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Decreto Nº990/2022

Decreto Nº 990/2022

Quilmes, 29/03/2022

Visto

la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1 de los Trabajadores de la Municipalidad de Quilmes, registrado bajo el Nº 138/16, el Decreto Nº 180/22, el EX-2022-15484-QUI-CGADPER#JDG; y

 

Considerando

Que por Decreto Nº 180/22, se designó al Sr. Quispe, Nahuel

Martín (Leg. 38.996), a partir del 1º de febrero de 2022, para desempeñarse en carácter de Mensualizado Recolector Inicial 42 Horas (Personal Temporario), en la Secretaría de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (G.I.R.S.U.);

Que en Orden 2 y 6, se adunan como archivo de trabajo informe expedido por el Registro Nacional de Reincidencia, fechado el 31 de enero del corriente año, del cual surge el requerimiento fechado el 13.12.21, por el cual el titular del Tribunal de Juicio de Gaya Nº 9045 (Corrientes), anoticia que en el marco de la causa Nº PXQ 489, seguida contra el agente en cuestión, en orden al delito de Hurto calificado de vehículo dejado en la vía pública - Robo Simple, Hurto en grado de tentativa, todos en concurso real, se dictó pronunciamiento suspendiendo el juicio a prueba en favor del agente por el término de doce (12) meses, período en el cual deberá efectuar tareas comunitarias durante dos (2) horas en capilla perteneciente a la diócesis de Quilmes;

Que en Orden 8, obra dictamen de la Subsecretaría de Asesoría Letrada, de fecha donde expone que: "... En primer término, corresponde señalar que el plexo normativo regulatorio para el Personal de las Municipalidades está dado por el Convenio Colectivo de Trabajo para los Empleados Municipales del partido de Quilmes, el cual establece el Régimen Marco de Empleo Municipal, estableciendo en lo referente a la "INHABILIDAD/INGRESO A LA ADMINISTRACION", en su art. 21° que "No podrán ingresar a la Administración Municipal: ... b) El que se encuentre condenado y/o con antecedentes penales vigentes o quien estuviere imputado en una causa penal por hecho doloso hasta tanto se  resuelva  su  situación procesal... Las designaciones efectuadas en violación a lo dispuesto en la presente Ley son nulas";

Que al respecto, la nueva ley local, establece en el art. 53 que "No podrá ser admitido como personal temporario aquel que esté alcanzado por alguno de los siguientes impedimentos: ... b) El que se encuentre condenado y/o con antecedentes penales vigentes o quien estuviere imputado en una causa penal por hecho doloso hasta tanto se resuelva su situación procesal...";

Que en idéntica consonancia, resulta insoslayable destacar que la Ley Nº 14.656, ha dado idéntica regulación normativa al instituto "INHABILIDAD/INGRESO A LA ADMINISTRACION" en los artículos 3º y 113;

Que por su parte, la ley especial en materia de índole punible resulta ser el Código Penal, el cual consagra en el Libro Primero, Título VIII, denominado "REINCIDENCIA", art. 51 que: "... El registro de las sentencias condenatorias caducará a todos sus efectos:... 2. Después de transcurridos diez años desde su extinción para las demás condenas a penas privativas de la libertad... ";

Que en virtud de lo expuesto y de las constancias acompañadas en las presentes actuaciones, este Servicio de Asesoramiento Jurídico entiende a tenor de la normativa aludida, que el agente QUISPE, Nahuel Martín (Legajo 38.996)

no se encontraría en condiciones de prestar servicios por ante esta Administración, dado que conforme lo informado por el Registro Nacional de Reincidencia, cuenta con antecedentes penales a la fecha de su ingreso (01.02.22)";

Que por lo expuesto se hace necesario dejar sin efecto la designación del agente antes mencionado;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y

Por todo lo expuesto;

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO 1°: DÉJASE SIN EFECTO la designación dispuesta oportunamente por Decreto 180/22, en lo que respecta al Sr. Quispe, Nahuel Martín (Leg. 38.996 - CUIL 20-32655660-3 - Mensualizado Recolector Inicial 42 Horas - Jurisdicción 01 - Subjurisdicción 84 - Actividad Central 01) en la Secretaría de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (G.I.R.S.U.), por los motivos invocados en los considerandos precedentes.-

ARTÍCULO 2°: El presente será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.­

ARTÍCULO 3°: NOTIFÍQUESE a la parte interesada en la Dirección General de Administración de Personal.-

ARTÍCULO 4°: COMUNÍQUESE a quien corresponda, dese al Registro General y

ARCHIVESE.-

     Lic. Alejandro E. Gandulfo                                   Mayra S. Mendoza                                         

                  Jefe de Gabinete                                                  Intendenta

       Municipalidad de Quilmes                                   Municipalidad de Quilmes

DECRETO 990/2022