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Decreto Nº1099/2022

Decreto Nº 1099/2022

Quilmes, 08/04/2022

Visto

el Expediente Nº 4091-1687-D-2022 iniciado por la Secretaría de Educación de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es la contratación del servicio refacción edilicia para la Escuela de Enseñanza Secundaria Nº 74 / Escuela Primaria Nº 72, sita en la calle Carlos Braggio y calle  183 de la localidad de Quilmes Oeste; y

Considerando

Que el artículo 132 inciso e) del Decreto-Ley  Nº  6769/58 (LOM), establece que '11]a ejecución de las obras públicas corresponde al Departamento Ejecutivo. En las realizaciones mediante consorcios, convenios y demás  modalidades,  su intervención  será  obligatoria.  Las obras públicas  que se

realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de /as cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando: (... ) inciso e) Se trate de trabajos  de urgencia reconocida u obedezcan  a circunstancias imprevistas que

demandaren una inmediata ejecución.";

Que de igual modo, el artículo 9 de la Ley  Nº  6021  dispone:" Las obras, trabajos, instalaciones y adquisiciones  a que se refieren los artículos 1° y 2°, deberán adjudicarse mediante licitación pública. Quedan exceptuadas de la obligación de este acto y podrán ser adjudicadas mediante licitación privada, concurso de precios o ejecutadas por administración de acuerdo con las normas que establezca la reglamentación en los siguientes casos: '11] inc. d) Cuando los trabajos de urgencia reconocida o circunstancias imprevistas demandaren una inmediata ejecución".;

Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente 4091-11690-S-2021, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.572/2021, en la cual declara la Emergencia en Materia de Infraestructura Escolar y de Asociaciones Civiles, comprendidas en la Ordenanza Nº 13.416/2021, como también de Entidades con Reconocimiento Municipal, respecto de los establecimientos y sedes que se ubiquen en el ámbito del Partido de Quilmes, por el plazo de 365 días corridos contados a partir de la fecha de promulgación de la misma;

Que la mencionada Ordenanza, establece en su Artículo 2ºque "se entiende por Infraestructura a los fines del Artículo 1 º, al conjunto de obras y servicios básicos que se consideran necesarios  para asegurar el pleno y adecuado funcionamiento de los mismos, y que posibiliten el cumplimiento de sus fines.";

Que en tanto, en su artículo 3°, establece los objetivos de la referida Ordenanza, siendo los mismos:" a.) Restablecer la seguridad y /as condiciones de habitabilidad de los edificios de las sedes donde se desarrollan las actividades para el normal desarrollo de sus actividades por parte del alumnado, público asistente, docentes y personal auxiliar. b.) Facilitar el suministro de los servicios básicos de electricidad, conectividad, gas, agua y sanitarios a dichos establecimientos. c.) Satisfacer la demanda de escolarización, mediante la construcción de nuevas aulas en establecimientos existentes. d.) Coadyuvar y/o realizar las refacciones y modificaciones necesarias en los espacios e instalaciones de las instituciones y entidades comprendidas.

Que la excepción legal, aplicable al caso, no deja por ello de atender los detalles de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos;

Que el recurso utilizado será proveniente de la Fuente de Financiamiento 132 (Origen Provincial);

Que en autos obran las Solicitudes  de Pedido Nº 569/2022, la solicitud de gastos y las especificaciones técnicas generales  para  la ejecución del proyecto, el Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales y Particulares y el Acta Complementaria Nº51 suscripta entre la  Dirección  General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Quilmes;

Que se han invitado a cotizar a cuatro (4) proveedores, haciéndose la correspondiente comparativa de oferta entre DE LOS CERROS CONTRUCCIONES S.A y CONSTRUCTORA CALCHAQUI S.A, quienes

presentaron sus presupuestos;

Que respecto del precio publicado por la empresa DE LOS CERROS CONSTRUCCIONES S.A, teniendo en consideración las características del servicio y las condiciones comerciales ofrecidas, resultaría, el valor corriente en plaza más conveniente en el mercado;

Que asimismo, obra nota del Secretario del área, en donde acepta la diferencia de precio, agregándose la correspondiente solicitud modificatoria de gastos;

Que en los actuados obra el Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye en que no se encuentran objeciones jurídicas para ejecutar en la contratación  directa en cuestión, entendiendo viable la aplicación del art. 132 inc.e) de la Ley Orgánica de las Municipalidades y artículo 9 inciso d) de la Ley Provincial N°6021 y la Ordenanza Nº13.572:

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta necesario y razonable efectuar el presente acto administrativo de adjudicación directa consistente en la ejecución de la obra refacción edilicia  para la Escuela de Enseñanza Secundaria Nº 74 / Escuela Primaria Nº 72, sita en la calle Carlos Braggio y calle 183 de la localidad de Quilmes Oeste;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107, 132 inciso e) de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº6.769/58 con modificaciones vigentes), artículo 185 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires; y el artículo 9 inc.d) de la Ley Provincial Nº6021 y Ordenanza Nº 13.572; y

Por todo lo expuesto;

 

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO     :     ADJUDÍCASE     al     proveedor     "DE     LOS   CERROS

CONSTRUCCIONES S.A" CUIT Nº30-71133503-6, el objeto de contratación directa consistente en el servicio de refacción edilicia para la Escuela de Enseñanza Secundaria Nº 74 / Escuela Primaria Nº 72, sita en la calle Carlos Braggio y calle 183 de la localidad de Quilmes Oeste, de acuerdo a la Solicitud de Pedido Nº 569/2022,  por un monto  total de pesos cuarenta  y cinco millones 

setenta y ocho mil ochocientos cuarenta y seis con 05/100 ($  45.078.846,05) IVA incluido, de conformidad a los valores cotizados.-

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de Gastos de la Administración Central 111.00.00.000 Departamento Ejecutivo 111.01.85.00 en la Subjurisdicción "Secretaría de Educación", Categoría Programática 50.51.00, Fuente de Financi9miento 132;

correspondiendo a la Partida 5.1.5.0.-

ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al registro General y ARCHÍVES -

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

   Lic. Joaquín Pablo Desmery                                                 Lic. María Eva Stolzing Ugarte                                      

 Secretario de Educación                                                         Secretaria de Hacienda                        

 Municipalidad de Quilmes                                                       Municipalidad de Quilmes

  DECRETO 1099/2022