Boletines/Quilmes

Decreto Nº1007/2022

Decreto Nº 1007/2022

Quilmes, 29/03/2022

Visto

lo actuado en el Expediente Nº 4091-10857-A-2021; y

Considerando

Que la Empresa contratista Martinez y De La Fuente S.A., autorizada por la comitente AySA S.A. solicita factibilidad para la ejecución de Traza de Obra "Refuerzo Avellaneda Etapa 2"- Proyecto SA 70205 en el Partido de Quilmes;

Que la obra a ejecutar consiste en la instalación de una cañería de impulsión de agua de Hierro Ductil K7, cuya longitud total de la traza es de 5.936 m (sin incluir longitud de cañería de cruces) y el recorrido de la cañeria troncal tiene 2.972 mts. en DN 600 mm, 1.599 mts. en DN 500 mm y

1.175 en DN 400 mm;

Que el proyecto incluye la instalación de un sistema de regulación compuesto por tres válvulas reguladoras de presión;

Que esta conexión permitirá la provisión de agua potable a miles de personas que aún no cuentan con una red de este servicio;

Que existe informe favorable del Departamento de Pavimentos y Desagües obrante a fs. 134 a 135, aclarando que en el sector se desarrollan desagües pluviales adjuntando croquis a fs. 134;

Que la referida traza se ejecutará por vía pública;

Que la obra se realizará en el área que se delimita según el siguiente trazado: General Levalle (calle 154) entre Av. Lynch y Bermejo (calle 104); General Levalle (calle 154) entre Pilcomayo (calle 106) y Montevideo (calle 115); Falucho (calle 153) entre Montevideo (calle 115) y Cte. Franco (calle 118); Cte. Franco (calle 118) entre Falucho (calle 153) y Chacabuco (calle 148); Formosa (calle 110) entre General Levalle (calle 154) y Av. Dardo Rocha; y Formosa (calle 110) entre Av. Dardo Rocha y Dr. F.I. Pozzo (calle 163)

Por todo lo expuesto;

 

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO 1°: OTÓRGASE a la empresa contratista Martinez y De La Fuente S.A., autorizada por la comitente AySA S.A., la factibilidad para la aprobación  de los trabajos para la ejecución de la Traza de Obra "Red primaria de agua Refuerzo Avellaneda Etapa 2"- Proyecto SA 70205 en el Partido de Quilmes. La Obra se realizará en el área que se delimita según el siguiente  trazado:  General Levalle (calle 154) entre Av. Lynch y Bermejo (calle 104); General Levalle (calle 154) entre Pilcomayo (calle 106) y Montevideo (calle  115); Falucho (calle 153) entre Montevideo (calle 115) y Cte. Franco (calle 118); Cte. Franco (calle 118) entre Falucho (calle 153) y Chacabuco (calle 148); Formosa 

(calle 110) entre General Levalle (calle 154) y Av. Dardo Rocha; y Formosa (calle 11O) entre Av. Dardo Rocha y Dr. F.I. Pozzo (calle 163).-

ARTÍCULO 2º: La factibilidad otorgada en el artículo anterior no implica autorización para la realización de la obra sin que previamente se presente el proyecto definitivo, se abonen los derechos que corresponden al área de competencia sobre el particular, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra Pública y no extienda el correspondiente permiso. Con el proyecto definitivo, se exigirá en la descripción de la traza, aclaración pormenorizada en lo que a afectación de vereda y/o calzada corresponda.-

ARTÍCULO 3°: Los cruces de calles deberán ejecutarse utilizando todas las alternativas posibles para evitar la rotura del pavimento, salvo fundamentos sólidos que se esgriman y que se considerarán oportunamente y en virtud del desenvolvimiento de la obra.-

ARTÍCULO 4°: La Empresa deberá notificar a los vecinos frentistas del inicio  de la obra con plazo no menor a diez (1O) días de antelación.-

ARTÍCULO 5°: El presente tiene una vigencia de seis (6) meses, vencido dicho plazo sin que se concrete la iniciación de la obra se deberá ratificar el pedido  de autorización. -

ARTÍCULO 6°: Se deja expresa constancia que cuando se ejecuten trabajos en las rutas de la red primaria y secundaria dentro del Partido de Quilmes deberán solicitar la pertinente autorización a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires y ante el cruce de arroyo a la Dirección de Hidráulica  y/o autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, ante la necesidad de producirse el cruce de vías deberá solicitarse la autorización pertinente al órgano competente.

ARTÍCULO 7°: AUTORÍZASE al Director de Obras de Terceros dependiente de la Subsecretaría de Obras e Infraestructura de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra Pública del Municipio de Quilmes a suscribir el correspondiente permiso de ejecución de obra.-

ARTÍCULO 8°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 9°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dese al Registro General y ARCHÍVESE.-

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

 

     Arq. Cecilia Soler                                                

    Secretaría de Desarrollo                                               

     Urbano y Obra Pública                                                

  Municipalidad de Quilmes

DECRETO 1007/2022