Boletines/Campana
Resolución Nº 27/22
Campana, 11/03/2022
Visto
El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Decreto Municipal 861 BIS/ 2021, el Decreto Municipal 25 BIS/2022, el Decreto 2020-453-E-MUNICAM-INT y los Expedientes Municipales N° 4016- 18623-2021 y N° 4016-22746-2022 y 4016-22746-2022 Alcance 1; y
Considerando
Que, mediante el expediente 4016-18623-0-2021, el Sr. Intendente Municipal dicto el Decreto 861 BIS/ 2021, disponiendo abonar a los empleados municipales un PREMIO POR RECUPERO DE TASA EN MORA para todos los empleados municipales que intervengan en forma directa sobre el incremento de la recaudación proveniente del cobro de las tasas y/o derechos dispuestas por la Ordenanza Fiscal.
Que, a los efectos de subsanar un error en la partida presupuestaria se procedio a dictar el Decreto 25 BIS/22, por el cual se rectificó la partida presupuestaria disponiéndose que será la 1.6.0.0.
Que, dichos PREMIOS tienen cuantificaciones diferentes en virtud de las intervenciones y acciones de los empleados, tanto a la hora de evaluar el cumplimiento de metas y objetivos, como del compromiso que demuestran con dichas labores.
Que respecto del PREMIO creado y regulado en los artículos 1° y 2° del mencionado decreto, se dispone que la asignación del reconocimiento de hasta un 40% (Cuarenta por ciento) del haber básico mensual para cada empleado, deberá hacerse por resolución fundada, situación que motiva el presente.
Que, en vista de la fundamentación entiendo pertinente expresar que el personal detallado en el informe producido por el Director General de Administración Tributaria, cumplió los objetivos mínimos propuestos, en virtud de haber demostrado su compromiso con las labores realizadas durante el periodo evaluado y reconocido que abarca desde el 16 de febrero de 2022 al 15 de Marzo de 2022.
Que, con fecha 10 de Marzo de 2022 se procedió RESOL 2022-25-E-MUNICAM-SECIP habiéndose omitido incorporar a la misma los agentes MONTENEGRO MARIA LUZ Y RAMIREZ FEDERICO NICOLAS, los cuales pertenecen al área cuya liquidación se practica, por lo que resulta necesario proceder al dictado de una Resolución rectificatoria
Que, los cumplimientos de los objetivos mínimos han sido alcanzado por los agentes que se detallarán, pero con diferentes intensidades y compromisos lo que se verá reflejado en los porcentajes asignados.
Que, los objetivos propuestos y alcanzados, entre otros fueron el incremento de la recaudación, la reorganización del sistema de citaciones y notificaciones a los contribuyentes y la resolución de expedientes administrativos con peticiones varias.
Que en atención a las consideraciones de hecho y derecho que he formulado y las normativas vigentes al momento de dictarse este acto, en uso de mis competencias y facultades conferidas por el DECTO-2020-453-E-MUNICAM-INT en mi carácter de Secretaria de Ingresos Públicos. -
Por ello,
LA SEÑORA SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- DEJAR SIN EFECTO la resolución identificada como RESOL 2022-25-E-MUNICAM-SECIP. ARTÍCULO 2°.- DISPONER, en los términos de los Artículos 1° y 2° del Decreto 0861 BIS/2021 modificado por el Decreto 25 BIS/2022 el pago de los porcentajes detallados a los agentes individualizados en el siguiente cuadro:
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Cdor. Gardon Bernardo
SUBDIRECCION DE TASA DE SERVICIOS GENERALES Y TASAS MENORES
Responsable: Nestor Nicotra
Nombre y Apellido Legajo nro. % s/ haber mensual
Aguirre Rita Noemí 6999 20
Godoy Marisa Elizabeth 20118 20
Segovia Laura Paola 7693 15
SUBDIRECCION DE TASAS COMERCIALES
Responsable: Miriam Cazenave
Nombre y Apellido Legajo nro. % s/ haber mensual
Barreiro Bernabe 6607 20
Fossatti Vanina 5684 15
Solis Lucas 20117 10
JEFATURA DE DIVISION DESCENTRALIZACION TRIBUTARIA, INGRESOS BRUTOS E INMOBILIARIO RURAL
Responsable: Lorena Alegre
Nombre y Apellido Legajo nro. % s/ haber mensual
Casoratti Maria Ines 5303 20
Flindt Miriam 20149 20
Giupponi Estela 2639 15
Gonzalez Diana 6163 10
Lacana Lucia 7501 20
Magrini Annabella 4808 15
Maris Gertrudis 20089 30
Novelli Valeria 5206 15
Puente Andrea 7089 15
Romero Cintia 7496 25
Montenegro María Luz 20184 20
Ramírez Federico Nicolas 20185 20
DIRECCION LEGAL Y DESPACHO
Nombre y Apellido Legajo nro. % s/ haber mensual
Méndez Fidel 6456 25
Surita Vanesa 20151 15
Moreira Lucía 6606 25
ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que lo resuelto en el artículo 2° del presente es de aplicación para la liquidación que abarca el periodo 16 de febrero de 2022 al 15 de Marzo de 2022.-
ARTÍCULO 4°.- Girese el presente expediente, ante la Secretaria de Economía y Hacienda a los efectos que proceda a su pago.-
ARTÍCULO 5°.- Registrese, Notifiquese y Archivese.-