de las actividades que se acuerden, dirigiendo y coordinando las actividades que se especifiquen en los programas de actividades;

QUE, desde el Municipio se proveerá de todos aquellos elementos organizativos necesarios para la realización de los referidos programas;

QUE, en tal sentido, las tareas que deriven del instrumento a celebrar deberán ser instrumentadas en convenios específicos donde se estipularán los programas y actividades en los que se determinarán los detalles de su ejecución, recursos necesarios para cumplir con las finalidades expuestas en los mismos, así como las responsabilidades específicas que le correspondan a cada una de las partes intervinientes y un cronograma para el control de gestión;

QUE, en virtud de lo establecido por la legislación vigente corresponde la autorización por parte de ese Honorable Cuerpo, a fin de suscribir el convenio respectivo;

POR ELLO, EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, de acuerdo a sus facultades, aprueba la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, en el nombre del Sr. INTENDENTE JUAN JOSÉ FIORAMONTI, a celebrar un CONVENIO MARCO con la FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y URBANISMO DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, para la prestación de asistencia técnica en aquellos temas relacionados con las incumbencias de las carreras dictadas en la facultad

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE a suscribir los Convenios Específicos derivados del instrumento legal referido en el artículo precedente, donde se estipularán los Programas de Actividades en los que se determinarán los detalles de su ejecución, recursos necesarios para cumplir con las finalidades expuestas en los mismos, así como las responsabilidades específicas que le corresponden a cada una de las partes intervinientes y un cronograma para el control de gestión.

ARTÍCULO 3º.- Incorpórese como Anexo I de la presente, modelo del Convenio Marco a suscribir entre las partes.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro de Ordenanza, cumplido, ARCHIVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, SANCIONADA POR UNANIMIDAD.-

ORDENANZA Nº 2626-22

ANEXO ÚNICO DE LA ORDENANZA Nº 2626-22CONVENIO MARCO
DE ASISTENCIA TECNICA ENTRE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y URBANISMO
DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES Y MUNICIPALIDAD DE LOBERIA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES

Entre la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires, con domicilio en la calle Intendente Güiraldes 2160, Ciudad Universitaria, Pabellón III, cuarto piso, Nuñez, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante "LA FADU", representada en este acto por el Arq. Guillermo Germán Cabrera, en su carácter de Decano, por una parte; y por la otra la Municipalidad de Lobería, con domicilio en Av. San Martín 51, Lobería, Prov. de Buenos Aires, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", representada en este acto por el Dr. Juan José Fioramonti, en su calidad de Intendente; acuerdan celebrar el presente Convenio Marco, el que se sujetará a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: EL objeto de este Convenio es la prestación de Asistencia Técnica por parte de “LA FADU” a "LA MUNICIPALIDAD” en aquellos temas relacionados con las incumbencias de las carreras dictadas en Facultad.

SEGUNDA: A los efectos de programar, organizar, dirigir y supervisar las actividades que deriven de la aplicación del presente Convenio, las partes acuerdan la creación de una Unidad de Coordinación, que estará integrada por UN (1) miembros titulares y UN (1) miembro alterno por cada una de ellas. Dicha Unidad de Coordinación deberá constituirse en el momento de la firma del presente Convenio. La dirección y coordinación de las tareas académicas, docentes y organizativas las ejercerá “LA FADU”.

TERCERA: La Unidad de Coordinación tendrá las siguientes atribuciones y funciones: a) proponer el programa de actividades; b) proponer el perfil profesional y técnico necesario para cumplirlo; e) proponer el presupuesto correspondiente; d) elevar a las partes un informe sobre las actividades cumplidas y las erogaciones realizadas como consecuencia de este Convenio, conforme con las normas vigentes en cada una de ellas; e) supervisar el desarrollo del programa de actividades; f) resolver las controversias que pudieran plantearse entre las partes.

CUARTA: Será responsabilidad de “LA FADU” desarrollar la ASISTENCIA TÉCNICA Y ASESORAMIENTO de las actividades que se acuerden, dirigiendo y coordinando las actividades que en cada caso se especifiquen en los Programas de Actividades.

QUINTA: Será responsabilidad de “LA MUNICIPALIDAD”, la provisión de todos aquellos elementos organizativos necesarios para la realización de los Programas de Actividades.

SEXTA: Los fondos necesarios para el desarrollo de los Programas de Actividades, serán aportados por “LA MUNICIPALIDAD”, pudiéndose prever que los recursos necesarios para el financiamiento de las diversas actividades que se proponen, sean obtenidos en la forma y por el procedimiento que en cada caso en particular las partes de común acuerdo establezcan, sin que esto implique ninguna erogación por parte de “LA FADU”, ni de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES. Los recursos que ingresen por su ejecución integrarán las subcuentas del
Financiamiento 12-Recursos Propios de la dependencia respectiva. Asimismo “LA MUNICIPALIDAD” no sólo deberá aportar los fondos para el desarrollo del programa, sino también abonar lo pertinente por la labor a desarrollar por “LA FADU”, debiéndose pactarse dicha modalidad en los convenios específicos.

