Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1497
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 29/03/2022
Visto las presentes actuaciones, referidas a la eximición en el Impuesto Automotor solicitada por GERMAN DARIO ROPPEL , D.N.I. Nº 25.175.160, por tratarse de un automóvil destinado al traslado de una persona discapacitada; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, Ley 10.397 y sus modificatorias, del año 2021, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f) establece que quedan exentos del pago de la presente tasa "...los vehículos destinados al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad y acrediten su existencia mediante certificaciones extendidas conforme la Ley N° 10.592 (complementarias y modificatorias), la Ley Nacional N° 22.431 (complementarias y modificatorias) o la legislación que las reemplace; o demuestren que se encuentren comprendidos en los beneficios establecidos en la Ley N° 19.279, conforme artículo 1° del Decreto N° 1.313 (y su reglamentación); que para su integración laboral, educacional, social o de salud y recreativa requieran la utilización de un automotor; conducidos por las mismas, salvo en aquellos casos en los que, por la naturaleza y grado de la discapacidad, o por tratarse de un menor de edad con discapacidad, la autoridad competente autorice el manejo del automotor por un tercero...”;
Que, analizada la documentación acompañada y lo informado por el Departamento Recaudación – Sector Automotores a fojas 11 y 12, el recurrente se encuentra dentro de los alcances establecidos en el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires 2021, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f); por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º): Eximir del pago en el Impuesto Automotor - Ley Nº 13.010 - al vehículo identificado con el dominio GOX-494, a partir de la fecha 14 de abril de 2021 y hasta el día 22 de marzo de 2023, fecha en que expira el certificado de discapacidad, conforme lo dispuesto por La Agencia Nacional de Discapacidad, mediante Resolución Nº 1919/2021 por encontrarse afectado al uso de una persona discapacitada, en virtud de lo dispuesto en el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires 2021, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f).
ARTICULO 2º): Dejar constancia que ante cualquier cambio de titularidad, o modificación en las condiciones que dieron lugar a la eximición otorgada, el propietario o responsable estará obligado a solicitar la baja de la misma; de no ser así se le aplicarán las sanciones correspondientes.
ARTICULO 3º): Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento Recaudación – Sector Automotores; hecho, ARCHIVESE.-