Boletines/Quilmes
Decreto Nº 1088/2022
Quilmes, 06/04/2022
Visto
el Expediente Nº 4091-3368-S-2022, iniciado por la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es solicitar el pago del aporte ordinario del primer semestre 2022 a la Federación Argentina de Municipios, y
Considerando
Que a fojas 2/3 obra copia del Decreto Nº 2790 de fecha 8 de octubre de 1998 que promulga la Ordenanza Nº 8262 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 22 de septiembre de 1998, mediante la cual se autorizó la incorporación de la Municipalidad de Quilmes a la Federación Argentina de Municipios;
Que a fojas 4 obra detalle de las Categorías y Cuotas Semestrales vigentes para el 1º semestre 2022;
Que a fojas 5 obra cupón de pago por la suma de pesos un millón noventa mil quinientos ( $ 1.090.500.-);
Que a fojas 7 obra registro de compromiso;
Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia resulta necesario y razonable dictar el presente acto administrativo consistente en el pago del aporte ordinario primer semestre 2022 a la Federación Argentina de Municipios, por la suma de pesos un millón noventa mil quinientos ($ 1.090.500.-);
Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE a la Contaduría Municipal a emitir Orden de Pago a favor de la Federación Argentina de Municipios, por la suma de pesos un millón noventa mil quinientos ($ 1.090.500,00.-), correspondiente al aporte ordinario primer semestre 2022, para ser depositada en la Cuenta Corriente en pesos Nº 0291624-100/9 CBU 25900509-10029162410097 del Banco Itaú Argentina S.A., Sucursal Av. Santa Fe.-
ARTÍCULO 2º: El presente gasto se devengará en Administración Central- Jurisdicción 1- Departamento Ejecutivo- Subjurisdicción 29- Secretaría de Hacienda- Actividad Central 01 - Partida 3.8.9.0, Fuente de Financiamiento 110.
ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHÍVESE.-