SEPTIMA: Las tareas a que dará lugar el presente Convenio deberán ser instrumentadas en Convenios Específicos donde se estipularán los Programas de Actividades en los que se determinarán los detalles de su ejecución, recursos necesarios para cumplir con las finalidades expuestas en los mismos, así como las responsabilidades específicas que le corresponden a cada una de las partes intervinientes y un cronograma para el control de gestión.

OCTAVA: Los Programas de Actividades establecidos en los correspondientes Convenios Específicos, dentro de lavigencia del presente Convenio, deberán ser informados al Consejo Superior mediante el mecanismo previsto para tal fin.

NOVENA: Los resultados parciales o definitivos, obtenidos a través de las tareas programadas podrán ser
publicados de común acuerdo, dejándose constancia en las publicaciones de la participación correspondiente a cada una de las partes. La propiedad de los resultados intelectuales alcanzados será establecida en los convenios específicos, en función de los aportes de cada una de las partes de acuerdo a la normativa vigente de la Universidad.

DECIMA: Los representantes legales o los funcionarios que tengan facultades legales suficientes (por delegación y/o designación) dependientes de “LA MUNICIPALIDAD”, deberán estar facultados para definir, suscribir e instrumentar con "LA FADU", los Programas de Asistencia Técnica y los Planes de Trabajo Específicos que resulten necesarios en sus respectivas áreas, como así también autorizar y aprobar la asignación de los recursos que resulten necesarios para el desarrollo de las acciones, y conformar la ejecución de las actividades.

DECIMO PRIMERA: Ambas partes acordarán los límites de confidencialidad en los Convenios Específicos que pudieran generarse en el marco de este convenio. Asimismo, en el supuesto que por el vínculo establecido se intercambie información calificada “LA MUNICIPALIDAD” se compromete a no difundir y a guardar reserva sobre los aspectos metodológicos y científicos que “LA FADU” señale como confidenciales, durante la vigencia del presente Convenio.

DECIMO SEGUNDA: Ambas partes deberán declarar el conocimiento de la Resolución (CS) N° 3404/99, en referencia a las pautas de utilización del logotipo, isotipo y nombre de la UBA.

DECIMO TERCERA: En toda circunstancia o hecho que tenga relación con este Convenio, las partes mantendrán la individualidad y autonomía de sus respectivas estructuras técnicas y administrativas y, por lo tanto, asumirán particularmente las responsabilidades que les incumben.

DECIMO CUARTA: El presente convenio no limita a las partes la posibilidad de convenir objetos similares con otras instituciones.

DECIMO QUINTA: Este convenio se celebra por el término de cuatro (4) años a partir del momento de su firma, venciendo el mismo al finalizar el plazo de duración. Para su prórroga, las partes deberán fundar su voluntad de forma fehaciente con una anticipación de por lo menos TREINTA (30) días con relación a la fecha de vencimiento. No obstante ello, cualquiera de las partes podrá denunciar unilateralmente sin expresión de causa su voluntad contraria a la continuación de este convenio, mediante preaviso escrito a la otra parte efectuado con una anticipación de TREINTA (30) días. La denuncia no dará derecho a las partes a reclamar indemnización y/o compensación de cualquier naturaleza. Los trabajos de ejecución al producir efecto la denuncia serán finalizado dentro del período anual en que la misma fuera formulada o dentro de los límites permitidos por el aporte financiero realizado.

DECIMO SEXTA: Las partes observarán en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración y las mismas se basarán en los principios de buena fe y cordialidad en su atención a los fines perseguidos en comisión con la celebración del presente acuerdo. En caso de surgir controversias entre las partes relativas a este convenio o a su interpretación, extinción o terminación, se dirimirán en primera instancia de mutuo acuerdo por medio de una comisión arbitral formada por los representantes de las partes. Si no se llegara a tal acuerdo dentro de los sesenta (60) días posteriores a la notificación efectuada por la parte que se considere perjudicada, las partes acuerdan someter tal controversia a la instancia judicial de acuerdo a lo determinado en la cláusula siguiente.

DECIMO SEPTIMA: Ante cualquier acción contradictoria o litigio entre las partes, las cuestiones derivadas del presente Convenio deberán ser sometidas ante los Tribunales Federales competentes de la Capital Federal. A tales efectos, “LA MUNICIPALIDAD” constituye domicilio en la Av. San Martín 51, Lobería, Prov. de Buenos Aires y “LA FADU”, constituye domicilio legal en la calle Viamonte 430, Planta Baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dirección de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del Rectorado y Consejo Superior, a los efectos de la validez de toda notificación judicial y administrativa. Asimismo “LA FADU” constituye domicilio en la calle Intendente Güiraldes 2160, Ciudad Universitaria, Pabellón III, cuarto piso, Nuñez, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para las comunicaciones y notificaciones no judiciales vinculadas con el desarrollo y aplicación del Convenio.
En prueba de conformidad con las cláusulas precedentes, se formaliza el presente convenio en (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, los ….. días del mes de .............. del año 2020.-